El juzgado pide a la Guardia Civil una cronología de lo sucedido el día de la Dana

27 de febrero de 2025
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Un coche destrozado tras el paso de la DANA, a 9 de noviembre de 2024, en Alfafar, Valencia. | Fuente: Matías Chiofalo / EP

La confección de ese documento había sido solicitada por la Fiscalía en un escrito fechado el pasado 21 de febrero

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga las muertes y lesiones causadas por la Dana, ha encargado a la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil la elaboración de un informe que detalle la cronología de los hechos sucedidos el pasado 29 de octubre. Además, ha preguntado a la Conselleria de Interior si hubo recesos en la reunión del Cecopi del día de las inundaciones.

En cuanto al informe que debe elaborar la Guardia Civil con respecto a la Dana, tendrá que ceñirse al análisis del desbordamiento de los ríos, barrancos y embalses en relación con los fallecimientos y lesionados registrados, según consta en el auto notificado este jueves a las partes, del que ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La confección de ese documento había sido solicitada por la Fiscalía en un escrito fechado el pasado 21 de febrero, en el que se pedía que el atestado policial fuera «más amplio» e incluyera otros extremos que han sido denegados por la instructora.

Así, la titular del Juzgado entiende que, ya avanzada la investigación y acordado «un importante número de diligencias», bien de oficio bien a instancias de las partes personadas, y judicializada por tanto la causa, «el análisis de la evitabilidad de los fallecimientos y la posible comisión de delitos (‘ilícitos penales’) no puede trasladarse a un informe policial».

«Piezas periodísticas»

Igualmente, en esta fase de instrucción, que se centra en las medidas «que hubieran evitado los fallecimientos», apunta que «la necesaria toma de declaraciones por los partícipes en sede policial chocaría con la propia investigación judicial».

«Ha de recordarse que en un atestado de tales características sería preciso la toma de declaración de testigos, y que diversas acusaciones particulares y populares han solicitado la declaración de los querellados», precisa la magistrada, por lo que «la declaración de los eventuales investigados no puede efectuarse policialmente».

En la resolución, la jueza destaca la utilidad de las «piezas periodísticas» y grabaciones audiovisuales efectuadas por los medios de comunicación que estos han aportado al juzgado tras serles requeridas, y que «permiten hacerse una idea de cómo evolucionó la situación el 29 de octubre en toda la provincia de Valencia».

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