Hoy: 23 de noviembre de 2024
La Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil en su modalidad de notoria importancia, tras serle intervenidos en un ordenador y diferentes dispositivos de almacenamiento, “más de 30.000” archivos “relacionados con la pedofilia, unos activos y otros borrados pero recuperables”.
En una sentencia emitida el pasado 2 de octubre y recogida por Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia declara probado, por aceptación del acusado fruto de un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía, su defensa y él mismo, que al menos entre el 30 de julio y el 28 de agosto de 2019, este varón, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, “procedió a descargar y compartir archivos con contenido sexualmente explícito de menores de edad a través del equipo” informático de su domicilio, “utilizando para ello el programa eMule”.
Previa autorización judicial, según la sentencia, el 15 de enero de 2020 fue acometido un registro en el domicilio del inculpado, siendo decomisados un ordenador de sobremesa, un portátil y diferentes dispositivos de almacenamiento digital, en los cuales los agentes hallaron “más de 30.000” archivos “relacionados con la pedofilia, unos activos y otros borrados pero recuperables”, con imágenes de “menores de edad protagonizando desnudos o escenas sexuales explícitas”.
La sentencia declara probado que de dichos archivos, “al menos 213 estaban siendo compartidos con otros usuarios, especificando que entre los más de 30.000 citados archivos relacionados con la pedofilia, 364 ficheros fueron localizados en un disco duro interno “en la papelera de reciclaje con terminología pedófila, 26 en la carpeta que se usa para guardar los archivos usados recientemente, así como la aplicación de compartición de ficheros P2P eMule, que refleja 83 ficheros descargándose en la aplicación con terminología pedófila, de los cuales veintitrés 23 habían sido compartidos, y cadenas de búsqueda con terminología pedófila”.