Hoy: 22 de noviembre de 2024
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a cinco años de cárcel a un hombre por abusar de forma continuada de la hija menor de edad de su pareja. Además, le ha impuesto cinco años de libertad vigilada y la prohibición, durante cinco años superiores a la pena de prisión impuesta, de comunicarse y aproximarse a la víctima. El tribunal también lo ha condenado al pago de 2.902 euros a la víctima por las secuelas y de 3.000 euros por los daños morales que le ha causado.
Los magistrados han probado que el acusado cometió los abusos en el domicilio familiar entre los años 2014 y 2018, “una vez que la menor cumplió los 13 años y hasta que cesó la convivencia con su madre, en septiembre de 2018”. Los hechos sucedieron, según la sentencia, “en varias ocasiones y en fechas no concretadas, pero de manera frecuente y reiterada“.
El tribunal asegura que el condenado se aprovechó “de la relación de confianza que generaba la convivencia con la menor” para efectuarle los tocamientos e, incluso, llegó a entrar en el baño cuando la menor se duchaba. La Sala subraya que ha contado “con una prueba esencial”: la declaración de la perjudicada en el juicio, quien, “de forma inequívoca, clara, contundente y sin exageraciones” relató lo vivido.
Además, los jueces destacan que su testimonio está “rodeado de corroboraciones periféricas”, entre ellas las declaraciones de una amiga y familiares de la víctima. Asimismo, el tribunal indica que existen corroboraciones objetivas como el informe pericial de credibilidad del testimonio elaborado por una psicóloga.