El juez Peinado supera de facto su plazo de instrucción legal de un año al citar a Bolaños

12 de marzo de 2025
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Peinado
El juez Juan Carlos Peinado en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla. | Fuente: José Luis Roca / El Periódico de Catalunya.

El titular del juzgado 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, ha prorrogado de facto las diligencias de investigación cuyo plazo de un año vence el próximo 22 de marzo. Si bien ha dado traslado a las partes para que informen sobre la prórroga, lo cierto es que no ha dictado el auto preceptivo para hacerlo y ya ha ordenado diligencias para mediados de abril.

Esa ampliación de facto se ha producido con la citación del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, para el 16 de abril en el marco de una pieza separada abierta en el caso de Begoña Gómez por presunta malversación de caudales públicos en la contratación de Cristina Álvarez, su asistenta en La Moncloa.

Según partes en el procedimiento consultadas, el juez Peinado no ha acordado todavía la prórroga del procedimiento por un plazo de seis meses cuando esta venza, dentro de once días, el 22 de marzo próximo.

La ley de Enjuiciamiento Criminal vigente, modificada en 2020, establece en su artículo 324:

“1. La investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa.

Si, con anterioridad a la finalización del plazo, se constatare que no será posible finalizar la investigación, el juez, de oficio o a instancia de parte, oídas las partes podrá acordar prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses.

Las prórrogas se adoptarán mediante auto donde se expondrán razonadamente las causas que han impedido finalizar la investigación en plazo, así como las concretas diligencias que es necesario practicar y su relevancia para la investigación. En su caso, la denegación de la prórroga también se acordará mediante resolución motivada.

2. Las diligencias de investigación acordadas con anterioridad al transcurso del plazo o de sus prórrogas serán válidas, aunque se reciban tras la expiración del mismo.

3. Si, antes de la finalización del plazo o de alguna de sus prórrogas, el instructor no hubiere dictado la resolución a la que hace referencia el apartado 1, o bien esta fuera revocada por vía de recurso, no serán válidas las diligencias acordadas a partir de dicha fecha».

Por tanto, el hecho de que el magistrado haya abierto una pieza separada este pasado lunes, día 10 de marzo, supone que tendrá que acordar una prórroga de seis meses. El juez, según citamos, puede acordarla “de oficio o a instancia de parte, oídas las partes”.

Lo que es indiscutible: el juez debe presentar un auto en el que exponga “razonadamente las causas que han impedido la investigación en plazo” [de 1 año] Todavía tiene tiempo hasta el 22 de marzo, pero sigue adelante con sus diligencias como si la prórroga estuviera formalizada.

Esta ampliación ya es un hecho desde el momento en que ha resuelto nuevas diligencias: la testifical del ministro Bolaños.

Según la ley apuntada, las diligencias, como la testifical de Bolaños, acordadas dentro del plazo de un año, es decir antes de su vencimiento el próximo 22 de marzo, son válidas, aunque se hayan de materializar después de expirar el plazo señalado, como sería el 16 de abril, siempre que el juez Peinado dicte el auto de prórroga de las diligencias.

Pero según la ley, si el juez no lo hace o pueda darse el caso de que su auto es recurrido ante la Audiencia de Madrid y resulta anulado, dichas diligencias, ordenadas con anterioridad al plazo de un año, en este caso antes del 22 de marzo de 2025, como la de Bolaños, no serían válidas.

Frente a la Audiencia de Madrid, que desde el inicio de la instrucción, el 22 de marzo de 2024, pidió acotar y evitar convertir el caso Begoña Gómez en una causa general, el juez Peinado ha ido abriendo el diafragma de su instrucción hasta incluir ahora malversación de caudales públicos en la contratación, según se ha apuntado, de Cristina Álvarez, asistente de la esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez.

El juez solicitó exigió a Presidencia del Gobierno que especificara una lista “de los distintos trabajadores y asesores que desempeñan sus labores en el Palacio de la Moncloa”.

Cristina Álvarez figura contratada como directora de Programas de la Secretaría General de Presidencia.

El juez citó a prestar declaración como testigo a Alfredo González, un alto cargo de La Moncloa que gestionó, entre muchos otros, el nombramiento de la asesora de Gómez. Félix Bolaños era el superior de Alfredo González.

González explicó a Peinado, el pasado 26 de febrero, que con el cambio de Gobierno de 2018, tramitó cerca de un centenar de nombramientos de cargos de confianza y no recordaba el de Álvarez, conoce. Peinado se mostró muy extrañado y llegó a preguntar si para acceder a un cargo de confianza no hay que presentar un currículum o superar una oposición, a lo que González ha contestado negativamente.

La conducta del juez Peinado fue muy parecida a la que mantuvo con Juan José Güemes, vicepresidente del Instituto de Empresa (IE), durante su declaración, el pasado 18 de noviembre de 2024 en la que expresó su desconfianza hacia el curriculum de Begoña Gómez y a su condición de carecer de título universitario. Y le imputó por contradecir presuntamente -pese a que no ha habido contradicción alguna- la declaración de su subordinada, Sonsoles Blanca Gil de Antuñano, directora de Recursos Humanos del IE.

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