Hoy: 22 de noviembre de 2024
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha considerado que el despido de una auxiliar de un colegio de Palma fue improcedente. La empleada fue despedida tras dar un azote a una niña de tres años con autismo. Un suceso que tuvo lugar en el año 2020, cuando la cuidadora le estaba cambiando el pañal en los baños, y la pequeña estaba “en plena rabieta llorando en el suelo”, según recoge la sentencia.
El Tribunal considera acreditado que la trabajadora, al quitar el pañal a la niña, alzó la mano y le propinó un azote en las nalgas. Sin embargo, no considera que esto pueda calificarse como una agresión ni que se haya demostrado un maltrato continuado hacia los menores del centro.
Estos supuestos hechos fueron presenciados por una profesora del centro que pasaba junto a los baños con un grupo de alumnos. Un testimonio que, tras ser trasmitido al centro, se tomó en consideración, y fue calificado como grave; sumándose así a otras quejas que esta profesora había recibido con anterioridad. En concreto fue amonestada verbalmente y acumulaba quejas de profesores que habían visto comportamientos bruscos hacia los alumnos.
Es ahora cuando el Tribunal ha considerado que este despido es improcedente y se ordena la readmisión de la mujer, o bien indemnizarla en consecuencia. La Sala considera que, más allá de si el azote fue fuerte o leve, no se trata de una agresión con intención de hacer daño.
Tal y como ha informado Europa Press, los magistrados explican que no consta que el azote produjera lesiones, ni se explica que la profesora que presenció el momento, al verlo, “se limitase a seguir su camino sin intervenir”. Además, el centro permitió que la cuidadora siguiera trabajando con normalidad hasta que le comunicaron el despido mediante burofax, coincidiendo con una baja por COVID.
“La sala reprueba completamente el uso de la violencia, aun la más leve, en el ámbito de educación y cuidado de los menores, más aún si cabe cuando se trata de menores con necesidades especiales”, subraya la sentencia.
Con todo, considera que hay que diferenciar un azote “en el momento en el que se está intentando cambiar un pañal a una niña en plena rabieta” de “un maltrato continuado a los menores a cargo por parte de quien aprovecha los momentos en que no está a la vista de los demás y las dificultades de comunicación de aquellos y que sólo de manera casual es descubierto en su abyecto proceder”.
Por todo ello, el Tribunal considera que el despido es una sanción desproporcionada y lo declara improcedente.