«Si condenan por la nota de prensa, la pregunta es: ¿para qué ordenó el instructor Hurtado una entrada y registro en la Fiscalía General del Estado y en la de Madrid cuando tenían desde el principio el cuerpo del delito (la nota informativa del 14 de marzo de 2024) y el autor confeso (Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado). Fueron de pesca y la pieza era Sánchez» dice un fiscal.
Problema: ninguno de los cinco magistrados que resolvieron imputar al fiscal general del Estado principalmente por la filtración del correo (Manuel Marchena, Susana Polo, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela) estaban preparados para este juicio.
¿Cómo es eso posible? Pues sí, porque descontaban que el fiscal general del Estado dimitiría. Bien al serle notificado el auto de apertura de la causa (15 de octubre de 2024) o el de apertura de juicio oral (9 de septiembre de 2025).
Pero se equivocaron.
García Ortiz y el ministro de Justicia, Félix Bolaños, consideraron el procedimiento una operación de naturaleza política impulsada primero por Isabel Díaz Ayuso para defender a su pareja, un trabajo que realizó Miguel Ángel Rodríguez (MÁR), jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, y amigo de González Amador antes del noviazgo.
Y optaron por resistir.
El instructor ordenó los registros -12 horas largas de clonado de todos los dispositivos en cada una de las dos sedes el 30 de octubre de 2024 al comenzar la instrucción- para hallar el ‘smoking gun’. Se llama así en la jerga juridico-policial anglosajona porque si encuentras a alguien con una pistola humeante en la mano y a una persona muerta es que seguramente será responsable del crimen cometido.
Pero no apareció y la filtración del correo -que fue esgrimida como la razón principal para imputarle- no pudo ser probada en la instrucción, aunque el juez Hurtado le atribuyó sin esa prueba de cargo la violación del deber de reserva a García Ortiz.
Pero, en esta situación, la nota informativa del 14 de marzo ocupó un espacio relevante en el juicio oral. Porque sobre ella no se necesita prueba alguna: el fiscal general del Estado escribió incluso al TSJM que siendo el responsable de la nota las diligencias debían pasar al Supremo porque por ser él aforado la competencia no era de Madrid sino de la Sala Penal del Supremo.
Ahora bien: el que la nota informativa haya pasado ahora a ser el smoking gun requiere una construcción creativa. No puedes después del juicio decir: nos hemos dado cuenta de que en realidad el TSJM tenía razón y la nota informativa es delictiva y ella encaja en el artículo 417.1 del Código Penal.
El trabajo «creativo» consiste en revisar todo lo que se dijo en el juicio para explicar que precisamente la inmediación -contacto directo con las partes, testimonios y pruebas entre el 3 y el 13 de noviembre- ha permitido reconstruir lo que pasó y presentar los hechos probados.
Y ese trabajo exige poner destacar en la sentencia con una luz nueva lo que se ha visto en el plenario en torno a la elaboración de la nota informativa la noche del 13 de marzo de 2024, tras la primera filtración de un correo, el del fiscal Julián Salto del 12 de febrero de 2024, por parte de González Amador y MÁR.
Ambos, aparte de difundir ese documento reservado, dijeron a los periodistas que un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y González Amador se había frustrado «por órdenes de arriba. Es decir: que el fiscal general del Estado estaba perjudicando a sabiendas a González Amador.
Fue en respuesta a esa filtración -hecho probado- que García Ortiz preparó e hizo publicar la nota de prensa en la que se desmentía a González Amador-MÁR sobre las «órdenes de arriba» que, según ellos, habían frustrado el pacto por el que la pareja de Ayuso reconocía haber cometido dos delitos fiscales en los ejercicios 2020 y 2021 (350.961 euros en total).
La percepción popular sobre ‘Frankenstein’, la famosa novela de Mary Shelley publicada en 1818, es la de un híbrido (en la obra un monstruo producido mediante la unión de partes (cadáveres) para formar una nueva variante.
La sentencia final puede ser ese híbrido, pero, sin duda, será presentado creativamente. Lo que ya no resiste creatividad alguna ha sido la filtración del secreto de las deliberaciones del tribunal el 18 de noviembre de 2025 por Martínez Arrieta al informar que iba a hacer la sentencia del fiscal general del Estado en el Colegio de Abogados de Madrid, siendo que públicamente el ponente no era él sino la magistrada Susana Polo.