El Tribunal Supremo ha rechazado tramitar la demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz por una supuesta vulneración de su derecho al honor.
La Sala de lo Civil considera que las declaraciones denunciadas no estaban relacionadas con las funciones de Díaz como ministra de Trabajo. Por ello, determina que el caso corresponde a las secciones civiles de los tribunales de instancia.
El Supremo recuerda que las demandas contra miembros del Gobierno pueden corresponderle cuando los hechos están relacionados con el ejercicio de sus cargos. Sin embargo, los magistrados consideran que esta circunstancia no se da en el caso de las declaraciones denunciadas por Julio Iglesias.
Según la resolución, Díaz intervino como ciudadana y dirigente política, y no como ministra de Trabajo o vicepresidenta segunda. El tribunal diferencia estas manifestaciones de otras respuestas de la entrevista relacionadas con el salario mínimo, las pensiones o la jubilación.
Las declaraciones cuestionadas se produjeron después de conocerse las acusaciones de presuntas agresiones sexuales realizadas contra Iglesias por varias extrabajadoras. El cantante señaló que las manifestaciones de Díaz habían vulnerado su derecho al honor.
El cantante presentó el pasado julio una demanda contra la vicepresidenta y solicitó una indemnización de 50.000 euros. Las declaraciones objeto del procedimiento habían sido publicadas en Bluesky y también realizadas durante un programa de televisión.
Antes de acudir a los tribunales, Iglesias pidió a Díaz que rectificara públicamente uno de sus mensajes en redes sociales. La petición se realizó mediante un procedimiento de conciliación a través del abogado del cantante, José Antonio Choclán.
El Supremo concluye que las manifestaciones no guardaban la conexión necesaria con las funciones que justifican el aforamiento de Díaz. Por este motivo, establece que el procedimiento deberá plantearse ante los tribunales civiles de instancia.