Hoy: 5 de diciembre de 2024
Los hijos de Francisco H. tuvieron que anular el velatorio de su progenitor debido al avanzado estado de descomposición del cadáver a causa, según la familia, del deficiente servicio prestado por el Instituto de Medicina Legal de las Islas Baleares, dependiente del Ministerio de Justicia, para conservar el cadáver en las cámaras de refrigeración. Los hijos piden a Justicia una indemnización de 15.000 euros por la negligente situación en que hallaron el cuerpo sin vida del padre, fallecido el 3 de marzo de 2019.
En la demanda que han interpuesto ante el Ministerio de Justicia, los hijos señalan que Francisco falleció el 3 de marzo de 2019. Y que el levantamiento del cadáver tuvo lugar al día siguiente. Fue en Manacor. Desde allí se lo llevaron al Instituto de Medicina Legal de las Islas Baleares. Su hija, Tamara H., acudió el día 5 a las oficinas de la funeraria para organizar el sepelio de su padre.
El 6 de marzo, el representante de la funeraria se personó en el Juzgado de Instrucción número 3 de Manacor a fin de solicitar los correspondientes oficios para la incineración, que le fueron entregados en el acto. Y el 7 de marzo de 2019 la referida empresa trasladó el cadáver desde el Instituto de Medicina Legal al tanatorio de Manacor.
Aducen los hijos que, cuando llegaron al tanatorio hallaron el cadáver en proceso de descomposición y casi congelado, aunque no se especifica cuándo fue introducido en la cámara de frío desde su muerte cuatro días antes. Es decir, no pudieron vestirlo ni hacerle la tanatoestética. Un empleado aconsejó a la familia que no expusieran el cadáver, lo que obligó a la familia a anular el velatorio.
La familia acusa al citado instituto de la negligente custodia del cadáver y del estado lamentable en que hallaron el cuerpo, lo que “supuso un agravamiento del sufrimiento familiar en unos momentos especialmente duros y delicados, viéndose además privados”, señalan, “de la posibilidad de realizar un acto plenamente arraigado en nuestra cultura como es el velatorio”.
La versión del Instituto de Medicina Legal es que no hubo tal negligencia. Y lo explica así: “Tal afirmación resulta desmentida por el informe de la directora del Instituto de Medicina Legal (IML) y Ciencias Forenses de Illes Balears de fecha 23 de marzo de 2020, que forma parte del expediente, y en el que se afirma, con base en la práctica y ciencia forenses, que el estado en el que se hallaba el cadáver en la fecha en que se produjo su traslado del IML al tanatorio, en fecha 6 de marzo de 2019, era consecuencia del proceso natural de putrefacción vinculado con el tipo de alteraciones patológicas provocadas por la causa de la muerte”.
El informe describe así las causas del calamitoso estado del difunto: “En efecto, el cadáver informado, ante la presencia de patologías previas, como es hígado graso […], la acumulación intensa de sangre en ambos pulmones y la presencia de altas dosis de alcohol y cocaína, no solo en sangre, sino generalizada por todo el organismo, han producido los fenómenos de aceleración de la putrefacción antes descritos”.
Y añade: “Es perfectamente posible que, durante la estancia en la sala de autopsia mientras la práctica de la misma, como ya se ha referido anteriormente, estos procesos se hayan vistos acelerados por los cambios de temperatura y la importante afectación multivisceral del cuerpo, situación que no se puede evitar ya que una autopsia no se puede realizar en una cámara de refrigeración para evitar la aceleración de estos fenómenos biológicos y naturales tan pertenecientes al proceso de la muerte”.
El Consejo General del Poder Judicial, a quien el Ministerio de Justicia ha pedido un informe antes de decidir si indemniza o no a la familia, considera que en este caso no existió una responsabilidad patrimonial del Estado basándose en el informe del citado instituto. Lo cierto es que un cuerpo no se descompone si está debidamente conservado en una cámara frigorífica, y así puede estar semanas. Y que el ministerio, con tal de no pagar indemnizaciones, busca cualquier excusa para evitarlo.