La polémica en Jumilla comenzó cuando el Ayuntamiento aprobó una enmienda que limita el uso de instalaciones deportivas solo para actividades deportivas. Esto excluye actos culturales, sociales o religiosos. Aunque no menciona directamente a ninguna religión, el objetivo es frenar celebraciones musulmanas como la fiesta del cordero. Esta decisión ha generado un intenso debate sobre la libertad de culto.
Los obispos españoles han rechazado esta medida con firmeza. Señalan que limitar el derecho al culto es una forma de discriminación incompatible con la democracia. Afecta no solo a una confesión, sino a todas las religiones y también a quienes no profesan ninguna creencia. Para ellos, la libertad religiosa es fundamental para la convivencia y el respeto.
Expertos en Derecho Eclesiástico advierten de que la moción vulnera el principio de igualdad de la Constitución. Ningún poder público puede favorecer unas creencias sobre otras ni excluir a ciertos grupos. Aunque la enmienda parece neutral, su impacto es desigual y puede entenderse como discriminación indirecta hacia los musulmanes.
La Conferencia Episcopal insiste en que solo se pueden limitar manifestaciones religiosas si perturban el orden público, siempre valorado con criterios técnicos. Además, las restricciones para proteger el bien común deben aplicarse a todas las actividades públicas, no solo a las religiosas. De lo contrario, se cae en un trato injusto y arbitrario.
El Gobierno ha criticado a los partidos que promovieron la medida por su carácter excluyente y vigilará posibles discursos de odio. Mientras tanto, la Comisión Islámica y los obispos defienden la libertad religiosa como un derecho fundamental. En un país plural, la convivencia solo es posible respetando todas las creencias.