Interceptan a un conductor de 83 años tras recorrer dos kilómetros en dirección contraria en la AP-7

27 de noviembre de 2023
2 minutos de lectura
La Guardia Civil inmovilizó el vehículo infractor.| Fuente: EP

El delito de conducción temeraria, tipificado en el artículo 380 del Código Penal, puede resultar en penas de prisión que van desde seis meses hasta dos años

La Guardia Civil investiga las circunstancias por las que el conductor de un vehículo, un hombre de 83 años, a quien interceptaron en la autopista del Mediterráneo AP-7, en Cartagena (Murcia), iba en dirección contraria por una autopista.

Se le acusa de cometer un presunto delito contra la seguridad vial, al circular de manera manifiestamente temeraria en dirección opuesta a la establecida por la vía desdoblada, según informaron fuentes de la Benemérita en un comunicado.

La acción comenzó cuando una patrulla del Destacamento de Tráfico de Cartagena, encargada de la vigilancia de la seguridad vial, identificó un vehículo que circulaba en sentido contrario al estipulado por la AP-7, que conecta Crevillente (Alicante) y Vera (Almería), en la zona de El Algar-Cartagena.

Los agentes del Sector de Tráfico, al notar que el automóvil se aproximaba hacia ellos en dirección contraria por el carril izquierdo y sin tiempo para reaccionar, activaron las luces y sirenas del vehículo oficial de colores comerciales para indicar al conductor, el único ocupante, que se detuviera en el arcén.

Intervención y detención del conductor por falta de condiciones psicofísicas

Posteriormente, la patrulla de la Agrupación de Tráfico, tras detener la marcha del resto de conductores que se dirigían hacia Alicante para evitar una colisión, restableció la circulación al apartar al conductor, que mostraba signos evidentes de no estar en condiciones psicofísicas adecuadas para manejar, como desorientación o respuestas incoherentes, entre otros.

Según las investigaciones, los guardias civiles confirmaron que el conductor recorrió aproximadamente dos kilómetros en sentido contrario a lo establecido, y entró de manera antirreglamentaria en el kilómetro 796,400, a la altura de la Venta San José.

Esta conducta provocó maniobras bruscas de varios vehículos que circulaban correctamente, lo que puso en peligro la vida o la integridad de otras personas en la vía.

El conductor fue puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Cartagena. Y el vehículo implicado fue entregado a un hijo del octogenario y quedó bajo la custodia de la autoridad judicial como herramienta del delito.

Propuesta de reconocimiento psicofísico

Dada la evidente disminución de facultades psicofísicas para conducir, se propuso al conductor, en virtud del anexo IV del Reglamento General de Conductores, someterse a un reconocimiento psicofísico extraordinario en la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia. El objetivo es determinar si mantiene las aptitudes necesarias para conservar el permiso de conducir de la clase B.

El delito de conducción temeraria, contemplado en el artículo 380 del Código Penal, puede conllevar penas de prisión de seis meses a dos años, así como la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de uno a seis años.

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