El juez tumba la petición del fiscal de vetar a las partes el vídeo de la declaración de Sánchez en Moncloa

24 de agosto de 2024
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Sánchez y Peinado.
Pedro Sánchez y Juan Carlos Peinado. | FI

El ministerio público, ejerciendo un papel parecido al de abogado defensor, quería que el juez impidiese a los abogados disponer del vídeo en el que Sánchez se niega a declarar sobre los negocios de su esposa imputada

El juez Juan Carlos Peinado ha dictado una resolución en la que acuerda que todas las partes personadas en la causa en la que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, tienen derecho a acceder al vídeo de la declaración de Pedro Sánchez en su despacho oficial como testigo, que tuvo lugar en el Palacio de La Moncloa.

La grabación de la declaración de Sánchez tuvo lugar el pasado 30 de julio en su despacho de La Moncloa. El juez se desplazó allí junto con la comitiva judicial para tomarle declaración en relación con los presuntos turbios negocios de su esposa Begoña Gómez, que está imputada por delitos de tráfico de influencias y corrupción. Sánchez no quería que el juez le tomase declaración en su despacho. Sólo quería prestar declaración por escrito y evitarse así que el juez acudiera a su despacho.

Lo que realmente temía es que su testimonio fuese grabado y luego se divulgara en los medios de comunicación.

Pero el juez desestimó su petición y actuó como se hace con todos los testigos y encausados que desfilan por los juzgados a efectos de ulteriores recursos ante instancia superiores. Y en todos los casos las partes tienen derecho a esa documentación para defender a sus clientes o para, en su caso, acusar.

Tras ver frustrados sus intentos, primero de declarar por escrito y después de que no se grabase su testimonio, lo que, de habérsele concedido, habría supuesto un trato de favor ilegal y discriminatorio, lo último que intento Sánchez para evitar que su imagen ante un juez se divulgase, fue utilizar al fiscal y a la Abogacía del Estado para que pudieran al juez que el vídeo con la declaración no se facilitase a las partes. El vídeo se halla en el Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, el que investiga a Sánchez.

Estando este mes de vacaciones el juez, el fiscal entregó un escrito al juzgado diciéndole que no entregase el vídeo a las partes, como es su obligación, argumentando que su contenido carece de interés para la causa. Pero si bien los jueces suelen ser muy considerados con las peticiones del fiscal, que se supone son neutrales, en este caso el juez sabe que el fiscal recibe órdenes de su jefe y este a su vez del fiscal general, Álvaro García Ortiz, que está nombrado por el propio Sánchez y cuyo cargo le debe a él. Por eso, el juez, en este caso, prácticamente no ha atendido ninguna petición de la fiscalía, que no ve neutral.

El hecho de que en el tema del vídeo la figura del fiscal parezca más la de un abogado defensor de Sánchez lo prueba su interés en que la grabación de Sánchez no se difunda. Porque lo que trata de evitar el presidente es que su imagen ante un juez por un caso de corrupción de su esposa sea vista en todo el mundo. El juez, una vez más, y tal como marca la ley para todos los testigos, le ha dicho al fiscal que todas las partes tienen derecho a la documentación que figura en el sumario abierto a su esposa que, entre otras cosas, está siendo investigada por la cátedra que le dio la Universidad Complutense sin ni siquiera estar licenciada en nada, y también por facilitar subvenciones públicas a amigos y socios a través del Gobierno de su marido.

La petición del fiscal al juez para ocultar el vídeo fue adelantada por Fuentes Informadas el pasado día 13 de agosto. También entonces este periódico adelantó que acceder a la petición del fiscal habría sido ilegal y un trato de favor hacia Sánchez respecto a otros testigos de causas penales.

La entrega a las partes del vídeo implicará, y Sánchez lo sabe, su difusión por parte de la prensa. Las acusaciones, como suele ocurrir en estos casos, entregarán el vídeo a la prensa.

Inicialmente, el jefe del Ejecutivo se acogió a su derecho a no declarar ante el juez en persona y hacerlo solo por escrito en base al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que respalda que como cónyuge de la investigada está “dispensado de la obligación de declarar”.

La Fiscalía

En una providencia hecha pública hoy, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid señala que “no puede ser atendida la pretensión” de la Fiscalía de no entregar la declaración de Sánchez en vídeo.

Y acuerda: “Expedirse las copias del acta, y de los soportes digitales en los que se contiene la diligencia llevada a cabo el día 30 de julio, respecto del testigo, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, previa aportación por las partes, del correspondiente soporte tecnológico, en el que facilitarles dichas copias”.

La Fiscalía había dicho al juez en un escrito a principios de agostos en el que le advertía de que la entrega a las partes de la copia de la declaración grabada de Sánchez “carece de cualquier utilidad, material o procesal”.

7 Comments

  1. Pues es cierto q el juez no tiene margen de maniobra para no entregar la grabación salvo que la causa estuviera declarada secreta y durase el secreto limitado a 30 días prorrogables.
    El fiscal viola el deber de legalidad.

  2. Cómo puede la fiscalía actuar tan vanamente en contra de la Ley, del resto de sus actuaciones y el imperativo legal. Las declaraciones como cualquier otra diligencia o actuación son disponibles para las partes y esenciales a la hora de preparar tanto las actuaciones de las defensas como de las acusaciones, tal pretensión es inimaginable en otro procedimiento, persigue un fin contrario al principio de igualdad, cuidado que el tráfico de influencias se extiende y es contagioso.

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