De cómo unos empresarios se hicieron insolventes para no pagar a la viuda e hijos de un obrero que falleció tras caerse al vacío

6 de agosto de 2023
3 minutos de lectura
La viuda del trabajador que resultó muerto tras caerse al vacío desde el techo de una nave de Sevilla.

La juez que enjuició el accidente laboral olvidó encarcelar a los empresarios. Y, cuando quiso hacerlo, legalmente ya no se podía. La viuda tampoco cobró la indemnización, ya que sus jefes se hicieron pasar por insolventes. Quedaron impunes totalmente. Los hechos prescribieron antes de que se pudiera celebrar el juicio. Un grave error judicial fue la causa.

Manuel Vicente, de 26 años, cayó desde el techo de una nave industrial de Sevilla cuando hacía trabajos de reforma para la firma Secour SC. Falleció en el acto.

El siniestro que frustró la vida de Manuel Vicente se produjo a las 15.30 horas del 19 de Octubre de 2000. Junto a otro compañero, se subió al tejado de una nave situada en la calle Mallol, 22, de Sevilla. Para subirse, utilizaron un elevador.

Iban provistos de unos arneses, pero sin las cuerdas para sujetarse. Mientras su colega bajaba a por ellas, Manuel Vicente se apoyó en un vértice de la cubierta, sobre unas placas de fibrocemento (uralita), que cedieron por el peso y cayó al interior de la nave.

Los empresarios intentaron lavarse las manos alegando que ellos no habían ordenado al trabajador subirse a la cubierta, que lo hizo por su cuenta. En derecho laboral, los patronos tienen la obligación legal de imponer a sus obreros que extremen las medidas de seguridad e impedirles que realicen labor alguna si no están provistos de las medidas establecidas. Responden penalmente por ello, hasta con la cárcel.

Hechos prescritos

La viuda buscó un abogado y acudió a la vía penal. Ahí empezó su segundo calvario. Tuvo que esperar cuatro años, hasta abril de 2004, para que el Juzgado de lo Penal 5 de Sevilla (también tras una larga y dilatada instrucción) dictara la sentencia.

Los hermanos Rodríguez fueron condenados a un año de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia (la muerte de Manuel Vicente) y tres meses más por otro contra la seguridad de los trabajadores.

Los empresarios recurrieron la condena ante la Audiencia de Sevilla, sin éxito. El tribunal confirmó un año después la pena y remitió las diligencias al juzgado de lo penal para que la ejecutase de inmediato. Para entonces habían pasado seis años desde el óbito.

Pero un grave error judicial ha permitido que los responsables de la muerte de Manuel Vicente no hayan pisado la cárcel ni pagado un solo céntimo de los 210.000 euros de indemnización fijados en la sentencia (150.000 euros para Sonia y 60.000 para su ya anciana suegra).

Siete años estuvo dormido en las estanterías del juzgado el sumario. La sentencia, sin tacha, firme e irrecurrible, existía, y decía lo que había que hacer. Pero faltaba ejecutarla. De nada sirvieron los constantes escritos que presentaban la viuda y su abogado, ante el Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla, hasta octubre pasado dirigido por María José Cuenca. La juez que enjuició el accidente olvidó encarcelarles. Y cuando quiso hacerlo, legalmente no se podía.

Los empresarios pusieron un recurso ante la Audiencia y ganaron por goleada: la ejecución de la pena estaba prescrita. Habían pasado siete años y el límite máximo para la ejecución son cinco. Quedaron libres por completo de ambos delitos y sin tener que pagar ni un duro.  Están como si nada hubiesen hecho (o no hecho).

Para colmo de males, la empresa ni siquiera tenía un seguro que cubriera accidentes mortales de sus trabajadores. Al contrario, la póliza que mantenían con la compañía Mapfre “excluía expresamente los accidentes laborales con resultado de muerte”. Es decir, o pagaban los patronos o nadie más lo haría.

El Consejo del Poder Judicial carece de competencia para sancionar los errores judiciales (eso solo puede hacerlo el tribunal superior jerárquico del juez), pero sí las tiene para dictaminar que la Administración de Justicia (uno de sus juzgados) ha fallado y que la víctima debe ser resarcida.

En el caso de la muerte de Manuel Vicente, el Poder Judicial entendió mayo que “se había producido un funcionamiento anormal de la justicia”. “Es especialmente relevante la tardanza en dictar la resolución por la que se denegó la suspensión de la condena”, sostiene el Consejo.

Prescritos los delitos y con los patronos en la calle, la viuda ha pedido al Estado una indemnización de 10.000 euros; su abogado le ha dicho que el Ministerio de Justicia es muy restrictivo a la hora de fijar indemnizaciones por errores judiciales. Es decir, con suerte puede conseguir 10.000 de los 210.000 que debían cobrar ella y su suegra de los patronos. 

Esta información fue publicada en El País por José Antonio Hernández, ahora editor de FUENTES INFORMADAS, dentro de su serial La Justicia Imperfecta sobre graves errores judiciales.

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