Icono del sitio FUENTES INFORMADAS

Tres pájaros de un tiro o cómo se mantiene la investigación y se desactivan las querellas de Pedro Sánchez y Begoña Gómez contra el juez Peinado

El juez Juan Carlos Peinado.

La Audiencia de Madrid se ratifican en la existencia de indicios de tráfico de influencias en la relación de Begoña Gómez y Juan Carlos Barrabés, la única que se debe investigar

Destacan “la llamativa variación, cuantitativa y cualitativa, que experimenta la relación de las empresas del grupo Barrabés con la administración pública en proximidad temporal con la obtención de la cátedra [Universidad Complutense] y despegue de los masters es verdaderamente significativa”.

Alerta sobre la relación “no solo profesional sino personal en el ámbito empresarial” de Gómez con Barrabés.

El dicho “matar dos pájaros de un tiro” se queda corto para la resolución adoptada por la Audiencia de Madrid este lunes 7 de octubre.

Los tres magistrados de la sección 23 -María del Rosario Esteban; Jesús Gómez-Angulo y Enrique Bergés de Ramón (ponente)- han matado metafóricamente tres pájaros: el primero, permite mantener, centrándola, la instrucción del juez Juan Carlos Peinado; y, así, desactivar de facto las dos querellas por presunta prevaricación de la Abogacía del Estado, en nombre de Pedro Sánchez, y del abogado Antonio Camacho, en defensa de Begoña Gómez, que penden como espada de Damocles sobre el titular del juzgado de instrucción 41 de Madrid.

Los jueces ponentes de las querellas de Sánchez y Gómez, precisamente, esperaban, sin explicitarlo, el fallo de la sección 23 de Madrid sobre los recursos de la Fiscalía y de la defensa de Begoña Gómez, contra varias resoluciones del juez Peinado adoptadas durante la instrucción de la causa.

La Fiscalía pedía centrar el caso, al que caracteriza como parecido a una causa general, y el abogado Camacho, solicitaba la anulación de una resolución del juez Peinado, de 1 de julio pasado, en la que su parte dispositiva, precisamente, esbozaba la causa general, o “universal”, según el abogado Camacho, al señalar, ante preguntas de dicho letrado, que los hechos investigados “son todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es el presidente del gobierno, que se contienen en la denuncia inicial”. Camacho pedía el archivo de las actuaciones.

Si bien los magistrados revocan, atendiendo a la defensa, esa parte dispositiva, en cambio, salvan el fundamento tercero del auto del 1 de julio en la que el juez habla “con referencia a todos los hechos, actos, comportamientos y conductas llevadas a cabo, derivadas de la relación existente entre la investigada y el empresario Juan Carlos Barrabés”.

En su auto, los magistrados ratifican su decisión anterior, del 29 de mayo, en el sentido de delimitar la investigación.

“Existía por tanto una clara determinación objetiva, subjetiva y temporal de los hechos objeto de investigación: toda aquella actividad desarrollada por la investigada en relación con el despegue de su actividad profesional, en principio, sólo desde la ideación y creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, y en relación con aquellos terceros (personas físicas, empresas o instituciones) que le han dado soporte, financiación, patrocinio, colaboración o ayuda, económica, logística, de formación, o de cualquier otro tipo”, señalan.

Los magistrados explican que “en dichas adjudicaciones apreciábamos datos objetivos en los que se constataba la intervención personal de la denunciada en apoyo de las empresas de Barrabés y que justifican la investigación”.

Y enfatizan: “La llamativa variación, cuantitativa y cualitativa, que experimenta la relación de las empresas del grupo Barrabés con la administración pública en proximidad temporal con la obtención de la Cátedra y despegue de los masters es verdaderamente significativa. Basta comprobar el gráfico contenido en la pág. 60 y los datos de la pag.60-63 del referido informe (f.335 del testimonio) para comprender que de un importe global próximo a los 25 millones de euros (24.923.443,60) algo más del 91% le corresponde a Innova Next”.

No se puede, pues, ignorar que el ponente de esta resolución ha seguido todos los detalles.

Y apunta otro hecho del informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil del 14 de mayo pasado.

“Por otro lado, en ese informe se añade otro dato importante, como es la condición de Begoña Gómez, como administradora y socia única de la mercantil Transforma TSC SL  desde el 21 de noviembre de 2023, fecha en la que se constituyó la empresa (con un capital social de 3.000 €). Esta sociedad tiene como objeto social el “impulsar y promover la estrategia de Transformación social Competitiva, integrando los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) en las organizaciones, para promover una sociedad más justa y un planeta sostenible”, significando la UCO, como el objeto y denominación de las empresas coincide con el título del master de la Universidad Complutense del que la investigada es Codirectora. Ello con el carácter meramente indiciario propio de la instrucción, permitiría añadir a nuestra primera aproximación sobre la notitia criminis, la existencia no solo de un interés profesional en el ámbito docente, sino también personal en el ámbito empresarial”.

Finalmente, los magistrados insisten en las relaciones entre Begoña Gómez y Juan Carlos Barrabés.

“Lo que alcanza otra actividad o conducta contenida en la denuncia [del sindicato Manos Limpias] relacionada con el lanzamiento de la carrera profesional de la investigada a partir de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense, creada en el 2.020, en el que Begoña Gómez figura como codirectora y Carlos Barrabés como profesor asociado. En la misma, la investigada dirige dos Masters, “Máster Propio en Dirección de Fundraising Público y Privado en ONL” y “Máster Propio en Transformación Competitiva”. Cátedra de donde partieron las cartas de declaración de interés y apoyo, suscritas por la Codirectora encausada, que fueron aportadas por la UTE The Valley-Innova Next., resultando necesario investigar su actividad”. 

Y destaca: “El informe de la UCO sigue destacando que la relación de Begoña Gómez con Juan Carlos Barrabés, en el entorno del Máster no se limita a sus cargos de Codirectora y de profesor, ya que se utilizaron las instalaciones del Grupo Barrabés, para la realización de determinados actos, como una entrevista a los anteriormente citados, que tuvo lugar el día 20 de julio de 2020”.

Es interesante: los magistrados admiten parcialmente los dos recursos contra el juez Peinado al ratificar la delimitación que ya habían realizado en mayo -o la necesidad de centrar la instrucción-, y buscan perfeccionar, por así decir, las diligencias, expurgando el lenguaje de “causa general” del juez Peinado.

La fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, que ha pedido “testimonio íntegro” de todas las actuaciones -es decir, la causa en papel- tiene pendiente presentar su informe sobre la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado. Lastra consideró en su informe sobre la querella de Pedro Sánchez que de las actuaciones del juez tendentes a esparcir la sospecha sobre el presidente de Gobierno, esposo de Begoña Gómez, no se podía excluir un posible delito de prevaricación y recomendó su admisión a trámite.

Aunque la resolución de los magistrados no tiene relación directa con las citadas dos querellas que penden sobre Peinado, sus argumentos colocan una barrera en defensa de Peinado, al eliminar algunos aspectos escandalosos de sus autos, como la causa general contra ella desde que su esposo es presidente de gobierno. No será fácil ahora para la fiscal superior Lastra apoyar la querella de Begoña Gómez.

Los magistrados, por tanto, han blindado la posición del juez Peinado ante las querellas contra él. Más allá de lo que podía pensar hasta este lunes 7 de octubre la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que tiene previsto este martes examinar la querella del presidente Sánchez, cuyo ponente es el magistrado Francisco José Goyena, ya se puede descartar su admisión a trámite. 

Salir de la versión móvil