Tres acusados de fabricar facturas falsas niegan ahora el delito y alegan que todo es nulo por la condena del fiscal general del Estado

19 de febrero de 2026
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Alberto González Amador | EP

David Herrera Lobato, y los hermanos José Miguel y Agustín Carrillo Saborido, residentes en Arahal, provincia de Sevilla, que habían negociado la conformidad, rechazan haber elaborado facturas falsas y plantean una adicción a consumo de drogas como atenuante

ERNESTO EKAIZER/El Periódico

El abogado Ricardo Corzo, en nombre de los tres acusados por presentar presuntas facturas falsas por valor de unos 178.000 euros por trabajos no realizados para la empresa Maxwell Cremona, propiedad de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz de Ayuso, presidente de la Comunidad de Madrid, rechaza las acusaciones “por no ser probados los hechos que se le imputan”.

Corzo sostiene “como cuestión previa “ que “la sentencia condenatoria del fiscal General del Estado por revelación de secretos anula toda la instrucción realizada por la que se debe anular el procedimiento de diligencias previas hasta la fecha ya que la información es obtenida de forma delictiva dando nombres y apellidos de forma ilícita y nula de pleno derecho”.

En rigor, las diligencias fueron el resultado de una denuncia de la Fiscalía de Madrid, la cual se basó en el expediente de la Agencia Tributaria de los ejercicios 2020 y 2021 de la firma Maxwell Cremona. En ese expediente se ha cifrado una defraudación de 350.951 euros para ambos ejercicios.

El escrito del abogado Corzo presenta una circunstancia atenuante para sus tres defendidos.

“Igualmente”, señala, “hemos de aportar para el caso pertinente como circunstancia modificativa informe de desintoxicación y que estaba sometido a los efectos de susntancias psicotrópicas en el momento de los hechos, informe de rehabilitación y desintoxicación, para lo que se solicita informe del médico forense para aportar informes respectivos”.

Fuentes jurídicas consultadas señalan que también la defensa de González Amador considera nula de pleno derecho las diligencias de la causa de los dos delitos fiscales a raíz de la sentencia condenatoria del fiscal general del Estado por parte de la Sala Segunda del Tribunal Supremo del pasado mes de noviembre.

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