Un error judicial deja impune la brutal paliza con bates de béisbol de 15 ‘neonazis’ a un menor discapacitado: le rompieron la cara

22 de enero de 2023
4 minutos de lectura
Manifestación neonazi
Imagen de archivo de una manifestación de neonazis en Chueca. /EP

Una “caótica” investigación judicial es la causa de que el joven Antonio J. G. se haya quedado sin indemnización ni resarcimiento moral por la brutal paliza que recibió en 2016 a manos de un grupo formado por 15 neonazis que, sin explicación alguna, se lanzaron inopinadamente sobre él y le rompieran con bates y puñetazos los huesos de la cara. Él y sus padres denunciaron la agresión, pero el juzgado se fue por los cerros de Úbeda, y el delito prescribió irreversiblemente.

El juzgado, de primera instancia e instrucción número 1 de Collado-Villalba, no hizo nada, pasaron los meses, no se buscó a los agresores y, por imperativo legal, tuvo que archivar la causa al pasar el plazo de prescripción, seis meses. El padre del joven discapacitado, que en el momento de la agresión estaba acompañado de otro menor, reclama al Estado 65.729,11 euros. No se hizo justicia para su hijo, que tiene la sensación de haber recibido una paliza sin motivo alguno y que por culpa del juzgado los autores no hayan purgado su acción.

Los padres demandaron al Ministerio de Justicia. Y contaron lo ocurrido: “El 1 de noviembre de 2016, cuando Antonio se encontraba en unión de otra persona, en el exterior del recinto del club social de la urbanización Las Canteras de Alpedrete, “fueron agredidos por un grupo de unas diez o quince personas vestidas de oscuro, con la cabeza tapada por pasamontañas y armados con bates de béisbol y otros objetos contundentes, presumiblemente pertenecientes a un grupo neonazi, que provocaron daños en la puerta de entrada de dicho club social y emprendieron la huida”.

El Juzgado de Collado-Villalba incoó diligencias. Y el padre de Antonio J. se presentó como acusación particular. Su hijo tuvo que ser asistido tras la paliza en el Hospital General de Villalva y pasar por el quirófano. Por fractura de huesos faciales y de la pared anterior del hueso frontal. Fue dado de alta de hospitalización tras seis días de ingreso. Se le retiraron los puntos el 9 de diciembre de 2016. El médico forense hizo constar que dichas lesiones requirieron tratamiento médico quirúrgico y psicológico. 90 días convaleciente. Y le han quedado secuelas: trastornos mentales agravados que le han sumido aún más en su aislamiento social.

Guardia Civil

Tras la agresión, la Guardia Civil pidió a ciertas empresas de telefonía móvil que proporcionasen datos relacionados con varias líneas telefónicas de personas que podrían estar implicadas en los hechos. Y que se declarase compleja la causa a los efectos de tener tiempo suficiente para las pesquisas. La Guardia Civil pidió permiso para pinchar más teléfonos, pero el juez se opuso al tener conocimiento por los agentes de que algunos de los investigados eran menores. Y también ordenó que se detuviese toda la investigación en marcha.  

El 11 de mayo de 2017, el juzgado dictó un escuetísimo auto de sobreseimiento provisional al entender que «no existían motivos suficientes para atribuir la perpetración del delito a persona alguna determinada”. Ante esta decisión, los padres de Antonio pidieron al juez que, dado que había menores, enviase las diligencias a la Fiscalía de Menores de la Comunidad de Madrid “para exigir la responsabilidad de los menores que resultasen como sospechosos”. Pero nada se movía. El juez se limitó a archivar el caso, sin más. Luego lo reabrió, sin más, también. Pero seguía sin moverse nada, y el plazo de prescripción se acercaba.

El 1 de junio el abogado de Antonio escribió al juzgado para expresar “la profunda perplejidad que nos produce”, escribió, ”la caótica instrucción de la causa y la notificación a las partes de las correspondientes resoluciones judiciales”. Y reclamó que de una vez se diera luz verde a las diligencias que había solicitado la Guardia Civil.

Sin embargo, el 13 de noviembre de 2017 el juzgado dictó auto acordando de nuevo el sobreseimiento provisional y, esta vez sí, ordenando el envió de las actuaciones a la Fiscalía de Menores, lo que, según afirman, aún tardó bastante tiempo en materializarse. Las diligencias llegaron a la fiscalía en enero de 2018. El 16 de febrero, la Fiscalía comunicó que el delito estaba prescrito, que ya no se podía hacer nada.

“Caótica instrucción”

Se queja la defensa de Antonio J. de que la “caótica” situación del juzgado “ha abortado toda posibilidad de reclamación civil, puesto que los autores han permanecido en el anonimato precisamente por la falta de instrucción, lo que hubiera permitido, mediante la investigación telefónica que desde el primer momento intentaba llevar a cabo la Guardia Civil, la determinación de los autores de los hechos”.  Esta dejadez del juzgado de Collado, que no hizo nada, pasó el tiempo y el delito prescribió, también ha causado un daño moral a Antonio y lo ha sumido aún más en su habitual estado “de aislamiento” social.

El Consejo del Poder Judicial ha analizado este asunto; es decir, cómo es posible que la inacción de un juzgado deje impunes a los autores de una paliza a un menor discapacitado. El Poder Judicial dice que no puede meterse en las decisiones de los jueces porque ello quebraría la separación de poderes. Solo un tribunal superior a ese juzgado puede decidir si ha habido negligencia o dejadez judicial.

Así cierra el Consejo este asunto en relación con la demanda que pusieron los padres al Ministerio de Justicia: “Son razones ajenas al concepto propio de funcionamiento anormal de la Administración de Justicia para encuadrarse de forma natural en el ámbito conceptual propio del error judicial, cuya valoración no puede realizar este Consejo, por corresponder exclusivamente a aquéllos en quienes la Constitución deposita tal competencia, entre los que no se encuentra este órgano constitucional de gobierno del Poder Judicial”.

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