El decreto impulsado por el Ministerio Público rechaza rebajar las condenas a los agresores que tengan penas dentro del rango establecido por la nueva norma impulsada por Irene Montero
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha dictado un decreto para que los fiscales den “una respuesta uniforme” a las revisiones de condenas firmes suscitadas por la entrada en vigor de la conocida como ley del ‘solo sí es sí‘. Ha establecido que no se modificarán cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco jurídico penal. Así, el decreto mandata que, “como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma”.
“Es decir, la revisión solo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal”, explica la Fiscalía General del Estado (FGE) en un comunicado.
Ante la polémica suscitada estos últimos días, subraya que “cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso”. “Se evitará la adaptación automática de las penas anteriormente impuestas en proporción aritmética al nuevo marco punitivo”, precisa.
La Fiscalía aclara que este decreto, “de obligado cumplimiento” para los fiscales, “se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una circular del fiscal general del Estado, que se emitirá próximamente una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala”.
La Fiscalía responde a la polémica
El movimiento del Ministerio Público tiene lugar después de que, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de garantía integral de libertad sexual -el pasado 7 de octubre-, los jueces y tribunales hayan revisado numerosas condenas por abuso sexual aminorando más de una decena de penas, lo que ha supuesto además la excarcelación de cinco personas, según ha informado Europa Press.
Tal y como han explicado otras voces jurídicas, la ley del ‘solo sí es sí’ ha supuesto la unificación de dos delitos en uno: el delito de agresión sexual ha absorbido al de abuso sexual. De esta manera, permite que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad. Por ello, la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el espectro de comportamientos penados ahora como agresión sexual.
El Ministerio Público ordenó a los fiscales recabar información sobre la revisión de penas
Ya el pasado jueves, el jefe del Ministerio Público ordenó a los fiscales superiores que recabasen y le remitiesen la información sobre los casos de condenas por delitos sexuales que se han revisado a causa de la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’.
García Ortiz dio la orden de que los fiscales superiores remitan a la FGE “aquellos autos dictados por los juzgados o tribunales de justicia de su territorio en los que se haya procedido a la revisión de sentencias firmes condenatorias, así como los informes emitidos por el Ministerio Fiscal en las respectivas ejecutorias”.
Así lo trasladó la jefa de la Secretaría Técnica de la Fiscalía, Ana García León, con el objetivo de “realizar un seguimiento de las resoluciones judiciales que supongan una reducción de las penas impuestas en sentencias firmes tras la entrada en vigor de la citada ley orgánica”.
Las fuentes fiscales consultadas explicaron entonces que la intención era analizar los casos en los que se han revisado las penas impuestas para ver si hay disparidad de criterios entre los fiscales de los distintos casos. Asimismo, se pretendía observar si era necesario emitir una circular para unificarlos.