Icono del sitio FUENTES INFORMADAS

Vox propone que los menores extranjeros que delincan no tengan subsidio de desempleo

Santiago Abascal, desde la tribuna de oradores del Hemiciclo de la Cámara Alta | Fuente: Congreso de los Diputados.

El grupo parlamentario VOX ha registrado una proposición de ley para modificar la Ley General de la Seguridad Social de forma que los menores extranjeros que están en un centro de internamiento para menores infractores por haber cometido un delito no reciban subsidio por desempleo al quedar en libertad, tal y como ha recogido Europa Press.

En concreto, VOX propone que sean solo los menores que tengan nacionalidad española, entre aquellos privados de libertad por cumplimiento de medida de internamiento en centro, los que reciban dicho subsidio.

“Los menores extranjeros que llegaron de forma ilegal y estuvieron en un centro de internamiento como consecuencia de la comisión de un delito acaban siendo receptores de un subsidio por desempleo”, ha indicado el portavoz de VOX en el Congreso, Iván Espinosa de los Monteros. “Parece de sentido común cambiar eso. Un país solidario como España puede ser generoso pero lo que no puede ser es bobo”, ha apostillado este martes en rueda de prensa en la Cámara Baja.

En el texto de la proposición de ley, a la que ha tenido acceso Europa Press, VOX propone cambiar el texto de la Ley General de la Seguridad Social para especificar que la nacionalidad del menor condenado sea “determinante para el reconocimiento del derecho a obtener este subsidio”.

A juicio de VOX, el subsidio por desempleo para los menores que delinquen tiene un “efecto desincentivador del esfuerzo e incentivador de la reincidencia” y “se multiplica en el caso de los menores extranjeros no acompañados”. Además, el grupo parlamentario señala que la legislación española en materia de subsidios “no debe generar un efecto llamada sobre los menores extranjeros”.

Por ello, propone un texto alternativo para el apartado 2 del artículo 274 (sobre los beneficiarios del subsidio por desempleo) de forma que quede redactado como sigue: “Se entenderán comprendidos en dicha situación los menores que ostenten la nacionalidad española liberados de un centro de internamiento en el que hubieran sido ingresados como consecuencia de la comisión de hechos tipificados como delito”.

En la redacción actual, por su parte, se incluye a todos los “menores liberados de un centro de internamiento” sin hacer distinción por nacionalidad. Para recibirlo, los menores deben ser mayores de 16 años y deben haber estado privados de libertad por un tiempo superior a seis meses.

Salir de la versión móvil