Hoy: 22 de noviembre de 2024
El Tribunal Constitucional (TC) estudiará a partir del martes y tras 13 años guardado en algún cajón del tribunal, el recurso presentado en 2010 por el PP contra la ley del aborto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, con una ponencia que propone avalar toda la norma salvo el artículo sobre cómo se debe informar a la mujer, y bajo la amenaza de que no se logre el quorum necesario para poder resolver, debido a las recusaciones lanzadas por algunos de los diputados populares que impugnaron la norma.
El recurso presentado hace ya más de una década por 71 miembros del Grupo Parlamentario Popular será uno de los asuntos que aborde el Constitucional en el Pleno que celebrará esta semana, en el marco del plan ideado por el nuevo presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido. El nuevo presidente ha decidido, nada más tomar posesión del cargo desatascar los casos más antiguos.
El Pleno estudiará el recurso popular en base a una propuesta del magistrado Enrique Arnaldo planteando solo su inconstitucionalidad respecto al artículo 17 al considerar que no garantiza suficientemente que haya un consentimiento informado por parte de la mujer. La ponencia pone el foco sobre dos cuestiones que estima constitucionales siempre que se interpreten como propone Arnaldo. Por un lado el llamado aborto terapéutico, para acotar que el concepto de salud solo se refiere a la salud física o psíquica; y la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, para que abarque a todos los implicados en las actuaciones previas o posteriores a la intervención.
Las fuentes precisan que la ponencia guarda silencio sobre la cuestión del consentimiento paterno en los casos de abortos de menores de 16 y 17 años porque, aunque era uno de los preceptos impugnados, el Gobierno de Mariano Rajoy lo derogó en 2015, con lo que el recurso ‘popular’ habría perdido su objeto en este punto.
El debate sobre el recurso del aborto está amenazado por las recusaciones que 5 de los 71 diputados populares que firmaron el recurso de inconstitucionalidad, entre ellos el exministro Federico Trillo, han formulado contra cuatro magistrados: Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, Inmaculada Montalbán y Concepción Espejel.
En relación a Conde-Pumpido, alegan que “era fiscal general del Estado y participó en las deliberaciones del Consejo Fiscal que informó sobre el anteproyecto de la ley orgánica objeto de este recurso y se formó criterio sobre el mismo hasta el punto de firmar un informe alternativo al emitido por el Consejo Fiscal por desacuerdo con éste último”.
Sobre Campo, el escrito -al que ha tenido acceso Europa Press– aduce que “fue secretario de Estado de Justicia durante los años 2009 a 2011 y, por lo tanto, miembro de la estructura de Gobierno de la que partió la iniciativa del anteproyecto que dio lugar a la Ley Orgánica 2/2010 hoy recurrida”.
Finalmente, en cuanto a Montalbán y Espejel, los recurrentes esgrimen que eran vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando se tramitó la ley del aborto y, en consecuencia, “participaron en la elaboración y votación del informe de ese órgano sobre el citado anteproyecto”.
Si estos cuatro magistrados fueran apartados -voluntariamente o por decisión del Pleno- el Constitucional se quedaría sin los al menos ocho magistrados que se necesitan para resolver válidamente, ya que ahora mismo el tribunal está integrado por 11 magistrados.
Conde-Pumpido, Campo y Montalbán han rechazado abstenerse, pero Espejel sí ha optado por apartarse, en una decisión que deberá ser avalada o, en su caso, rechazada por el Pleno.
Desde el TC se considera que con esta iniciativa no se ha puesto en duda la imparcialidad de esos cuatro magistrados, por lo que las fuentes avanzan que la corte de garantías aplicará su reiterada doctrina para mantener su jurisdicción evitando la falta de quorum.
Una vez sorteado el problema de las recusaciones y la abstención, la actual mayoría progresista del TC es partidaria de declarar constitucional la ley del aborto en toda su extensión, de acuerdo con las referidas fuentes.
De ser así, se podría producir un cambio de ponente. Llegado el caso, Arnaldo podría ajustar su borrador a lo manifestado por el Pleno o renunciar directamente a la ponencia. El presidente también podría retirarle del asunto para encargarlo a otro magistrado.