La Audiencia de Madrid archiva la causa contra Nacho Cano por el musical ‘Malinche’

26 de abril de 2025
1 minuto de lectura
El músico, Nacho Cano, a su llegada a los Juzgados de Plaza de Castilla. | Fuente: Gustavo Valiente / EP

En enero, el productor compareció ante los juzgados y se desvinculó de las acusaciones

La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido archivar provisionalmente la investigación contra Nacho Cano y otros implicados por supuestas irregularidades relacionadas con el musical Malinche. Los magistrados concluyen que no hay pruebas suficientes para sostener que se intentó introducir de forma ilegal a los ciudadanos mexicanos que participaron en el espectáculo.

El auto, al que tuvo acceso Europa Press, estima parcialmente el recurso presentado por cuatro de los investigados contra la resolución inicial del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, dentro de las Diligencias Previas 2001/2024.

En enero, Nacho Cano compareció ante los juzgados y se desvinculó de las acusaciones. En esa ocasión lanzó duras declaraciones contra el presidente Pedro Sánchez: «Vas a por mí, pero no voy a caer porque no lo merezco», manifestó el productor y exmiembro del grupo Mecano.

No hay pruebas

Tres meses después, la Sala considera que los hechos no evidencian un delito contra los derechos de los trabajadores ni de los extranjeros. Añade que, independientemente de si los trámites administrativos se completaron correctamente, seguir profundizando en ese sentido sería como «entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al Juzgado».

Según los magistrados, los investigados actuaron conforme a un procedimiento habitual, en el que los participantes entraron como turistas sin visado —algo permitido por la normativa europea— y luego solicitaron visado de estudiante una vez en España. Aseguran que no hubo intención de permanencia ilegal: «No se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada.»

En este contexto, el tribunal señala que el procedimiento puede no ser el más adecuado, pero no alcanza la gravedad exigida por el artículo 318 bis del Código Penal, que sanciona el tráfico ilegal de personas.

Además, un nuevo informe de la Inspección de Trabajo respalda que la finalidad de la estancia fue académica, relacionada con formación artística y un intercambio cultural en colaboración con Malinche The Musical Spain, gestionado por Jana Producciones SA. La Sala, por tanto, acuerda un archivo provisional —y no definitivo— por si «aparecieran nuevos datos que obliguen a la reapertura de la causa lo cual no sería posible en el primer caso al tener el valor de cosa juzgada».

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

La facturación de las empresas suma cinco meses de ascensos

Entre enero y septiembre de 2025, la cifra de negocios acumula un crecimiento medio del 4,1% respecto al mismo periodo…

Telefónica activa un ERE que podría afectar a 5.319 empleados en todas sus áreas clave en España

La compañía aspira a reducir alrededor de 3.000 millones de euros hasta 2030, con un fuerte peso del recorte de…

El frío regresa con un desplome de temperaturas y heladas en amplias zonas

A partir del martes, las temperaturas iniciarán un marcado descenso que se prolongará hasta el jueves…

El Gobierno propone una subida salarial del 11% para funcionarios

De esta manera, se busca garantizar un incremento gradual y sostenible que proteja tanto a los empleados públicos como a…