¿Fue Jesucristo víctima de un crimen de odio?: cumple todos los requisitos

10 de abril de 2023
7 minutos de lectura
Jesucristo
Jesús, interpretado por Jim Caviezel, en la película 'La pasión de Cristo'. | Fuente: Confilegal

A mi juicio, y conforme a los parámetros actuales de interpretación jurídica y social, Jesucristo fue víctima de un crimen de odio sin ningún género de dudas. Y no solo él lo padeció, también sus seguidores sufrieron discurso y crímenes de odio por cristianofobia, actos criminales que a día de hoy también se producen en algunos lugares y territorios.

La diferencia histórica del contexto político, jurídico y social entre aquella época y la actual es una obviedad. Sin embargo, estos actos, desde una perspectiva fenomenológica y con una mirada actual, se pueden interpretar por encima de los tiempos y sin relativismo alguno porque esta criminalidad de odio objetivamente lo es, aunque esta denominación apareciera cercano a los años de 1990. 

De lo contrario incurriríamos en una peligrosa deriva de interpretación que pudiera llevarnos a relativizar horribles hechos, incluso genocidios porque se realizaron antes del aporte denominativo del jurista polaco y judío Rafael Lemkin.

Desde un enfoque victimológico, que elude realizar interpretación religiosa o política, situado en la universal protección de la dignidad humana, de las libertades y derechos fundamentales de la persona, en todo tiempo y lugar, los episodios que sucedieron contra Jesucristo de hostilidad y detención previos, hasta su asesinato en crucifixión, son una muestra absoluta de esa dinámica de la intolerancia que conduce fatalmente al abyecto crimen de odio.

Un proceso acaecido, incluso que quebró los mandatos bíblicos asumidos en época, como eran los mandamientos de Moisés y de la Judea del momento.

El crimen, cuya víctima fue Jesús de Nazaret, fue cometido con torturas, ensañamiento y crueldad extrema, y vino precedido de acciones previas de discurso de odio, con el que se promovió la hostilidad y el odio a su persona, con  mensajes que alcanzaban a sus seguidores.

No fue simplemente un rechazo a sus ideas.

Así lo mostraron comportamientos de los fariseos, criticados por Jesús, junto a los escribas y doctores de la Ley que aparecen en los Evangelios, o la preocupación romana por el discurso cristiano insumiso frente a su poder político.

No es anacrónico este planteamiento de situar el asesinato de Jesús como un crimen de odio porque aunque las leyes del momento histórico no concretaran esa realidad en estos términos, no quiere decir que este tipo de acciones no existieran.

Simplemente se evidencia que hay hechos que son anteriores al derecho, y que grandes tragedias o transformaciones sociales, preceden al reconocimiento de los problemas y el avance legal frente a los mismos.

La conspiración para el crimen de odio hacia Jesucristo

Precedido de un creciente reconocimiento popular como mostraban sus encuentros o la entrada del conocido Domingo de Ramos, de acuerdo a los Evangelios, Jesús de Nazaret entraba triunfalmente en Jerusalén en medio de una multitud que lo aclamaba y antes de hacerlo se hubo detenido y bien recibido en las localidades de Betania y Betfagé.

Pese a su reconocimiento popular, no estuvo exento de sufrir mensajes odiosos y hostiles para dañar su creciente influencia, divulgados  por el movimiento religioso-político de los fariseos y  de otras gentes dirigidas hacia su persona y seguidores. Lo que hoy indudadablemente calificaríamos de «Fake News».

Decían que Jesús había quebrantado la ley, cuando no era verdad; decían que tenía una mano inutilizable y deformada porque se le había secado.

Decían que animaba a robar y que hablaba de forma irrespetuosa de cosas sagradas y que pervertía al pueblo.

Decían que Jesús era gente mala, una víbora, y que tendría que responder, que sería juzgado y puesto en orden, y más detalle que se menciona en los evangelios.

Caifás, de los saduceos y en unidad con los fariseos, es el hombre que condenó a Jesucristo para pedir su ejecución. Temeroso de una revuelta que alterara su poder del que era Sumo Sacerdote, montó una farsa de juicio religioso donde, según los Evangelios, provocaba a Jesús buscando encontrar la blasfemia.

La traición de Judas Iscariote, con su beso indicativo, sirvió para señalarlo y apresarlo. Habían maquinado atraparlo y condenarlo. Nunca permitirían que el hijo de un carpintero pudiera orientar las creencias religiosas de forma distinta a las prevalentes, poniendo en cuestión el poder establecido.

Tras la farsa de juicio, el Sanedrín, le declaró por unanimidad reo de muerte y emitió un mensaje de mentira, difamación y humillación a la víctima, buscando su denigración.

Hecho que continuó el jefe romano Pilatos a quien le dijeron que Jesús impedía dar tributo a César y se hacía llamar “rey de los judíos”.

No viéndole culpable, finalmente decidió aplicarle  torturas mediante flagelación, medio centenar de azotes con látigo de cueros con pequeñas bolitas de hierro, preámbulo romano de la ejecución, y después añadiéndole una corona de espinas, una vestimenta roja ensangrentada para luego exponerlo humillándolo ante una plebe fanatizada por discurso de odio, a la que preguntó, intentando lavarse las manos, sobre su salvación.

«¿A quién queréis salvar al condenado por bandidaje, a Barrabás o a Jesús el Mesías?».

