La Audiencia de Madrid archiva la causa contra Nacho Cano por el musical ‘Malinche’

26 de abril de 2025
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El músico, Nacho Cano, a su llegada a los Juzgados de Plaza de Castilla. | Fuente: Gustavo Valiente / EP

En enero, el productor compareció ante los juzgados y se desvinculó de las acusaciones

La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido archivar provisionalmente la investigación contra Nacho Cano y otros implicados por supuestas irregularidades relacionadas con el musical Malinche. Los magistrados concluyen que no hay pruebas suficientes para sostener que se intentó introducir de forma ilegal a los ciudadanos mexicanos que participaron en el espectáculo.

El auto, al que tuvo acceso Europa Press, estima parcialmente el recurso presentado por cuatro de los investigados contra la resolución inicial del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, dentro de las Diligencias Previas 2001/2024.

En enero, Nacho Cano compareció ante los juzgados y se desvinculó de las acusaciones. En esa ocasión lanzó duras declaraciones contra el presidente Pedro Sánchez: «Vas a por mí, pero no voy a caer porque no lo merezco», manifestó el productor y exmiembro del grupo Mecano.

No hay pruebas

Tres meses después, la Sala considera que los hechos no evidencian un delito contra los derechos de los trabajadores ni de los extranjeros. Añade que, independientemente de si los trámites administrativos se completaron correctamente, seguir profundizando en ese sentido sería como «entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al Juzgado».

Según los magistrados, los investigados actuaron conforme a un procedimiento habitual, en el que los participantes entraron como turistas sin visado —algo permitido por la normativa europea— y luego solicitaron visado de estudiante una vez en España. Aseguran que no hubo intención de permanencia ilegal: «No se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada.»

En este contexto, el tribunal señala que el procedimiento puede no ser el más adecuado, pero no alcanza la gravedad exigida por el artículo 318 bis del Código Penal, que sanciona el tráfico ilegal de personas.

Además, un nuevo informe de la Inspección de Trabajo respalda que la finalidad de la estancia fue académica, relacionada con formación artística y un intercambio cultural en colaboración con Malinche The Musical Spain, gestionado por Jana Producciones SA. La Sala, por tanto, acuerda un archivo provisional —y no definitivo— por si «aparecieran nuevos datos que obliguen a la reapertura de la causa lo cual no sería posible en el primer caso al tener el valor de cosa juzgada».

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