La organización política Iustitia Europa ha presentado una denuncia ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional solicitando que se investigue al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y al primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu. La acusación plantea posibles responsabilidades por crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y un presunto crimen de agresión en relación con operaciones militares recientes.
El escrito destaca dos episodios concretos. Por un lado, un ataque contra una escuela femenina en la ciudad iraní de Minab que habría causado la muerte de “al menos 165 niñas”. Por otro, la muerte de un sacerdote maronita en la localidad libanesa de Qlayaa mientras prestaba ayuda a civiles tras un bombardeo militar.
Según la denuncia presentada ante la Corte en La Haya, estos hechos podrían constituir “una grave afrenta a la conciencia de la humanidad y un desafío a los principios fundamentales que sustentan el orden jurídico internacional”. La organización considera que podría existir “un ataque generalizado o sistemático contra la población civil de Irán y Líbano”.
En ese contexto, el abogado Luis María Pardo sostiene que los actos denunciados podrían incluir delitos como “asesinato y exterminación”, “persecución de grupos identificados por motivos religiosos o nacionales” y “otros actos inhumanos”. También señala ataques contra infraestructuras esenciales para la supervivencia de la población civil.
Asimismo, el escrito plantea la posible comisión de crímenes de guerra debido a “ataques a objetivos civiles”, “edificios dedicados a la educación” y personas protegidas por la Convención de Ginebra, como el sacerdote que realizaba labores humanitarias en Líbano.
Finalmente, la denuncia pide a la Fiscalía que examine si la campaña militar contra Irán iniciada el 28 de febrero de 2026 puede constituir un crimen de agresión. El documento insta al tribunal a actuar “con la valentía e independencia que la historia le exige” y solicita investigar si Trump y Netanyahu participaron “al planear, ordenar, autorizar o contribuir en la comisión de los crímenes descritos”, invocando además el artículo 28 del Estatuto de Roma sobre responsabilidad de los superiores.