El TSJA condena a diez años de cárcel a un padre por abusar de su hija menor discapacitada

20 de octubre de 2022
1 minuto de lectura
Real Chancillería de Granada, sede del TSJA. |Fuente: Jebulón, CC0, via Wikimedia Commons

El TSJA en su sentencia rechaza los tres motivos de apelación de la defensa, que entre otras cuestiones planteaba que la condena era injustificada por considerar que no había pruebas de cargo que acreditaran su culpabilidad

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia de Jaén en la que se condena a un padre, de 44 años, por abusar sexualmente de su hija, de seis años, que «padece retraso del desarrollo intelectual de ligera gravedad». Una condena establecida al considerar que el procesado, «en al menos una ocasión, mantuvo relaciones sexuales con la niña».

La sentencia, ahora confirmada por el TSJA, estableció en octubre de 2021 la prohibición de acercarse y comunicarse con la menor durante cinco años por encima del tiempo de la condena, además de privar al acusado de la patria potestad por el mismo espacio de tiempo y de inhabilitarle para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores, junto con cinco años de libertad vigilada. Asimismo, se le impone como responsabilidad civil que indemnice a la menor en 25.000 euros.

El TSJA en su sentencia rechaza los tres motivos de apelación de la defensa, que entre otras cuestiones planteaba que la condena era injustificada por considerar que no había pruebas de cargo que acreditaran su culpabilidad.

En la sentencia del Alto Tribunal Andaluz, a la que ha accedido Europa Press, se establece que «la prueba decisiva» la aportó un hombre que en julio de 2028, sin saber precisar fecha exacta, de madrugada se asomó a la ventana y vio en una vivienda cercana a una menor haciendo una felación a un hombre. El dormitorio donde se produjeron los hechos pertenecía al acusado y era en el que dormía con su hija.

A esta prueba, el tribunal le suma el informe de evaluación y diagnóstico realizado a la menor por dos peritos de la Fundación Márgenes y Vínculos, así como el testimonio de una mujer de acogida para la atención de la menor, tras declararse su desamparo.

El TSJA concluye que «no se vulneró el derecho a la presunción de inocencia del acusado, y tampoco incurrió la Audiencia en ningún error patente en la valoración de las pruebas que se deba corregir». Es por ello por lo que decide confirmar la sentencia, que todavía puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Tensión en el aeropuerto de Palma: un pasajero agrede a un empleado de Ryanair por el equipaje

El conflicto por el exceso de peso del equipaje terminó con un trabajador atendido por los servicios sanitarios y una…

El Guadalquivir se mantiene estable, pero continúa en nivel rojo a su paso por Lora y Sevilla

Las autoridades mantienen la vigilancia y la prudencia mientras avanza la recuperación de servicios, con desalojos activos y atención a…

La Campaña de la Renta de 2025 arrancará en dos meses y se extenderá hasta el 30 de junio

Antes del inicio de la campaña, se podrá obtener el número de referencia, la visualización y descarga de los datos…

Desmantelada en Mallorca una red que explotaba sexualmente a mujeres migrantes mediante engaños y amenazas

Vivían en un entorno de miedo constante, sometidas a amenazas e intimidaciones, y su situación irregular les impedía acudir a…