«La justicia no es un juego de azar, sino el triunfo de la razón sobre la arbitrariedad; quien ignora la doctrina, condena su propio intelecto al fracaso.» — Baltasar Gracián
El atajo : «Que lo resuelva el TSJ»
Resulta imperativo cuestionar la necesidad del calvario procesal al que son sometidos los ciudadanos y sus familias. Existe una práctica instalada en los tribunales inferiores —desde el control, pasando por el juicio, hasta la Corte de Apelaciones— que refleja una preocupante abdicación del deber de decidir: una conducta judicial que, en la praxis, parece imponer la consigna de «que lo resuelva el TSJ». Es una dejadez profesional donde el juzgador, ignorando la doctrina jurisprudencial vinculante dictada por el máximo tribunal, prefiere dictar resoluciones viciadas en lugar de redactar sentencias académicamente impecables. Lo más alarmante es que, aun cuando la defensa técnica les presenta formalmente la jurisprudencia y los precedentes que obligan a un resultado distinto, estos tribunales optan por hacer caso omiso, como si su voluntad estuviera por encima del derecho y de la doctrina que están obligados a seguir.
¿Por qué no hacer lo correcto desde el inicio? ._ Si estos funcionarios demostraran su preparación técnica y el respeto absoluto a la doctrina del TSJ y al principio iura novit curia, evitarían un desgaste incalculable: el sacrificio humano de un procesado y su familia, quienes sufren el deterioro psicológico y la somatización del dolor, y también el ingente gasto público que implica movilizar innecesariamente todo el aparato jurisdiccional. Si cada tribunal asumiera su labor como un «pequeño tribunal supremo», honrando su investidura con la excelencia jurídica, se ahorrarían años de zozobra, dinero y esfuerzos que el Estado malgasta por pura ineficiencia.
El juzgador no puede ser un simple tramitador que traslada su carga al superior; debe ser un académico del derecho que, aplicando la doctrina vigente, proteja la libertad y la dignidad desde el primer día, impidiendo que el proceso penal se transforme en un instrumento de destrucción de la vida del ciudadano.
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Doctor Maikel José Moreno Pérez, en la sentencia N.º 322 de fecha 24 de abril de 2026, ha emitido una decisión de trascendencia jurídica al decretar la nulidad absoluta de las sentencias dictadas en primera y segunda instancia en el caso del ciudadano (Se reserva). Esta decisión pone de relieve las graves irregularidades cometidas por los tribunales inferiores, los cuales, al fallar, ignoraron los estándares mínimos del debido proceso y la valoración probatoria.
El TSJ declaró la nulidad absoluta debido a:
«El derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo; una sentencia que ignora la ciencia jurídica no es justicia, es solo un acto de fuerza desprovisto de razón.» — Miguel de Unamuno
Doctor Crisanto Gregorio León
Profesor Universitario