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Al director del ‘instituto de los enchufes’ no le bastaron los seis folios del tribunal explicando que su hijo no era el más brillante

Instituto Padre Antonio Soler

Instituto Padre Antonio Soler / Wikipedia

Seis folios empleó el tribunal calificador del Centro de Enseñanzas Integradas Padre Antonio Soler de San Lorenzo de el Escorial para explicar al (entonces) director Juan Manuel Colino que el mejor alumno en flauta no era su hijo sino otro alumno y que, por tanto, la matrícula de honor debían otorgarla al alumno más brillante y no a su vástago.

Colino llegó a director de este centro a comienzos de julio. 11 Días después anunció públicamente su dimisión al aflorar el escándalo de las presiones que, según fuentes educativas, ejerció cuando supo que los jueces de esa materia (profesores del Departamento de Viento de su propio centro) habían acordado por unanimidad romper con la tradición de otorgar la matrícula a su hijo.

Pero sucedió que, tras anunciar la dimisión, que colgó en la web del colegio y envió por correo electrónico a los padres de alumnos, retiró la carta de dimisión de la web (lógicamente los correos no pudo retirarlos) y hasta la fecha no ha dicho si su renuncia es o no efectiva, es como si días después de hacerlo se hubiese arrepentido.

Lo cierto es que los seis folios de explicación del tribunal calificador no le bastaron. Se enfadó. Era la segunda vez que el tribunal le decía que su decisión era inamovible. Por eso presentó un recurso ante la autoridad educativa de la zona de San Lorenzo de El Escorial en la confianza de que esta revocaría la concesión de la matrícula al otro alumno y se la daría a su hijo, cosa que no sucedió. La autoridad educativa avaló la decisión del tribunal.

FUENTES INFORMADAS presentó el pasado día 26 de julio, en el Registro de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, una solicitud fundada en la Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, reclamando el acceso a toda la documentación e información pública obrante en el expediente administrativo derivado de la reclamación presentada por el director de ese centro educativo, Juan Manuel Colino Cruz, primero ante el propio centro educativo y, luego, ante la autoridad educativa de la Comunidad, el Director de Área Territorial Madrid Oeste.

A la espera de que toda esta documentación e información sea facilitada por la Consejería de Educación, FUENTES INFORMADAS ha tenido acceso a la copia íntegra de la reclamación presentada por Colino el día 13 de junio ante el Director de Área Territorial Madrid Oeste, la segunda de las reclamaciones presentadas por Colino contra la decisión del tribunal calificador de ese centro educativo de conceder la Matrícula de Honor en el instrumento de flauta travesera al alumno más brillante y no a su hijo.

Conforme disponen los artículos 21 y 22 de la Orden 1031/2008, el procedimiento de reclamación contra una calificación final en un centro educativo tiene dos fases: una primera que se desarrolla ante el centro educativo y otra segunda ante la Dirección de Área Territorial.

La fase que se sigue ante el centro educativo exige que, tras la interposición de la reclamación por el alumno que no está conforme con su calificación final, se emitan dos informes. En el caso de las matrículas de honor, el primer informe se realiza por el tribunal calificador que resolvió sobre la matrícula y el segundo por el departamento didáctico correspondiente, tras los cuales el jefe del departamento debe redactar un informe con la decisión adoptada de modificación o ratificación de la calificación final. Con la notificación al alumno reclamante de ese informe acaba esta primera fase. 

Calificación final

Si persiste la disconformidad con la calificación final otorgada, se inicia la segunda fase ante la Dirección de Área Territorial. El alumno disconforme con esa calificación debe presentar un escrito al director del centro educativo para que eleve la reclamación a la Dirección de Área Territorial correspondiente, la citada autoridad educativa.

Pues bien, Juan Manuel Colino Cruz, entonces vicedirector y futuro director del Centro, lo fue a partir del pasado 1 de julio, al conocer que el tribunal calificador de la prueba de matrícula de honor en flauta travesera había dejado a su hijo sin la Matrícula que venía obteniendo año tras año, no dudó en impugnar tal decisión, interponiendo una primera reclamación el día 1 de junio en el centro educativo, en la que atacó y cuestionó en términos muy duros el desempeño profesional de los profesores integrantes del tribunal calificador.

Esa reclamación en el centro educativo, contra todo pronóstico, no prosperó. Según fuentes cercanas al centro, de nada valió la campaña “de presión, descalificaciones y amenazas de posibles sanciones a los miembros del tribunal calificador” que se desató tras conocerse la decisión del tribunal de no conceder un año más la matrícula de honor al hijo de Colino.

