Hoy: 22 de noviembre de 2024
El Gobierno de Madrid se está haciendo el sueco en el caso de presunto nepotismo hacia el hijo del director
FUENTES INFORMADAS presentó el pasado día 26 de julio, en el Registro de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, una solicitud -fundada en la Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno- en la que reclama “el acceso a toda la documentación e información pública obrante en el expediente administrativo derivado de la reclamación presentada por el director del instituto Padre Antonio Soler, de San Lorenzo de El Escorial, Juan Manuel Colino, ante el propio centro educativo, primero, y luego ante la autoridad educativa de la Comunidad, el DAT.
La intención de este periódico es analizar con detalle y publicitar todo lo sucedido en este asunto. Se trata de un caso de presunto nepotismo: es decir, de la reacción del director Colino tras enterarse de que el tribunal calificador de flauta travesera de su propio instituto le había dado la matrícula de honor en este instrumento a un alumno que no era su hijo.
Colino descalificó al tribunal calificador, le pidió por dos veces, enfadado, que revocase su decisión y, al ver que estos no le hacían caso y se mantenían en su criterio (el alumno más brillante no habñia sido su hijo, sino otro llegado este último año al centro) impugnó presuntamente fuera de plazo la decisión ante la autoridad educativa, el llamado DAT, dependiente del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso.
En su recurso descalifica sin rubor a los miembros del tribunal y a otros profesores del instituto. Se trata del más importante de los dos únicos centros que hay en Madrid que son mitad conservatorio de música y mitad un centro normal. Y se da la circunstancias de que otros hijos del director que han estado en este centro obtuvieron, año tras años, matrículas de honor en sus instrumentos, ante el recelo de algunos profesores.
Su recurso fue recientemente desestimado por la DAT al entender que Colino no llevaba razón en el recurso en el que pretendía deslegitimar al tribunal calificador amparándose en su cargo y teniendo en cuanta que algunos miembros de ese tribunal son interinos y su continuidad en el centro en parte depende de la dirección.
Tras aflorar este periódico este escándalo, Colino presentó su dimisión en el cargo en una carta enviada a los padres y alumnos a través de la página web, pero días después retiró la carta de la web y, en su lugar, exhibió otras de apoyo de colegas a su gestión. Es decir, a día de hoy se ignora si ciertamente ha dimitido o la retirada de la carta significa que se ha arrepentido y quiere seguir en el cargo. Solo llevaba once días como director. Con anterioridad, era vicedirector.
“Manejamos una información bastante precisa de lo que rodeó a las reclamaciones de 1 y 13 de junio presentadas por Colino, pero queremos conocer qué medidas, informes, investigaciones o acciones han adoptado o tienen pensado adoptar la Inspección Educativa y la DAT a la vista de lo sucedido”, ha explicado un portavoz de FUENTES INFORMADAS.
“Queremos conocer, en definitiva, si los órganos que, en nuestro sistema jurídico, tienen encomendado velar porque en los centros educativos se cumpla la normativa vigente y garantizar que en ellos se respeten los principios esenciales que conforman el sistema educativo español (la igualdad de oportunidades de todos los alumnos y el derecho de todos ellos a que su esfuerzo, dedicación y rendimiento se valoren conforme a criterios de plena objetividad y equidad), han estado en este asunto a la altura de lo que se ha de esperar de ellos”, añadió el citado portavoz.
El artículo 151 de la Ley Orgánica de Educación atribuye a la Inspección Educativa funciones tan relevantes y esenciales como las de:
a).- Supervisar y controlar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el funcionamiento de los centros educativos así como los programas que en ellos inciden.
b).- Supervisar la práctica docente, la función directiva y colaborar en su mejora continua.
c).- Velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes que afecten al sistema educativo.
d).- Velar por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en esta Ley, incluidos los destinados a fomentar la igualdad real entre hombres y mujeres.
g.-) Emitir los informes solicitados por las Administraciones educativas respectivas o que se deriven del conocimiento de la realidad propio de la inspección educativa, a través de los cauces reglamentarios.
Antecedentes
Colino Cruz profesor de flauta travesera en el Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y Educación Primaria y Secundaria de San Lorenzo de El Escorial “Padre Antonio Soler”. Lleva muchos años ocupando cargos en el equipo directivo de este centro. En mayo de este año ocupaba el cargo de vicedirector, pero ya en esa fecha sabía que, a partir del 1 de julio, sería el nuevo director.
