El juez, la fiscal, el asesinato del carácter de Mónica Oltra y los ‘profesionales de la acción popular’

7 de abril de 2024
5 minutos de lectura
Mónica Oltra. | EP

Hans Kelsen. ¿Qué es la Justicia?: “La Justicia para mí se da en aquel orden social bajo cuya protección puede progresar la búsqueda de la verdad”.

El juez Vicente Ríos, titular del juzgado de instrucción número 15 de Valencia, ha hecho un esfuerzo loable en un auto de 96 páginas, no muy frecuente, ya que no se trata de una sentencia, para armar el puzle del caso de Monica Oltra y otros 15 funcionarios de la Comunidad Valenciana, y dictar el pasado 1 de abril el sobreseimiento provisional -como debe hacerse ya que siempre pueden surgir hechos nuevos- de la causa. Vaya, el archivo de las actuaciones, como se suele decir en román paladino.

Ríos ha querido encontrar la verdad. ¿Qué verdad? Si era cierto que la entonces vicepresidenta de la Comunidad Valenciana y responsable de la consejería de Igualdad y sus 15 colaboradores tejieron una red de maniobras institucionales para proteger a su exmarido, el educador Luis Ramírez Ricardi, perseguido entonces por presunto delito de abuso sexual de una menor, Maite Tanco, en un centro de menores privado pero dependiente de la Genralitat.

Las campanas doblaron por Monica Oltra el 9 de junio de 2022, cuando la fiscal superior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Teresa Gisbert (Valencia. 1957), elevó su informe en el que apreciaba una serie de delitos presuntamente cometidos por la vicepresidenta y su departamento tras el conocimiento de los hechos.

La fiscal, asociada a la Unión Progresista de Fiscales (UPF) -que ha ascendido a fiscal de Sala de Menores en el Tribunal de Supremo en marzo de 2024- apoyó pues la propia exposición razonada del juez Ríos, 1uien necesitaba citar a Oltra como imputada/investigada a fin de tener una idea sobre el presunto encubrimiento. Y dado que se trataba de la vicepresidenta, es decir, de un cargo aforado, procesalmente debía intervenir el Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana.

Gisbert conjeturó en su informe con que a lo largo de la exposición razonada del juez “se siguió en la Consellería de Igualdad, una idea directriz de ocultar los hechos y, cuando salieron a la luz, la finalidad de desacreditar a la víctima y desvirtuar su testimonio, negando su credibilidad”.

La fiscal Gisbert precisaba:

“Idea directriz que supuso, indiciariamente, una orden verbal de la Honorable Sra. Oltra, superior jerárquica de todos los funcionarios investigados y dirigida a los mismos en el sentido de que actuasen incoando una información paralela a la judicial con objeto de desvirtuar la credibilidad de la menor.

No de otra manera se explica el comportamiento de los mismos, ocultando y desacreditando. Supone un plan preestablecido. Es evidente que esta orden no fue escrita, dada su flagrante ilegalidad, sino verbal. Y fuerte indicio de que dicha orden fue emitida por la aforada es que todos los que intervinieron en los hechos mantuvieron la misma versión exculpatoria de la Consellería de igualdad”.

Y remachaba: “Es imposible que funcionarios de tan diversa naturaleza y categoría, desde técnicos en menores a psicólogos, jefes de servicio y directores de centro y territoriales mantuvieran unánimemente la misma versión de los hechos, lo que constituye un fuerte indicio del sentido de dicha orden verbal que evidencia su carácter de arbitraria e injusta, carente de toda justificación y apoyo en Derecho”.

En su auto del 1 de abril, el juez Rìos hace un relato de su peripecia de investigación durante casi tres años de investigación y considera que las conjeturas no tenían base: no existe ninguna prueba sobre esa presunta orden con la que especulaba la fiscal Gisbert, ni sobre las presunta altamente sospechosa conducta que mantuvieron los funcionarios imputados durante las diligencias orientadas a descubrir la operación de cover up. Cero patatero.

El juez trabaja sobre la exposición de las conjeturas que la acusación particular de la entonces menor que sufrió los abusos sexuales (ya es sentencia firma que los abusos existieron y su respobsable, el ex marido de Oltra, cumple pena de prisión) y las desmonta una por una.

Muchas de esas lucubraciones fueron hábilmente presentadas en la causa por la acusación popular de la activista de extrema derecha Cristina Seguí y la acusación particular de la menor. La batalla fue encarnizada.

Vox apostó estratégicamente por acabar con Oltra como un primer paso para recuperar para la derecha y la extrema derecha (PP y Vox) el gobierno de la Generalidad Valenciana desde junio de 2022, al cobrarse la cabeza de Oltra, el símbolo de la larga lucha para desalojar al PP de su gran feudo. Una vez conocido el informe de la fiscal Gisbert el 9 de junio de 2022 -imputaba a la vicepresidenta los delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos.

Oltra, bajo presión de propios y ajenos, en su propia coalición política y por el presidente de la Generalidad, Ximo Puig, secretario general del Partido Socialista valenciano, tuvo que a dimitir, a pesar de rechazar todas las conjeturas como falsas. La consejera de Justicia del govern, la fiscal Gabriela Bravo, exportavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y pareja de Puig hizo, bastante antes, declaraciones más que insinuantes. Si hubiera una sentencia que comprometiera la credibilidad de la institución, apuntó el 22 de mayo de 2022, “me plantearía dejar el cargo”.

El juez Ríos se ha resistido a ser instrumento del law fare o guerra judicial en la que se instrumentaliza con fines ilícitos o espúreos la acción de fiscales, jueces y tribunales.

Esa tarea comenzó con la instrumentalización de un caso que tenia todos los ingredientes para convertirse en una losa para Monica Oltra. Y esa actividad espúrea corrió a cargo de la acusación popular y particular que hicieron una inversión importante de publicidad, escritos y recursos para manipular y enmarañar la causa.

La acción popular es una institución importante en el ordenamiento jurídico español que se remonta al siglo XIX, provisionalmente en 1872 y más tarde en la ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882.

La idea era progresista: ejercer la acción popular suponía entender el delito como una lesión social, cuya función sería evitar el riesgo de que los delitos cometidos quedaran impunes en el caso que de que no se ejerciera otra acusación, por ejemplo, de los fiscales.

Y no deja de serlo en principio. Pero “los profesionales de la acción popular” han copado la escena. En la medida en que España se ha convertido en un Estado Judicial virtual, donde se desarrolla el ajuste entre los partidos políticos, la acción popular ha conocido una perversión.

Por eso el caso Oltra no ha sido el único que se inserta en esa perversión convirtiendo la acción popular en instrumento del law fare o guerra sucia. El tsunami contra Oltra, con los ingredientes explosivos de carácter familiar, facilitó la operación finalmente desmontada por el juez Ríos. Pero la magistrada Vicky Rosell, por ejemplo, fue víctima con participación en el law fare de personajes de la judicatura; o la operación para criminalizar al partido Podemos con la colaboración inestimable de la judicatura.

El anillo criminal del lawfare contra Monica Oltra no está colocado en el puzle: se trata de los intereses espúreos de naturaleza empresarial y de alta judicatura que han intervenido, intereses afectados por la política sanitaria de la vicepresidenta de la Generalitat valenciana.

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