Tampoco sirvió que el primer informe del tribunal calificador considerando que la reclamación estaba fuera de plazo y ratificándose en su inicial decisión de conceder la matrícula al alumno que, a su juicio, fue el más brillante, fuera invalidado “de forma muy irregular” por la entonces directora del centro, Isabel Vila Villar, que ninguna intervención debía tener en ese procedimiento, pues el tribunal calificador, en el nuevo informe que tuvo que elaborar por imposición de dicha directora, volvió, por segunda vez, a ratificarse en su decisión de conceder la matrícula de Honor al referido alumno.

Razones exhaustivas

Una vez se le notifica a Colino el informe que mantiene que la matrícula le correspondía a un alumno distinto de su hijo, Colino, pese a las pormenorizadas razones ofrecidas por el tribunal calificador en las seis páginas del segundo informe que elabora, decide interponer la reclamación de 13 de junio ante el Director de Área Territorial Madrid Oeste a través de la dirección del centro educativo. 

Al tiempo de interponer su reclamación, Juan Manuel Colino Cruz no es un padre más del centro “Padre Antonio Soler”, ni actúa como tal. 

Colino, además de padre de tres alumnos de dicho centro, es profesor de flauta travesera del mismo, ha desempeñado durante años el cargo de secretario, en el momento de interponer la reclamación es vicedirector y, en ese momento, ya se sabía que, a partir del 1 de julio, iba a ser el futuro director. 

Todas estas circunstancias las conocía cualquier profesor de ese centro y cualquiera que tuviera que resolver esa reclamación. También las conocía la Dirección de Área Territorial Madrid Oeste, pues, todos esos años ejerciendo cargos directivos en el centro hacen que Colino sea bien conocido y apreciado en esa Dirección. 

Además, Colino, para que no haya posibilidad de equívocos, deja todo esto bien claro en su reclamación, explicando minuciosamente su curriculum vitae: es decir, que es profesor experimentado de esa especialidad y que ha obtenido muchos premios y reconocimientos en su dilatada carrera, formación que, según dice, ninguno de los integrantes del tribunal calificador puede acreditar y que, en su parecer, hace que su criterio deba imponerse sin más sobre el de aquellos.

También, para que quede claro quién está detrás de la reclamación, por si lo anterior no fuera suficiente, designa como datos de contacto su correo electrónico oficial (el anterior correo, que figura ocultado, es el correspondiente al otro representante legal del menor). 

Si se acude a la página web oficial del centro se encuentra que esa dirección de correo electrónico figura, en la pestaña correspondiente al Departamento de Viento madera, junto a su nombre, Juan Manuel Colino Cruz, su condición de profesor de flauta travesera de ese Departamento y su cargo directivo, entonces vicedirector (evidentemente, la página web del centro no ha sido debidamente actualizada, pues, a partir del 1 de julio, Colino asumió el cargo de director de ese centro. Colino y su equipo directivo han tenido tiempo de colgar en esa página web comunicados y manifiestos de autoapoyo, pero no para actualizar los datos oficiales relativos a los cargos directivos del centro. 

Si se leen los durísimos y gravísimos términos con que Colino, de forma absolutamente irresponsable, se despacha contra sus compañeros integrantes del Departamento de Viento madera en esa reclamación no hay duda de que en este asunto no hay nada de fake news, que es a lo que Colino atribuía en su carta colgada en la web su renuncia al cargo.

Toda la información publicada por FUENTES INFORMADAS es veraz. El hijo de Colino se llevaba un año tras otro la Matrícula de Honor en su instrumento musical y cuando, por primera vez, salta la sorpresa y el tribunal calificador decide legítimamente darle la Matrícula de Honor a otro alumno más brillante y no se doblega a la caprichosa voluntad de Colino de que nuevamente la Matricula “recale” en su hijo, este monta en cólera y no duda, a pesar de su elevadísimo cargo en el centro educativo, en deslegitimar y denostar gravísimamente a todo un departamento de su centro y a sus integrantes. Y solicita sanciones generales para todos ellos y, muy particularmente, para los integrantes del tribunal calificador y la jefa de departamento. 

En su reclamación de 13 de junio, Colino, entonces vicedirector y director in pectore del Centro no duda en usar datos falsos con tal de conseguir despojar de la matrícula al otro alumno que la obtuvo.

Afirma, cuando no era cierto y él debía conocerlo, que la duración mínima de la prueba de Matrícula de Honor debía ser de quince minutos. Señala también, cuando no era cierto y él debía conocerlo, que la interpretación de su hijo excedió de quince minutos, cuando en el expediente administrativo ha quedado acreditado que no los superó.