Colino tiene a todos sus hijos estudiando en el Centro. Todos los hijos del director han sido alumnos brillantes que vienen acumulando, año tras año, reconocimientos, menciones y, lo que es más importante, la joya de la corona de ese Centro, las Matrículas de Honor en su instrumento musical. Tener una matrícula en un instrumento es un trampolín directo a ser contratado por una orquesta.
Sin embargo, el pasado mes de mayo, el tribunal calificador de la prueba de matrícula de honor en flauta travesera decidió conceder la matrícula de ese instrumento a un alumno de nuevo ingreso, y no al hijo del Director que, como venía ocurriendo en todos los años anteriores, también se presentó a dicha prueba y era el que venía ganando la matrícula.
Fuentes del centro aseguran que la reacción del (ex)director fue de “indignación” e “intenso enfado” al saber que sus colegas le habían dado esa distinción a un alumno nuevo en el centro que no era su hijo.
Colino, pese al elevadísimo rango que ocupa en el centro educativo, decidió impugnar por escrito la decisión del tribunal calificador ante el Centro Educativo.
En esta primera reclamación del día 1 de junio, Colino acusa de parcialidad al tribunal calificador y de desconocimiento de la especialidad de flauta travesera y de su repertorio.
Denuncia, además, que en dicha decisión ha habido “ausencia de los parámetros de objetividad necesarios para que haya habido una evaluación justa”. Pero la reclamación que presentó no iba sola.
Para que fuese más efectiva, inició, según describen fuentes escolares, una campaña “de presión, descalificaciones y amenazas de posibles sanciones a los miembros del tribunal calificador”, que se remonta al momento en que se publicó la concesión de la matrícula de nonor. El mismo Colino lo deja reflejado en su reclamación cuando señala que los profesores de esa especialidad y de otras que estuvieron presentes en la prueba “mostraron su indignación sobre la resolución del tribunal”, llegando alguno a expresar públicamente que le parecía “vergonzoso que no le dieran la matrícula” al hijo de Colino.
Dicha reclamación, tramitada con absoluta inmediatez por la entonces jefa de estudios (ascendida por Colino al cargo de vicedirectora), recibió una primera respuesta del tribunal calificador.
Contra todo pronóstico, dicho tribunal, tras considerar que la reclamación se había interpuesto fuera de plazo, se mantuvo, además, en la decisión de conceder la matrícula al alumno más brillante en la prueba y no al hijo de Colino.
El (ex)director Colino se enfadó aún más. La intensa “presión” ejercida para torcer la voluntad del tribunal calificador no parecía haber dado sus frutos.
Y, en ese momento, emerge la figura de la entonces directora, Isabel Vila Villar (hoy vicedirectora del Conservatorio de Majadahonda), quien decide tomar el control del asunto con mano firme pese a que la normativa que regula el procedimiento de reclamación no contempla que tenga intervención alguna en el mismo.
Para propiciar que se tenga que dictar una nueva resolución a la reclamación interpuesta por Colino, su “mano derecha” en estos últimos años en su condición de vicedirector de dicho Centro, el mismo día que se registra la decisión desestimatoria de la reclamación llamó por teléfono a la jefa de departamento para trasladarle que el acuerdo del tribunal calificador no era válido, porque, en su parecer, la reclamación no estaba fuera de plazo, y que se debía dictar nuevo acuerdo.
Es decir, Vila antepone su voluntad a la norma, que ninguna competencia de intervención le atribuye en este procedimiento de reclamación.
Su irregular intervención coloca de nuevo la reclamación en la casilla de salida y fuerza a que el tribunal calificador tenga que repensarse el asunto y volver a resolver. Mientras, la presión continúa sobre los miembros del tribunal para que “reconsideren” su decisión de conceder la matrícula de honor a un alumno no perteneciente a la familia del (ex)director Colino. También sobre la Jefa de Departamento, a la que la entonces directora Vila le apremia para que se dé contestación a la reclamación cuanto antes.
