Hoy: 5 de diciembre de 2024
Vídeos y correos electrónicos aportados al juzgado de guardia de Madrid por Cándido Conde-Pumpido Varela, hijo del actual presidente del Tribunal Constitucional, revelan que mintió (falsa denuncia) la mujer que este fin de semana pasado le atribuyó a él y a otros dos amigos haberla sometido a una violación grupal.
La mujer, de origen brasileño y dedicada a la prostitución, hizo una denuncia falsa. Y así lo ha entendido la juez María Isabel Durántez Gil, del Juzgado 44 de Madrid, que se hallaba de guardia cuando se cometió la (no) violación grupal.
Tras visionar las imágenes, la juez de guardia en Madrid decidió dejar a los tres acusados en libertad sin cargos. Las imágenes de los vídeos han sido, pues, claves para que Conde-Pumpido Varela, que es abogado penalista, no hayan acabado en la cárcel.
Tal como están hoy las leyes en este aspecto, basta como prueba que una mujer diga que ha sido agredida sexualmente para que el acusado acabe en la cárcel. Y, a veces, sin pruebas, con el solo testimonio de la denunciante.
Tres detenidos en el calabozo
Cándido Conde-Pumpido Varela se ha salvado de ir a la cárcel gracias a que tenía cámaras instaladas en todas las habitaciones de su casa. El abogado penalista rompió recientemente con su compañera sentimental y conoció a la denunciante hace cinco días. Con ella ha estado estos últimos días. La chica conocía la ruptura y no se separó de Conde-Pumpido en ningún momento. Incluso estuvo con él en su casa varias veces.
El viernes acudieron a la vivienda dos amigos de Conde-Pumpido y la chica terminó denunciándoles a los tres por violación grupal. Los tres acabaron en los calabozos policiales y más tarde ante el juez de guardia de la plaza de Castilla de Madrid. La policía les detuvo pese a que desde el primer momento dispuso del contenido de las cámaras, en las que no se aprecia ninguna violación grupal.
Fuentes Informadas ha tenido acceso al auto de la juez de guardia en el que esta decide dejar en libertad sin cargos a Conde-Pumpido y las otras dos personas al entender que las imágenes de las cámaras acreditan que lo denunciado por la chica no se corresponde con las imágenes del vídeo. Y es que la mujer puso la denuncia ignorante de que había cámaras, con audio y vídeo, en casa de Conde-Pumpido Varela.
La juez señala en su auto de libertad sin cargos que durante la noche del pasado viernes día 3 la denunciante bebió bastante alcohol. Y que en ese estado empezó a pegar patadas a las puertas de la casa, por lo que Conde-Pumpido Varela le conminó a que se marchara.
La chica hizo ademán de llamar a un Uber, pero finalmente no lo hizo, ya que “en realidad no se quería ir”. Y que fue cuando al final dejó la casa cuando llamó al 091.
La juez señala en su auto de libertad: “Las imágenes aportadas por la representación procesal del investigado, señor Conde-Pumpido Varela, obtenidas de las cámaras de seguridad instaladas en su domicilio, correspondientes a la madrugada del día 3/11/2023, desvirtúan la versión mantenida por la denunciante. En dichas imágenes se ven distintas dependencias de la casa a lo largo de toda la madrugada y primeras horas de la mañana del 3/11/2023”.
“En las mismas”, añade el auto, “no aparece en ningún momento la denunciante, que según sus manifestaciones puede acreditar que se encontraba ubicado en otro lugar desde aproximadamente las 22 horas del días 2/11/2023, ni se visualiza tampoco ninguna situación similar a la descrita por la denunciante situada por distintas estancias de la casa -cocina, dormitorio, parte exterior de la casa- en compañía del señor Conde-Pumpido Varela unas veces y sola en otras ocasiones”, añade.
Libertad sin cargos
Y concluye: “Específicamente puede observarse a la denunciante y al denunciado en uno de los dormitorios durante varias horas, entrando y saliendo, bebiendo, etc., sin que pueda adivinarse ninguna situación coincidente con el resaltado de hechos por ella ha mantenido”.
“En consecuencia, sin perjuicio del resultado de las diligencias de investigación que puedan llevarse a cabo a lo largo de la instrucción del presente procedimiento, no se estima que concurran los requisitos de necesidad, idoneidad, proporcionalidad y ponderación exigidos para la adopción de una medida restrictiva de derechos fundamentales, como la que se ha interesado” por la acusación, añade el auto de libertad.
El fiscal pidió que se ordenase a los denunciados la prohibición de acercarse a la denunciante, pero la juez, a la vista del material probatorio, cree que no debe aplicarse ninguna medida restrictiva porque lo denunciado, según las imágenes, no sucedió.
Las violaciones grupales han crecido en España desde que saltase el caso de la llamada Manada, un grupo de sevillanos condenados por violar de forma conjunta hace varios años a una mujer durante las fiestas de San Fermín en Pamplona