Hoy: 23 de noviembre de 2024
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) admitió a trámite este martes 7 de mayo, las querellas del Colegio de Abogados de Madrid y de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad Isabel Díaz Ayuso, contra dos fiscales de Madrid por la presunta revelación de datos reservados o confidenciales del procedimiento penal que se le sigue por defraudación. Se trata de los fiscales Julián Salto (delitos económicos) y Pilar Rodríguez, (fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid).
Al tiempo, la sección cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de lo Contencioso-Administrativo, ordenó también ayer -en una sesión convocada hace más de un mes y aplazada el pasado 30 de mayo- anular el real decreto de nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática “ y retrotraer las actuaciones para que el Consejo Fiscal se pronuncie sobre si concurre o no la prohibición prevista en el artículo 58.1 [incompatibilidad por cónyugue que obstaculice imparcialidad] del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal”.
Esto implica que su propuesta de nombramiento será sometido a consideración del Consejo Fiscal, órgano asesor del fiscal general del Estado, al que Álvaro García se negó a escuchar, explícitamente, sobre esta causa de presunta incompatibilidad cuando nombró a Delgado en 2023.
La sala civil y Penal del TSJM, tal como adelantamos, dictó este martes un auto en el que se admite a trámite la querella de la pareja de Ayuso por presunta revelación de datos reservados y confidenciales en la batalla mediático-política en la que se deslizó el fiscal general del Estado forzando un comunicado el 14 de marzo pasado, antes de que las actuaciones de la Fiscalía de Madrid contra el defraudador confeso González Amador (por dos delitos fiscales tras obtener un beneficio superior a los 2 millones de euros en la venta de mascarillas durante la pandemia) fuesen judicializadas.
También admitió a trámite la exposición razonada del juez titular del juzgado 28 de Madrid, Jaime Serret, en la que solicitaba la admisión de la querella del Colegio de Abogados de Madrid por presunta revelación de secreto en el caso de González Amador, y ha concedido al colegio la condición de acusación popular en el procedimiento.
Los indicios, según el ponente del TSJM, Celso Rodríguez Padrón -presidente de dicho TSJM- llevan a “analizar si se ha visto vulnerado el deber de confidencialidad y reserva inherente a las actuaciones penales, entre las que se comprende las preprocesales a cargo del Ministerio Fiscal y ello requiere, a su juicio, una indagación que sólo puede abordarse adecuadamente mediante la oportuna instrucción de la causa”.
La fiscala encargada por turno del asunto, María de la O Silva, cuestionó -por orden de la teniente fiscal del Supremo Ángeles Sánchez Conde- la admisión de la querella por considerar “atípica” la imputación delictiva -es decir, que no encaja en el tipo penal de revelación de secreto del artículo 417 del Código Penal-, o, en otros términos, explicó que no existe delito alguno en la actuación de la fiscalía general del Estado y de la Fiscalía de Madrid.
Los magistrados del TSJM señalan: “La Sala no coincide con el juicio de atipicidad de plano basado en estas razones [el comunicado del 14 de marzo se habría realizado para salir de determinadas informaciones] y por ello estima que ha de investigarse el verdadero alcance del conjunto de los hechos relatados en el escrito de querella y asimismo analizados en la exposición razonada [del juez Serret] pues solamente de este modo puede cumplirse…con la determinación de todas las circunstancias que puedan influir en la calificación de los hechos (siempre que revistan indiciariamente carácter delictivo)”.
Y en eso llegó Álvaro García
En pleno revuelo del caso Koldo que afecta al PSOE y al Gobierno de Pedro Sánchez, se filtra una información sobre las pesquisas preprocesales de la Fiscalía de Madrid sobre el fraude de Alberto González Amador, pareja de Ayuso. Este caso estaba a punto de ser judicializado a través de una querella de la Fiscalía de Madrid.
Por tanto tenía -y tendrá- un recorrido en el que González Amador no saldrá, ni mucho menos, ileso. Ha sido citado a declarar el 20 de mayo en Madrid.
El jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, salta como leche hervida por las noticias circulantes, en un intento de acabar con el caso mediante un correo reservado en el que presenta a la Fiscalía de Madrid como inspiradora de un acuerdo de conformidad a González Amador.
Falso.
El correo que filtra era la respuesta a un correo del abogado de Gónzalez Amador, el exinspector fiscal Carlos Neira, en el cual reconocía dos delitos fiscales y aceptaba pagar lo que se le exigía.
Aquí Álvaro García se siente libre para actuar al mismo nivel que Miguel Ángel Rodríguez, usando la táctica “y tú más”, usando un correo reservado que revela la patraña del jefe de gabinete de Ayuso y elaborando un comunicado en el que se narra la secuencia de los contactos entre la Fiscalía de Madrid y el abogado de González Amador. Es el comunicado del 14 de marzo.