Y toda la diligencia y eficacia de la que hizo gala la entonces jefa de estudios (actual Vicedirectora con Colino) y la entonces directora Vila para tramitar la reclamación de Colino (se presentó el día 1 de junio y se tramita ese mismo día), se vuelve dejadez e inacción cuando la familia del niño que obtuvo la matrícula de honor se persona en el procedimiento de reclamación exigiendo que se le dejaran defender los derechos de su hijo para evitar que le despojasen de lo que legítimamente había obtenido. Hasta tal momento, la reclamación de Colino se ha mantenido en absoluto secreto por el Equipo Directivo del Centro Educativo.
Segundo informe
El tribunal calificador elaboró el segundo informe impuesto por la entonces directora Vila y, nuevamente y contra todo pronóstico, sus integrantes, ajenos a la presión y a las descalificaciones recibidas, se ratifican por segunda vez en la decisión adoptada de conceder la matrícula al alumno que, en su legítimo parecer, fue el más brillante.
Dicha decisión de ratificar la matrícula fue compartida también por el Departamento de Viento madera, y es la que se notifica finalmente a Colino.
Colino, pese a las pormenorizadas razones ofrecidas por el tribunal calificador en las seis páginas del informe que elaboró, le dijo no estar dispuesto a que su voluntad y su criterio se impongan, por lo que Colino impuso una reclamación durísima contra dicha decisión el día 13 de junio ante el Director de Área Territorial Madrid Oeste (el DAT).
Los términos nada respetuosos que empleó en la primera reclamación se elevan en esta segunda al máximo, arremetiendo muy gravemente contra todo aquel profesor que hubiera intervenido en el asunto.
En esta segunda reclamación ante el DAT, Colino no duda en emplear, a sabiendas, datos totalmente inciertos: por ejemplo, que era imprescindible que la duración de la prueba fuera de como mínimo quince minutos; que su hijo había tocado más de quince minutos; y que el otro niño no había alcanzado esa duración, a pesar de saber que su obra obligada tenía una extensión muy superior que se redujo por razones que no eran atribuibles a ese niño.
También afirmó que el repertorio libre que presentó su hijo tenía una dificultad propia de un curso superior al que cursaba, si bien, las fuentes consultadas aseguran que “eso tampoco es cierto; que la obra libre era una obra muy “facilita”, sin apenas complejidad técnica para un alumno de ese curso”.
Tampoco dudó en cargar durísimamente contra el tribunal calificador, la Jefa de Departamento y el resto de sus integrantes, insultándolos gravemente y pidiendo al DAT su sanción. En definitiva, no dudó en tratar de deslegitimar la profesionalidad e imparcialidad de todo un Departamento de su Centro Educativo con tal de imponer su criterio y que la matrícula la “recupere” su hijo.
Como ya anunció este periódico, en esa reclamación Colino deja por escrito lo mucho que parece despreciar y subestimar al personal docente interino, pues consideró que la actuación de la entonces jefa de Departamento de Viento-madera, cuando propuso a profesores interinos para integrar el Tribunal de Calificación de la prueba de matrícula de honor, habiendo titulares que también podían integrarlo, ello supuso un “alarde de profunda incompetencia profesional”. Y solicitó que fuese sancionada.
Y también dejó por escrito lo que opina de los profesores que integraron el Tribunal de Calificación. En su reclamación afirma, entre otras cosas, que estos profesionales emitieron un informe “malintencionadamente” y que lo que en él se detalla es “rigurosamente falso”.
También afirma que mostraron un “desconocimiento total del repertorio de la asignatura”, una “falta de criterio del tribunal y de su imparcialidad”, y opina que el juicio del tribunal fue «negligente, sesgado y parcial”. Y solicitó una sanción general a todos quienes “no procedieron con el desempeño de sus funciones y/o responsabilidades” que, por lo que parece, «deben ser las de conceder un año tras otro las matrículas de honor a sus hijos», afirman fuentes cercanas al instituto.
El devenir que siguió la tramitación de esa reclamación de 13 de junio ante el Servicio de Inspección y el propio DAT lo conoceremos cuando se nos dé acceso a la información pública que FUENTES INFORMADAS ha solicitado a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades con fecha 26 de julio.
Finalmente, la reclamación de Colino fue desestimada en su integridad, rechazándose su pretensión de que la Matrícula fuera a parar nuevamente a su hijo.
A pesar de todo lo sucedido, el director del DAT, José Macías Fernández, y la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades “siguen pensando que Colino reúne plena idoneidad y capacidad para dirigir ese Centro Educativo”, señalan las citadas fuentes escolares.