La plebe absolvía a Barrabás y condenaba  a quien, desde la no violencia, promovía un mensaje espiritual, culminando así las mentiras y manipulaciones para el asesinato de odio.

Sin empatía y respeto, desbordados de intolerancia, de rechazo y desprecio, el camino recorrido hacia el Gólgota es todo un acto de destrucción de la dignidad humana, en cuyo angustioso trayecto, cargando su cruz, recibía la compasión con profundo dolor de unas mujeres que simbolizaron su lucha contra la misoginia del momento.

Terrible trayecto hasta sufrir la ejecución mediante crucifixión, método por el que el reo es clavado o atado a una cruz de madera, normalmente desnudo, y es abandonado allí hasta su muerte por el agotamiento físico y asfixia.

La crucifixión y la triple responsabilidad criminal de odio radicado en la intolerancia

Imposible pensar en términos de garantías, ni siquiera en cumplimiento de la legislación vigente respecto a las irregularidades cometidas, al contrario, desde el principio se estigmatizó y buscó la inculpación de Jesús.

Desde Caifás, temeroso de ver peligrar su poder por la crítica cristiana, hasta Pilatos que lo sentenció reconociendo la carencia de motivo en la condena pero preocupado por la desestabilización cara a Roma y finalmente el asentimiento de la plebe fanática, una triple responsabilidad criminal que concreta el asesinato con denigración, torturas y ensañamiento en una crucifixión con lanzada del centurión, que hoy día sería calificado como un crimen de odio extremo y brutal por motivos religioso-ideológicos.

Para situar los términos por los que sostenemos que Jesucristo y sus seguidores fueron víctimas de lo que hoy conocemos como discurso y crimen de odio, no hay más que aproximarnos a lo que actualmente se reconoce de manera general por estos conceptos fenomenológicos. 

Actos que, como en otros momentos de la historia de la humanidad también sucedieron, y así lo muestran las narraciones Bíblicas, pues estos crímenes no son algo reciente, ni aislados, ni producto de estridencias de cuatro individuos al margen de la sociedad, desgraciadamente el devenir de la humanidad muestra su reiteración.

En cada momento histórico han tenido lugar este tipo de hechos criminales ajustados a sus circunstancias, y si bien no había redes sociales e internet existían otros medios de comunicación oral o escrita desde donde se practicó el discurso de odio; también diverso históricamente ha sido el sujeto activo del crimen, ya fuere individual, grupal o institucional, y el sujeto pasivo del mismo  desde diferente motivación en cada lugar y momento, pero siempre apareciendo esa dialéctica “amigo-enemigo”, propia de los populismos de toda época.

A este respecto, la ONU en 2019 concluyó que si bien no existe una definición jurídica internacional del discurso de odio, se entiende que es “cualquier forma de comunicación de palabra, por escrito o a través del comportamiento, que sea un ataque o utilice lenguaje peyorativo o discriminatorio en relación con una persona o un grupo sobre la base de quiénes son o, en otras palabras, en razón de su religión, origen étnico, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género u otro factor de identidad. En muchos casos, el discurso de odio tiene raíces en la intolerancia y el odio, o los genera y, en ciertos contextos, puede ser degradante y divisivo“.

En cuanto al crimen de odiotérmino conocido internacionalmente como “Hate Crimes”, se califica así a aquellos actos criminales motivados por into­lerancia al “otro”, seleccionado por sesgo hacia ese diferente, a quien se le niega dignidad, libertades y derechos fundamentales por razón de su condición, ya sea por prejuicio, animadversión ideológica o doctrinaria hacia la víctima.

La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en 2003 acordó considerar así  “toda acción criminal, incluidas aquellas contra las personas y la propiedad, cuando la víctima, el lugar o el objeto de la infracción son seleccionados a causa de su conexión, relación, afiliación, apoyo o pertenencia real o supuesta a un grupo que pueda estar basado en la ‘raza’, origen nacional o étnico, el idioma, el color, la religión, la edad, la discapacidad física o mental, la orientación sexual u otros factores similares, ya sean reales o supuestos“.  

Tanto el discurso como los crímenes de odio debilitan los pilares de nuestra común humanidad, constituyen una amenaza para los valores éticos humanos y se les debe hacer frente por una cuestión de principios.

El silencio puede ser una señal de indiferencia al fanatismo y a la intolerancia, más aún en los momentos en que la situación se agrava y las personas vulnerables se convierten en víctimas.

De no ponerles coto, nos arriesgamos siempre a su deriva en crímenes atroces, terrorismo y otras violaciones graves de los derechos humanos, abriendo la puerta al horror y a las terribles tragedias que han salpicado la historia de la humanidad.

La barbarie en aquella época pareció legal, pero hoy no deja lugar a dudas de su carácter criminal por motivo de odio religioso e ideológico-político. Incluso en su evolución  posterior con la persecución generalizada a los cristianos, esto sería un crimen de lesa humanidad digno del Tribunal Penal Internacional.

Sin embargo, reconocida la naturaleza del problema, debería inquietarnos de que estos hechos deshumanizados del asesinato de Jesucristo no tengan especial atención desde la perspectiva criminal, quizás a causa del debate religioso o de convicciones.

Un crimen de odio lo es hoy y lo fue ayer, hace 2.000 años, y como dejó escrito el historiador romano Tácito, proporcionando una confirmación no cristiana de su crucifixión, “unos pocos lo ejecutaron, muchos más lo aplaudieron, todos lo consintieron”.

In Memoriam de Jesucristo y de todos los justos de la Humanidad.

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