El juez inglés reanuda las audiencias sobre las cuestiones previas que arguye Juan Carlos I

24 de febrero de 2023
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Corinna
Juan Carlos I con su expareja y ahora demandante en el juicio de Londres, Corinna Larsen. | Fuente: Europa Press

Matthew Nicklin convoca para el 18 de julio una vista de procedimiento que se prevé de cuatro días de duración para abordar los flecos antes de pasar a las pruebas de la demanda civil de Corinna

Matthew Nicklin, juez del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales, convoca para el 18 de julio una vista de procedimiento que se prevé de cuatro días de duración para abordar los flecos antes de pasar a las pruebas de la demanda civil de la examante. Según ha confirmado El Periódico de Catalunya en fuentes jurídicas de Londres, el próximo 18 de julio el juez examinará con los abogados de ambas partes el procedimiento a seguir con la demanda civil por acoso de Corinna zu Sayn-Wittgenstein contra Juan Carlos I después de que la Corte Civil de Apelaciones anulase en el caso, en una sentencia de diciembre pasado, los hechos denunciados entre 2012 y el 18 de junio de 2014, al concederle la inmunidad de Estado durante ese periodo en el que era todavía rey en ejercicio. 

La demanda civil -presunto acoso, seguimiento ilegal de agentes de inteligencia en Londres y difamación- fue presentada por la examante del actual rey emérito -que vive en Abu Dabi- a finales de diciembre de 2020 y ahora abarca aquellas conductas presuntamente ilícitas de Juan Carlos I después de su abdicación, entre 2014 y el año 2020. 

Hasta ahora, el procedimiento ha dado vueltas sobre las cuestiones de forma. El juez Nicklin sentenció el 24 de marzo de 2022 que Juan Carlos I carecía de todo tipo de inmunidad y rechazó una apelación que le presentó la defensa del rey (el equivalente de una súplica), y ello abrió el camino para presentar un permiso ante la Corte de Apelaciones del alto tribunal para apelar. Se le permitió apelar sobre la inmunidad. Y en diciembre pasado, la Corte consideró que las alegaciones iniciales de Corinna -luego modificadas- según las cuales el director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) español, el general Félix Sanz Roldán, había recibido instrucciones de Juan Carlos I para enviar agentes para registrar sus domicilios en Mónaco -segunda residencia de Corinna- y Londres, ello suponía que actuó en sus funciones oficiales

El CNI y Sanz Roldán, fuera de la demanda

Es decir: en tal escenario, Sanz Roldán había obedecido al entonces jefe de Estado. Con este argumento, Juan Carlos I obtuvo la victoria, pírrica, que permitió excluir de la demanda los hechos que se le imputan en el periodo 2012-18 de junio de 2014. Ello tiene por efecto que el CNI y Sanz Roldán han quedado fuera de la demanda.

Sin embargo, el periodo 2014-2020, según la demanda de Corinna, contiene hechos “sustanciales”. Uno de ellos sería, por ejemplo, la exigencia de Juan Carlos I el 16 de septiembre de 2014 a Corinna, de que le devolviese los 100 millones de dólares (64,8 millones de euros) que le donó de forma “irrevocable” a primeros de junio de 2012 y la campaña de acoso que habría sufrido a raíz de su negativa. El encuentro tuvo lugar en la fecha citada en The Connaught Hotel, en Londres en presencia del abogado de Juan Carlos I, el suizo Dante Canonica, según el relato de la examante. 

La defensa de Juan Carlos I va a impugnar el 18 de julio, antes de entrar en el fondo, como mínimo otras dos cuestiones previas que ya elevó ante el juez Nicklin. 

Una de ellas es el encaje de los actos de acoso en la ley británica de Protección contra el Acoso (harrasment) de 1997. La defensa señala que la jurisdicción del Reino Unido no es la más apropiada –inconvenient forum y quiere que transfiera la demanda a otro foro legal. Por ejemplo: España. Está solicitando, pues, una declinatoria de jurisdicción. 

Comunicación no válida porque la recibió por WhatsApp

Y la otra cuestión previa pendiente es la comunicación del escrito de demanda –particulars of claim– a Juan Carlos I, quien la recibió en su cuenta de WhatsApp particular, en Abu Dabi, el 29 de diciembre de 2020. Juan Carlos I sostiene que se le debía cursar la demanda a través de canales diplomáticos por mediación del Foreign Office o Ministerio de Asuntos Exteriores. O, alternativamente, solicitar permiso para hacer la comunicación por otra vía. “Ambas rutas hubiesen exigido exponer los hechos al tribunal, someterse al escrutinio judicial y probablemente ser rechazadas… La comunicación no es válida. Esta manera defectuosa ha causado a Su Majestad [Juan Carlos I] privación, pérdida y daño como consecuencia de tener que defender un caso que no debía ser presentado a una corte inglesa“, señala la defensa del actual emérito. 

Los abogados de la demandante sostienen que la defensa pone “objeciones técnicas carentes de mérito a la comunicación de la demanda en un claro intento de frenar el progreso del procedimiento”.

Según señala, tras la primera comunicación, “por WhatsApp” -con acuse de recibo- en diciembre de 2020, Corinna ofreció a Juan Carlos la vía que considerase más adecuada, aun creyendo que la elegida fue correcta. Y se ofreció hacerlo a través del bufete de abogados Clifford Chance o a través de la Convención de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCCH). Juan Carlos I rechazó estas invitaciones e incluso la de confirmar su dirección, con el argumento de que residía en La Zarzuela desde 1962 y, también, que se había mudado a Abu Dabi en 2020”. 

“Sí, es cierto. No es nada seguro que en las cuatro audiencias convocadas hoy (por ayer) para el 18 de julio se vaya a entrar en el fondo, es decir, en las pruebas de la demandante contra Juan Carlos I. Porque ambas partes han tenido tiempo y ahora cuentan con varios meses más para replantear sus argumentos e, incluso, podrían añadirse cuestiones previas”, señaló desde Londres la abogada Luisa Cid Castro, del bufete de barristers (abogados que presentan los casos ante los tribunales) Del Canto Chambers. 

El acoso no está amparado por la función oficial

Para la defensa de Corinna “el juez Nicklin ha citado una audiencia de procedimiento donde no se tratará el tema de fondo. Seguramente los abogados van a debatir las cuestiones previas todavía pendientes”, según señaló una fuente cercana a los abogados.

El juez Nicklin ha sufrido un correctivo en la cuestión de la inmunidad 2012-2014, un correctivo que algunos magistrados prestigiosos especializados en inmunidad -consultados por El Periódico de Catalunya– consideran erróneo, es decir, que los presuntos actos de acoso no pueden ser conductas cubiertas por la llamada “función oficial”. Y es probable que en las otras cuestiones previas vuelva a pronunciarse en contra de retrasar más tiempo la entrada del procedimiento en el fondo -las pruebas del acoso-, pero la defensa de Juan Carlos I puede intentar, nuevamente, recurrir a la Corte de Apelaciones con dichas cuestiones. 

En suma: largo se lo fían los tribunales al caso Corinna versus Juan Carlos I. Y, mientras el taxímetro sigue corriendo, más allá de los casi 600.000 euros que ya han tenido que pagar en gastos, por mitades, ambas partes, en las dos batallas iniciales, tanto en el Tribunal Superior como en la Corte de Apelaciones. Y ello sin contar con las remuneraciones de los solicitors (abogados de despacho) y barristers (los letrados) que presentan el caso ante los jueces. 

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