El tribunal encargado de indagar en la muerte de los dos militares ahogados en Córdoba le da la razón al Juzgado Togado Central

17 de abril de 2024
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El sargento Álvarez Estupiñar a su llegada al Juzgado Togado de Sevilla I Fuente: EP

El capitán Ignacio Zúñiga Morillas, el teniente Jaime Tato Garrido y el sargento Gustavo Álvarez Estupiñán, posibles responsables penales de un presunto delito contra el Código Penal Militar

El Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla, que es el encargado de indagar en la muerte por ahogamiento del soldado Carlos León Rico, natural de El Viso del Alcor (Sevilla); y del cabo cordobés Miguel Ángel Jiménez Andújar, durante una maniobra acometida el pasado mes de diciembre por la Brigada Guzmán el Bueno X en su base de Cerro Muriano, en Córdoba, ha emitido este martes un auto mediante la cual se posiciona en favor del Juzgado Togado Central.

En el auto, la citada instancia judicial expone que de lo actuado sobre el fallecimiento del soldado León Rico y del cabo Jiménez Andújar el pasado 21 de diciembre durante la realización de un ejercicio consistente en el cruce de un lago artificial en la base Cerro Muriano, “en principio se pudiera considerar que el fatídico resultado producido tuvo su origen en que las medidas de seguridad empleadas en orden a la correcta realización del ejercicio programado no cumplieron la función pretendida“.

A tal efecto, recuerda que las diligencias en cuestión se dirigen contra el capitán Ignacio Zúñiga Morillas, el teniente Jaime Tato Garrido y el sargento Gustavo Álvarez Estupiñán, en cuanto posibles responsables penales de un presunto delito contra la eficacia en el servicio del artículo 77 del Código Penal Militar.

Omisión de aspectos importantes

Según el juez instructor: “En relación al ejercicio a realizar en un espacio acuático de la base de Cerro Muriano, una especie de lago o pantano artificial con una extensión de aproximadamente 2.200 metros cuadrados, por el capitán Zúñiga al momento de elevar a la superioridad el programa del periodo de instrucción en el que se incluía la actividad de cruce de río, no se hizo apreciación o valoración alguna respecto de aspectos muy importantes para realizar el ejercicio de forma segura y correcta, como son los consistentes en el punto en el que se iba a cruzar el lago y la extensión del recorrido; si era necesario nadar o no, para realizar el mismo, pues no había previsión alguna en este sentido sobre la profundidad del tramo a recorrer; o si se iba a emplear algún medio de flotación por los intervinientes en el ejercicio; o cualesquiera de las medidas de seguridad a emplear en su ejecución”.

Además, el juez instructor señala que “tampoco se advirtió nada en este sentido ni por el jefe de la Plana, ni por el coronel jefe de Regimiento al momento de realizar la labor de supervisión y autorización del ejercicio, tal y como resulta del informe del Estado Mayor de la Defensa y del informe del jefe del Regimiento La Reina Número Dos, en los que se recoge los cometidos respectivos de supervisión y autorización del ejercicio”.

De este modo, según el Juzgado Togado Militar número 21, la maniobra fue emprendida “sin contar con las medidas de seguridad necesarias para su realización, extremo que pasó inadvertido tanto por el capitán Zúñiga al momento de su planificación, como por sus superiores al momento previo de su ejecución, pues no hubo supervisión alguna en este sentido ni por el teniente coronel José Luis Zanfaño Hidalgo ni tampoco por el coronel Daniel Ángel Tostón Méndez”.

Sin supervisión de mandos superiores

Tampoco existió supervisión alguna al momento de su ejecución, lo que competía al jefe del Regimiento La Reina, el coronel Manuel Navarro González, quien en fecha 15 de diciembre de 2023 relevó en el mando al coronel Tostón, debiendo ser auxiliado, por el jefe de la Plana de Mando destinado a la fecha de realización del ejercicio el 21 de diciembre de 2023, que en base a lo manifestado por el capitán Zúñiga debía ser el comandante que a la referida fecha se encontraba como jefe de PLMM en sustitución del coronel Zanfaño”, precisa el auto.

Así, después de que el pasado 22 de marzo compareciesen como investigados ante el Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla el capitán Zúñiga, el teniente Tato y el sargento Álvarez Estupiñán; dicha instancia judicial ha detectado, según figura en el auto, posibles “indicios de responsabilidad penal” respecto a los coroneles Tostón Méndez y Navarro González, así como para el teniente coronel Zanfaño Hidalgo y el comandante jefe de la PLMM a fecha 21 de diciembre de 2023, todos ellos aforados ante el Tribunal Militar Central, que motivan la inhibición de las actuaciones en favor del Juzgado Togado Central”.

“En base a los indicios recogidos, de los que se desprende una posible conducta delictiva en militares que ostentan el empleo de teniente coronel, coronel y comandante, así como en atención a las solicitudes realizadas por las acusaciones particulares en el trámite de competencia, es lo que impide seguir conociendo del presente procedimiento, en tanto que se antoja procedente sean oídos como investigados”, determina el juzgado, acordando en esta resolución su inhibición a favor del Juzgado Togado Militar Central.

El abogado penalista Luis Romero, que representa a los padres del difundo soldado Carlos León Rico, natural de El Viso del Alcor, ha recordado al respecto que ya en su momento reclamó que además del capitán, el teniente y el sargento, la causa incluyese como investigados al resto de la cadena de mando, es decir el general de la Brigada X Guzmán el Bueno del Ejército de Tierra, los dos coroneles, el teniente coronel y el comandante. Esta decisión del Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla, según ha destacado, da “la razón” a sus pretensiones.

Del mismo modo, tras haber anunciado días atrás que el Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla le había notificado la incoación de una pieza separada de responsabilidad disciplinaria, por sus intervenciones ante los medios de comunicación a cuenta de este asunto, el letrado Luis Romero ha manifestado que continuará informando a la opinión pública de este caso, a cuenta de la expectación despertada por el mismo.

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