Subraya, y sin ningún pudor, que la interpretación del otro alumno no alcanzó esa duración mínima cuando conocía, porque es profesor de flauta travesera de ese centro educativo y porque, además, el tribunal calificador lo explicó en su informe de seis páginas, que la menor duración de la prueba de dicho niño se debió a que la pianista repertorista que lo acompañaba había omitido todos los “tutis” de la orquesta.

Extensión temporal

Esto es, sabía que la obra interpretada por ese niño tenía una extensión temporal muy superior a la que se ejecutó aquel día y sabía también que dicha duración no se alcanzó por razones atribuibles en absoluto a ese niño, a pesar de lo cual no dudó en utilizar ese argumento tan injusto en su reclamación con tal de conseguir que la Matrícula se la dieran a su hijo. 

Incluso llega a pedir, en letra más pequeña (como si le diera hasta vergüeza) que se constate (…) que en la interpretación del otro candidato debe encontrarse una parada en su interpretación y comienzo de nuevo en la segunda obra que tocó, lo que debe restar tiempo de la duración de la grabación”. Cualquier segundo que se pueda arañar vale en el propósito de Colino de despojar de la matrícula a ese otro alumno.

También destaca falsamente que el repertorio libre que presentó su hijo tenía una dificultad propia de un curso superior al que cursaba, lo que también ha quedado acreditado en el expediente que no era cierto, pues se trataba de una obra sin apenas complejidad técnica para un alumno de ese curso.

Y Colino no solo empleó datos falsos para conseguir quitar la matrícula al alumno más brillante.

En paralelo, en la reclamación de 13 de junio cargó durísimamente y sin medida contra el tribunal calificador, la Jefa de Departamento de Viento madera y el resto de sus integrantes, insultándolos y calumniándolos gravemente, y pidiendo al Director de Área Territorial su sanción. 

Es muy grave que, por escrito y públicamente, se diga que un funcionario público es, entre otros calificativos, sesgado, parcial, negligente, ineficaz, malintencionado o falsario en la toma de decisiones que le corresponden por razón de su cargo 

Es muy grave también que, por escrito y públicamente, se diga que un funcionario público ha tomado una decisión en un “alarde de manifiesta incompetencia profesional” por el mero hecho de proponer el nombramiento de tres profesores interinos como integrantes de un tribunal calificador.

También es muy serio que, por escrito y públicamente, se diga que el juicio de un tribunal calificador de la Administración “muestra un desconocimiento total del repertorio de la asignatura”, “un desconocimiento total de la especialidad en particular y, desde luego, una falta de criterio musical y de imparcialidad plausible”.

En definitiva, todas esas gravísimas acusaciones son muy serias, porque, además de las faltas disciplinarias correspondientes que pudieran generar, vienen a atribuir a esos funcionarios la comisión de un delito de prevaricación. 

Y todavía es mucho más grave aún, y totalmente inasumible, que todas esas acusaciones injuriosas y difamatorias las efectúe, por escrito y públicamente, el vicedirector y futuro director de un centro educativo respecto del personal docente a él subordinado, con tal de imponer su particular e interesado criterio y que la matrícula de honor la “recupere” su hijo.

Difamado y deslegitimado

Y es igualmente gravísimo y totalmente inaceptable que el vicedirector y futuro director de un centro educativo pida, con frivolidad y sin ningún rigor, que se impongan sanciones generales a todos aquellos docentes que “no procedieron con el desempeño de sus funciones y/o responsabilidades” y a la Inspección Educativa que intervenga “en la buena marcha de este departamento en concreto, tomando todas las iniciativas y acciones que estén en el desempeño de sus funciones con la finalidad de que estas situaciones no vuelvan a suceder”. 

Según fuentes escolares, “Colino no puede seguir siendo director de un centro educativo al que ha difamado y deslegitimado gravísimamente y sin ningún fundamento, buscando únicamente la satisfacción de un más que cuestionable interés personal y estrictamente familiar, el de que su hijo siga obteniendo, año tras año, la ansiada matrícula de honor”. Colino, añaden estos medios, “no puede seguir siendo director de un centro educativo a cuyo profesorado desprecia y denosta sin medida y sin ningún fundamento”.

Y tampoco, subrayan estos medios, puede “seguir siendo director de un centro educativo, puesto que no cree en el derecho a la igualdad de oportunidades de todos los alumnos de su centro educativo, ni tampoco en los valores esenciales de equidad, esfuerzo y rendimiento que constituyen la piedra angular de nuestro sistema educativo”.

Y finalmente, zanjan los citados medios, “Colino no puede seguir siendo ni un minuto más director de este centro educativo, ni de ningún otro, y resulta inexplicable que, a día de hoy y a escasos días de que comience el curso escolar, el Director de Área Territorial Madrid Oeste, José Macías Fernández, y el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro permanezcan en silencio” sobre este asunto

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