El TC no admite a trámite el recurso de los padres de Marta del Castillo contra el rechazo a indagar más móviles

8 de diciembre de 2023
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Los padres de Marta del Castillo - EP
Los padres de Marta del Castillo - EP

Desestima el incidente de nulidad contra dicha decisión porque no cabe una ampliación de dicha diligencia a los teléfonos móviles de terceras personas ya juzgadas

El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso promovido por los padres de Marta del Castillo contra la denegación de su petición de que la investigación de los «datos telefónicos crudos» de los móviles de la víctima y el autor del crimen por si éstos abarcasen a otras personas relacionadas caso, como el hermano de Carcaño, Francisco Javier Delgado; su novia María García Mendaro, el amigo de Carcaño Samuel Benítez o el joven Francisco Javier García, conocido como El Cuco.

Así lo ha avanzado este viernes Diario de Sevilla y lo ha confirmado a Europa Press Antonio del Castillo, padre de la víctima, toda vez que la decisión de interponer este recurso ante el Constitucional surgió después de que la Audiencia de Sevilla desestimase el incidente de nulidad planteado por la familia de la víctima, contra la decisión de dicha instancia de ratificar un auto del Juzgado de Instrucción número cuatro, que excluía ya a estas personas de la investigación de los «datos telefónicos crudos» de los móviles de la víctima y el autor del crimen.

En un auto emitido el pasado 24 de marzo y recogido por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla desestimaba el incidente de nulidad de los padres de Marta del Castillo contra dicha decisión denegatoria, porque no cabe «una ampliación de dicha diligencia a los teléfonos móviles de terceras personas ya juzgadas, por que sería nula por infringir los dispuesto en el artículo 588».

La medida, según la Audiencia, «afectaría a derechos fundamentales de los mismos y carecen de la cualidad de investigados, por haberse concluido el proceso penal que justificó en su momento la incoación de esta pieza separada» de la búsqueda del cadáver de Marta.

No cabe una ampliación de la instrucción

La búsqueda del cuerpo, según la Audiencia, es «la única razón del mantenimiento de la presente pieza, sin que a través de ella pueda alcanzarse a una revisión de lo ya enjuiciado, ni a la ampliación de la instrucción, lo cual excede del marco de este procedimiento, y por ello limita el objeto de la pericial acordada al examen de los teléfonos de Miguel Carcaño, autorizados por él; y al teléfono del que era titular y usuaria Marta del Castillo, excluyendo de la pericial el resto de terminales telefónicos, por referirse a personas para las que no existe una causa que justifique dicho estudio y no consta que consientan el mismo».

En su auto, la Audiencia precisa que la búsqueda del cadáver de Marta del Castillo «no tiene límite temporal» y la Policía Nacional y la Fiscalía «pueden y deben realizar las indagaciones que estimen necesarias para su descubrimiento, pero ello no puede conllevar la continuación de un procedimiento ya acabado y, menos, afectar a derechos fundamentales de personas que ya han sido juzgadas, sin perjuicio de que, si prestan su consentimiento, pueda indagarse por parte de la Policía o la Fiscalía sobre lo aceptado sin necesidad de intervención judicial».

Además, la Audiencia indica que la indagación de los datos crudos de los teléfonos móviles de Miguel Carcaño y Marta del Castillo «debe quedar al margen de esta pieza separada, que debió declararse terminada al recaer sentencia firme en el procedimiento penal al que estaba vinculada». «En ningún caso procede mantener una investigación sine die, sin justificación para la intervención judicial y, menos, cuando lo que se pretende es la práctica de nuevas diligencias que afectan a derechos fundamentales de personas ya enjuiciadas, que ya han dejado de tener el status de investigados», insiste la Audiencia.

La Audiencia no ve así vulnerado el «principio de intangibilidad», el derecho a la tutela judicial efectiva o el principio de seguridad jurídica, extremos que esgrimía la familia de Marta del Castillo, a la que además impuso las costas de la resolución de este incidente de nulidad.

La Audiencia Nacional

En febrero de 2022, el juzgado instructor autorizaba a un perito a acceder a los «datos telefónicos crudos» de los teléfonos móviles con los que contaban a la fecha de los hechos Miguel Carcaño y Marta del Castillo; pero excluía de dicha medida «el resto de terminales telefónicos», en alusión a los móviles de otras personas juzgadas por el crimen, como es el caso del hermano de Carcaño, Francisco Javier Delgado; su novia María García Mendaro, el amigo de Carcaño Samuel Benítez o el joven Francisco Javier García, conocido como El Cuco.

Los tres primeros fueron absueltos tras el juicio celebrado en 2011 contra los adultos acusados por este crimen, mientras en el caso del Cuco, fue condenado por un Juzgado de Menores por encubrir el asesinato perpetrado por Carcaño y, ya en 2022, el Juzgado de lo Penal número siete le condenaba junto a su madre a dos años de cárcel por un delito de falso testimonio, en sus comparecencias como testigos en el citado juicio celebrado en 2011 contra los adultos.

Aunque los padres de Marta del Castillo recurrieron en apelación dicha exclusión, el pasado 26 de octubre de 2022, la Sección Tercera de la Audiencia desestimaba tal recurso, «al ser de aplicación la nueva doctrina del Tribunal Supremo (…), que considera precluido el plazo de investigación sin que previamente se hubiera acordado su prórroga, al no haber sido interesado por las acusaciones dicho pronunciamiento, efecto que debe apreciarse en las presentes diligencias, que se iniciaron en fecha de 9 de noviembre de 2009» como «pieza separada para continuar las gestiones de búsqueda y localización del cuerpo» de la víctima, «sin que posteriormente se haya dictado resolución de prórroga del plazo de instrucción».

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