Hoy: 23 de noviembre de 2024
La vida del capitán de la Guardia Civil del aeropuerto de Barcelona Jesús U. M. fue durante un tiempo muy entretenida. Lo mismo unas veces se ponía la vestimenta del instituto armado para registrar maletas en busca de drogas, que otras se embutía en la de piloto de Vueling Airline y llevaba aviones por toda España, a Ibiza, Granada, A Coruña… e incluso al extranjero, a Milán (Italia). El jefe máximo de la Guardia Civil de Barcelona, cuando se enteró de la doble actividad de unos de sus mandos en el Prat, le abrió una información reservada. Y acabó mal.
El teniente coronel de Barcelona pidió a Vueling que le certificase si lo tenía dado de alta, a qué ciudades había viajado como piloto y en qué momentos. De ello se derivó un expediente disciplinario que el Supremo, la Sala de lo Militar, cierra ahora ratificando la sanción del Ministerio del Interior de suspensión de cinco meses de empleo y sueldo, por falta muy grave, por no haber pedido antes al ministerio una autorización de compatibilidad. No lo hizo cuando pudo hacerlo.
Estando ya volando con la compañía, lo solicitó y se lo dieron. El capitán sabía conducir aviones. Y tenía licencia. Lo contrató como piloto Vueling. Se da la circunstancia de que en ese momento había pedido excedencia en la Guardia Civil para el cuidado de sus padres. Se incorporó al servicio activo el 25 de abril de 2020. Y estuvo activo en la compañía aérea entre abril y agosto de 2020.
Cuando se averiguó su doble actividad, él argumentó que, dado que tenía licencia, pilotó para Wueling con la finalidad de mantenerla y poder acreditar más horas de vuelo. Pero en la Guardia Civil le dijeron que eso de estar al frente de la aduana y a la vez trabajar como piloto no era presentable, y más aún cuando no había pedido permiso, teniendo en cuenta que su otra actividad en el Prat es detectar las entradas de mercancías ilegales y controlar el acceso a España de los viajeros extranjeros.
Jesús U. alegó que no imaginó que ambas actividades fueran incompatibles, y que pidió oficialmente la compatibilidad, y la obtuvo, tiempo después de empezar a trabajar como piloto de la citada compañía. Y entendió que era nula la investigación que le hizo el teniente coronel porque este carecía de competencias para solicitar a Vueling datos privados suyos. El Supremo le refuta y dice que sí tenía competencias para ello, puesto que se trató de una información previa reservada destinada a conocer los hechos.
Se queja ante la Sala de lo Militar del Supremo de la alta sanción impuesta, pero el Supremo le recuerda que su acción es muy grave y que las mismas estipuladas en la ley alcanzan hasta los seis años; y que, en su caso, los jueces han optado por una sanción media, ecléctica.
Sus compañeros y mandos le han apoyado frente a la sanción. Han testificado que “el comportamiento del capitán es muy bueno”, “ejemplar en el cumplimiento de sus funciones” y que, además, según sus testimonios, la incursión como piloto del capitán “no ha causado ningún perjuicio en el cumplimiento de sus funciones” en la aduana del aeropuerto barcelonés. Los mandos no lo han visto así, ni los tribunales.