El caso de Alberto González Amador, pareja de Ayuso, ¿dictará el Supremo lo que debe decir el fiscal general del Estado?

13 de octubre de 2024
5 minutos de lectura
El magistrado Manuel Marchena y el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. | Fuente: Cadena Ser

La Sala Segunda está por resolver si investiga al FGE por emitir una nota aclaratoria sobre el bulo difundido por Miguel Ángel Rodríguez con un correo de la pareja de la presidenta de Madrid

ERNESTO EKAIZER / EL PERIÓDICO DE CATALUNYA

Miguel Ángel Rodríguez (MAR, jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid) anunció la noche del pasado lunes 7 de octubre que al día siguiente, martes 8, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, sería, después de la detención de Víctor de Aldama, presunto corruptor del entonces ministro de Transporte, José Luis Ábalos, el siguiente “tocado” (ver cuenta de X @marodriguez) 

“Respuesta a Óscar López, activista con rango de ministro. Óscar: os van deteniendo a todos. Aldama es el principio. Lo de Aldama va directamente contra Begoña. Vaya día que estáis pasando. Y mañana toca el fiscal ese del Sanchismo. Vais todos p´lante”

9:19 p. m. · 7 oct. 2024

Unos días antes de la irrupción de MAR, según la reconstrucción hecha por El Periódico, en diversos círculos judiciales se daba por hecho que la Sala de magistrados encargada de resolver la exposición razonada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), favorable a investigar al fiscal general del Estado, acogería la petición y abriría diligencias.

De modo, que Rodríguez se hizo eco de un runrún.

Ese martes 8, se celebraba el acto en el cual el magistrado del Tribunal Supremo Dimitry Berberoff, hasta ahora exvicepresidente de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), asumía la vicepresidencia del Tribunal Supremo y Consejo General del Poder Judicial. Y no parecía el día más oportuno para deliberar y votar sobre el fiscal general del Estado.

Se dice pronto, pero sería la primera vez al menos en la historia judicial de la transición, que la Sala Segunda investiga a un fiscal general del Estado.

Fuentes del Supremo consultadas por este periódico manifestaron en privado su malestar por la irrupción de MAR en términos muy duros. Asimismo, señalaron que “no había todavía una decisión que permitiera elaborar el auto”, en referencia a la resolución sobre admisión o inadmisión de la petición del TSJM. También matizaron que “no ha habido una deliberación formal” y sugirieron que existían posibilidades de “retrasar” el asunto.

 La salida de MAR al ruedo, mira por dónde, viene a evocar qué fue él, precisamente él, quien estuvo en la punta del ovillo que llevó a la intervención pública de la Fiscalía general del Estado en el procedimiento de fraude fiscal seguido contra Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso, por dos delitos fiscales cometidos contra Hacienda (350.000 euros) en la liquidación de un contrato de venta de mascarillas durante la pandemia -el rayo que no cesa- del cual fue intermediario y que le produjo beneficios de 2 millones de euros.

Al difundirse la información del fraude fiscal, MAR tergiversó las comunicaciones entre el abogado del defraudador confeso, González Amador, y la Fiscalía de Madrid mediante la filtración de un correo del fiscal Julián Salto en el que se hacía eco de la posibilidad de un pacto que, como es habitual, suele sellarse entre el defraudador y la Agencia Tributaria ante un juzgado por delito fiscal.

Problema: era el fiscal quien respondía a la oferta del abogado del defraudador, no era el fiscal el que ofrecía el pacto, sino al revés, González Amador.

 Por tanto, la manipulación puesta en marcha por MAR a través de sus amigos en los medios vendía gato por liebre.

A todo esto, la pareja de González Amador -la presidenta de la Comunidad de Madrid-insistía en que Pedro Sánchez estaba persiguiéndole por ser su novio y que no había cometido delito alguno.

Fue esta situación la que forzó la intervención de la Fiscalía de Madrid y de la fiscalía General del Estado para contrarrestar la campaña de prensa.

