El Gobierno quiere poder devolver a migrantes de Ceuta que hayan solicitado asilo si suponen «un peligro para el orden público o la seguridad nacional». La medida figura en un proyecto de Real Decreto-Ley sobre protección internacional en la ciudad autónoma.
El texto, todavía pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros, considera que existe ese peligro en casos concretos. Entre ellos, comportarse de «manera violenta o amenazante» dentro de un centro o dispositivo de acogida.
También se contempla la devolución de quienes, fuera de esos centros, «promuevan o participen en altercados, tumultos» o actos sancionables administrativa o penalmente. La norma se aplicaría a solicitudes presentadas en Ceuta desde el 30 de julio de 2026 y todavía sin resolver.
El proyecto normativo elimina además el examen previo de cada solicitud por parte de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio. En ese organismo participan actualmente representantes de varios ministerios y la Agencia de la ONU para los Refugiados, ACNUR.
Con el cambio, la competencia para elevar las propuestas de resolución recaerá en la Dirección General de Protección Internacional. La Comisión Interministerial solo será informada después de que se dicten las resoluciones, sin capacidad de examen previo.
El borrador también fija plazos más estrictos para presentar solicitudes de protección internacional. Se inadmitirán las peticiones formuladas más allá de siete días hábiles tras notificarse una orden de devolución, denegación de entrada o sanción de expulsión.
La norma contempla asimismo el archivo de solicitudes por «desistimiento implícito». Esto ocurriría, por ejemplo, si la persona abandona el centro de acogida sin avisar ni dejar una dirección donde pueda ser localizada.
Las resoluciones se notificarán a través del Boletín Oficial del Estado cuando el solicitante no facilite una dirección válida. Esa dirección no podrá corresponder a centros con sobreocupación ni a dispositivos de emergencia habilitados en la ciudad.
También cabrá la notificación por correo electrónico o a través del representante legal designado, siempre que exista una dirección válida. El documento sigue sujeto a posibles cambios antes de su aprobación definitiva.
Los recursos contencioso-administrativos vinculados a la entrada masiva de julio tendrán carácter preferente en su tramitación. La Administración dispondrá de cinco días para remitir el expediente, y el procedimiento seguirá adelante aunque se produzcan retrasos.