¿Cómo obtuvo Álvaro García los correos para elaborar la secuencia? ¿Se los pidió a Julián Salto, el fiscal a cargo de las actuaciones en Madrid? ¿Los obtuvo a través de la fiscal jefa de Salto, es decir, Pilar Rodríguez?
Estas son algunas de las preguntas que ambos imputados, Salto y Rodríguez, tendrán que responder al prestar declaración.
García incurrió en un error no forzado, que pudo evitarse. Porque hay un hecho que falta en el relato de la querellas y en el auto de TSJM. ¿Cuál? La conversación que mantuvo el fiscal general del Estado con la fiscal superior del TSJM, Almudena Lastra.
La fiscal le señaló que pensaba emitir un comunicado limitándose a desmentir la afirmación y el correo con la explicación manipulada que difundió Rodríguez. Sin dar detalles. Que no era necesario más.
Al fiscal general le pareció poco. Y le envió el comunicado -el del 14 de marzo de 2024- para que lo difundiera a través del TSJM, a lo que la fiscal superior pidió, ya que no estaba de acuerdo, una orden por escrito, que García cursó.
¿Por qué no lo difundió desde la FGE? Porque quedaba en evidencia su intervención directa. ¿Por qué no lo hizo a través de la Fiscalía de Madrid? Porque estaba a cargo del procedimiento y cantaba demasiado.
Todo esto va a salir en las diligencias. La fiscal superior Lastra se ha abstenido en el procedimiento. Muy probablemente tenga que declarar en calidad de testigo,
García ha puesto a sus fiscales a los pies de los caballos. La semana pasada según informamos, la FGE sustituyó a la fiscal disidente en Madrid, María de la O Silva, por el fiscal superior de Extremadura, en la causa de la querella ahora admitida a trámite, Francisco Javier Montero.
¿Se opondrá Montero a todas las diligencias? ¿Pedirá instrucciones a la teniente fiscal Sánchez Conde para elaborar cada escrito?
Álvaro García y Ángeles Sánchez Conde han colocado al fiscal Montero en una situación endiablada.
Será difícil, pues, evitar que afloren los hechos.
Al tiempo, la sección cuarta de la Sala Tercera del Supremo resolvió por mayoría de 3 a 1 magistrados -hay un voto particular-anular el decreto que nombró a Dolores Delgado fiscal de sala del Tribunal Supremo a cargo de la fiscalía de nueva creación Derechos Humanos y Memoria Democrática.
Los magistrados han ordenado que el asunto vuelva al Consejo Fiscal. Es decir: no han anulado el concurso. Siguen en liza los mismos cuatro candidatos (Delgado, Castresana, Ibañez y Calparsoro).
Pero será el Consejo Fiscal el que tendrá que definirse sobre un asunto que el fiscal general del Estado, Álvaro García no quiso someterle en 2023.
A saber: si puede haber incompatibilidad de la candidata Delgado para el cargo.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) establece (artículo 58.1): “En las Fiscalías que comprendan dentro de su circunscripción territorial una población en la que su cónyuge o persona a quien se halle ligado de forma estable por análoga relación de afectividad ejerza una actividad industrial o mercantil que obstaculice el imparcial desempeño de su función, a juicio del Consejo Fiscal”.
En el Consejo Fiscal al que se propuso el nombramiento de Dolores Delgado se suscitó por el fiscal del Supremo Salvador Viada la relación entre Dolores Delgado, pareja del exjuez y abogado Baltasar Garzón, y la fundación de éste último especializada en derechos humanos y memoria democrática, como un tema a considerar.
García (está debidamente grabado) sostuvo que tenía prisas (vaya si la tenía al convocar el Consejo Fiscal el mismo día, el 29 de mayo, que el presidente de Gobierno anunció la disolución de las Cortes) y que no había lugar al ejercicio de la competencia del Consejo Fiscal. Así salió adelante el nombramiento.
Pues sí la tiene, según la los magistrados de la sección cuarta de la Sala Tercera del Supremo.
El Consejo Fiscal, pues, tendrá que debatir, una vez ejecutada la sentencia de la Sala Tercera, si existe incompatibilidad o no.
Si se vota en el sentido de que existe esa incompatibilidad uno de los otros contendientes podría ocupar la plaza de Memoria Democrática.
De pasar el filtro, es decir, si no hay incompatibilidad, García podrá volver nombrar a Delgado fiscal de sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática.
Y todavía le queda otro asunto.
Defenderse en un recurso contra su nombramiento como fiscal general del Estado pendiente en la sección cuarta de la Sala Tercera del Supremo.
Ese recurso -por falta de idoneidad- se ha visto reforzado por la resolución de esa sección de anular primero el nombramiento de Delgado como fiscal de sala de la Fiscalía Togada Militar del Supremo por “desviación de poder” y la anulación del decreto de nombramiento de fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática este martes 7 de mayo.