Estas escaramuzas fueron “preprocesales”, es decir, el caso no estaba residenciado todavía en sede judicial.

Por tanto, aunque el correo difundido por MAR era reservado, no vulneraba por así decir un inexistente secreto sumarial.

El fiscal general del Estado, según ha asumido (él mismo ha solicitado que sea la Sala Segunda la que estudie el asunto antes de que el TSJM enviase la petición de imputarle), consideró que se debía responder con claridad sin limitar el comunicado a un simple desmentido.

La fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, consideró que era redundante porque, en rigor, un medio de comunicación ya había puesto las piezas del puzle en su sitio la mañana del 14 de marzo de 2024.

El hecho es que después de que el medio de comunicación fue buzón del correo y la versión manipulada de MAR (a las 09:42 del 14 de marzo), la Fiscalía de Madrid, impulsada por la FGE, publicó (a las 10.20 horas) un comunicado con la secuencia de los hechos.

El protagonismo de MAR ha sido esta semana pasada, muy oportuno. ¿Por qué?

Por una sencilla razón: en su relato de los hechos, la exposición razonada del TSJM al Supremo del 15 de julio pasado, que pide la imputación de Álvaro García Ortiz, el comunicado de la Fiscalía aparece caído del cielo.

En román paladino: la relación de dicho comunicado con el correo usado por MAR para tergiversar y deteriorar la imagen de los fiscales brilla por su ausencia.

Se hurta así a los magistrados del Supremo la causa y efecto de la situación creada en aquellos días de marzo de 2024.

Los magistrados del TSJM imputan a García Ortiz un delito que encajaría en la tipicidad del artículo 419 del Código Penal.

Sin duda, se trata de un error material, toda vez que el 419 describe el delito de cohecho; se deben estar refiriendo al 417 de revelación de secreto.

Y, como se ha apuntado, el asunto no estaba todavía judicializado. Ergo: no había secreto sumarial.

Aun en el caso de que se hubiera excedido -como apuntamos en este periódico al informar sobre la nota de prensa- en la secuencia del 14 de marzo, el fiscal general del Estado respondió a un correo que sí era reservado y que el jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid tergiversó con el propósito de encubrir públicamente a su pareja, Alberto González Amador, y presentar un fraude fiscal comí una persecución política.

La Sala Segunda del Supremo ha tenido que lidiar en los últimos meses con una fiscalía del Tribunal Supremo que no se ha plegado a sus posiciones extremas de inaplicabilidad de la ley de amnistía a casos como el del Tsunami Democràtic o el delito de malversación.

¿Va a ir ahora tan lejos la Sala Segunda como para decir lo que puede o no decir en una nota de prensa la fiscalía General del Estado porque, vamos, en el fondo del asunto, se trata de eso?

Porque delito del 417 como tal no lo hay, ni lo habrá por más creativa que se pongan los magistrados. Y lo que es más relevante: la nota de prensa no ha vulnerado el derecho de defensa de González Amador.

Pero hay una circunstancia “sobrevenida”.

Y es que, además, MAR ha demostrado con su intento de condicionar a la Sala Segunda, de acuerdo a las impresiones un afán de manipulación equivalente al que exhibió con el correo que dio lugar a este incidente.

Porque  “querer condicionar el contenido y calendario de unas deliberaciones es infame”, según dijo un magistrado a este periódico.

Pues eso, precisamente, es lo que hizo MAR cuando puso en manos de un medio de comunicación el correo maldito, cuyo pantallazo reprodujo a las 09:14 del 14 de marzo de 2024.

El mismo malestar que han sentido el lunes 7 de octubre los miembros de la sala que va a decidir (Manuel Marchena, presidente; Susana Polo, ponente; Juan Ramón Berdugo; Antonio del Moral y Carmen Lamela) no es diferente al que padeció la fiscalía General del Estado el 14 de marzo al ver el pantallazo manipulador en un medio de comunicación.

Moraleja: se suele escarmentar en carne propia.

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