El juez que investiga el caso Plus Ultra ha inadmitido la recusación planteada por José Luis Rodríguez Zapatero contra la joyería Yanes. El expresidente pedía apartarla de la nueva tasación de las joyas halladas en la caja fuerte de su oficina.
El magistrado de la Audiencia Nacional José Luis Calama rechazó en un auto los motivos alegados por la defensa de Zapatero. La joyería fue la encargada designada para elaborar el nuevo informe pericial sobre las piezas, valoradas inicialmente en 1,3 millones de euros.
La defensa había pedido apartar a Yanes después de que su director general declarara en televisión que el conjunto podía valer «un par de millones» de euros. Para Zapatero, esas palabras reflejaban una «aparente falta de imparcialidad y objetividad» del perito.
Calama descartó esa interpretación en su resolución. Consideró que esas declaraciones «no permiten apreciar, ni siquiera indiciariamente», la existencia de parentesco, amistad, enemistad o interés personal del perito recusado.
El magistrado explicó que la recusación es un mecanismo legal que no admite interpretaciones extensivas ni analogías basadas en simples sospechas. Según el auto, Zapatero no identificó ni acreditó ninguna de las causas legalmente previstas para recusar al perito.
Calama subrayó que lo relevante no es tener una opinión previa sobre el objeto del litigio, sino un interés personal, directo o indirecto, en el resultado del proceso. Esa circunstancia, señaló, ni se alegó con precisión ni quedó mínimamente acreditada en el escrito.
El juez añadió que la ley excluye la recusación cuando el examen pericial pueda repetirse posteriormente en juicio oral. En ese caso, explicó, el perito podrá ser sometido a interrogatorio y contradicción por las partes, lo que compensa cualquier duda inicial.
Calama consideró además que el planteamiento de Zapatero llega demasiado pronto en el procedimiento. Según recordó, todavía no se ha designado a los profesionales concretos que elaborarán el informe, solo a la joyería como entidad encargada.
El magistrado concluyó que las manifestaciones públicas de un directivo de la empresa no constituyen causa legal de recusación. Añadió que, en todo caso, quedan neutralizadas por las garantías de contradicción e inmediación que regirán la prueba pericial en el juicio oral.
En paralelo a este incidente, Zapatero remitió otro escrito al juez sobre el origen de 12 de las piezas más valiosas, con rubíes, esmeraldas y zafiros. Según su versión, se trató de una «atención personal» que le hizo en 2007 el entonces rey de Arabia Saudí, Abdulá bin Abdulaziz al Saud, ya fallecido, y que aceptó por «deferencia». El expresidente está investigado en una pieza secreta del caso por presunto delito fiscal y contrabando relacionado con estas joyas.