No será ni en marzo ni en abril, últimas fechas barajadas, cuando se dictará la sentencia sobre las cuestiones prejudiciales planteadas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sino durante el mes de mayo, según ha confirmado este diario en fuentes europeas. El TJUE resolverá primero, el 14 de abril, según ya se había informado, la situación de los funcionarios interinos, que afecta a cientos de miles de trabajadores públicos interinos y personal laboral (eventual, indefinido e indefinidos no fijos) que concatenan contratos temporales durante años.
Entre seis y siete meses es el plazo que más o menos regularmente se tarda entre el pronunciamiento del que es designado abogado general y la sentencia del tribunal de Luxemburgo. En el caso de los funcionarios interinos, el abogado general, el lituano Rimvydas Norkus, emitió su dictamen el 9 de octubre de 2025 y el TJUE ha anunciado la sentencia para el 14 de abril.
El abogado general designado para el caso de las cuestiones prejudiciales planteadas por la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas, el luxemburgués Dean Spielmann, presentó su posición el 13 de noviembre de 2025.
Fuentes jurídicas europeas consultadas por EL PERIÓDICO señalan que si bien se esperaba en este caso una decisión más rápida, finalmente la sentencia no podrá estar antes del mes de mayo.
El Tribunal Constitucional tiene pendientes siete recursos de amparo contra la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de no aplicar la ley de amnistía al delito de malversación que la ley sí incluía entre los amnistiables: Oriol Junqueras, Raúl Romeva, Dolors Bassa, Jordi Turull, Toni Comin, Lluís Puig y Carles Puigdemont.
¿Por qué están pendientes? Porque el TC prefiere tener la última palabra. Una vez aclaradas las cuestiones o dudas prejudiciales por el TJUE, el TC procederá a dictar sentencia sobre esos recursos de amparo.
El TC no tiene dudas habida cuenta de ya ha resuelto que la ley de amnistía es constitucional al desestimar el recurso de amparo del Partido Popular y la cuestión de inconstitucionalidad de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Estos dos han formado parte de un total de veinte cuestiones y recursos elevados al tribunal de garantías y ya desestimados.
El abogado general Spielmann, cuyo informe, como es norma, no es vinculante para el TJUE, desmontó uno de los principales argumentos políticos de la derecha española y del Supremo: que la tramitación de la ley de amnistía fue una «autoamnistía», como sostuvieron abogados de la Comisión Europea escorados a las posiciones del PP, o que colisione con la legislación de la UE en la lucha contra el terrorismo.
Pero, sobre todo, Spielmann desmonta que la amnistía afecta a intereses financieros de la Unión Europea, uno de los argumentos por los cuales tanto el juez Manuel Marchena como el instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, rechazaron aplicar la amnistía al delito de malversación que recurren los siete dirigentes independentistas señalados. Ambos magistrados llegaron a sostener que la Declaración Unilateral de Independencia del 27 de octubre de 2017, aunque durase “unos segundos”, afectó esos intereses financieros de la UE.
Una vez publicada la sentencia del TJUE, el TC procederá a debatir cada uno de los siete recursos de amparo ya admitidos a trámite. Si, en efecto, será en mayo, el TC tendrá que examinar en Pleno las ponencias.
En varios casos, los ponentes de los primeros recursos de amparo son magistrados que se oponen a la amnistía, por lo que se deberá votar y rechazar la propuesta contraria a amnistiar. Se designará nuevo ponente, quien presentará una ponencia favorable al amparo, volver a votar, y dar la razón al recurso de amparo por parte de la mayoría progresista. Todo ello lleva tiempo. Sobre todo, cuando no existe ánimo de colaboración.
Hasta que no se resuelvan esos recursos, Oriol Junqueras, por ejemplo, no podrá presentarse a las elecciones, ya que pesa sobre él la pena de inhabilitación, lo mismo que para el secretario general de Junts, Jordi Turull, y los exconsellers de la Generalitat Raül Romeva y Dolors Bassa que la Sala Segunda del Supremo acordó para ellos hasta 2031. Asimismo, el juez Pablo Llarena mantiene, a pesar de la amnistía, una orden de detención de Carles Puigdemont en territorio español, por lo que no puede regresar con garantías plenas de que no será detenido.
El Pleno del TC empezará, pues, el debate de los recursos de amparo -sobre si se aplica o no la amnistía al delito de malversación- a partir de la sentencia del TJUE. La Sala Segunda había llegado a amenazar en un auto con presentar una nueva cuestión prejudicial ante el TJUE si el TC da la razón a los recurrentes, desafiando así que el TC tenga la última palabra.