Hoy: 23 de noviembre de 2024
La Junta Electoral Central ha decidido incoar expediente sancionador contra el presidente del Gobierno Pedro Sánchez, por vulnerar la neutralidad política que establece el artículo 50. 2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General y el principio de objetividad. La decisión se toma en virtud de las declaraciones realizadas en Doha (Qatar) en una gira de dos días por Oriente Medio el pasado 3 de abril en las que promocionó la candidatura de Salvador Illa como candidato socialista a las elecciones del Parlamento de Cataluña. Sánchez señaló que si hay alguien que puede “unir y servir ahora mismo a la sociedad catalana es él”.
La Junta remitirá ahora el expediente al líder socialista para que formule las alegaciones que entienda oportunas, y después de ello resolverá si se le impone o no una multa que puede llegar hasta los 3.000 euros.
La Junta Electoral Central ha designado a la magistrada de la Sala de lo Penal del Supremo como instructora de este expediente contra Pedro Sánchez.
Ha decidido también incoar otro expediente sancionador al consejero de Sanidad del Gobierno de Cataluña Manel Balcells. En este caso el expediente obedece a que en abril incumplió la neutralidad política en las declaraciones que formuló durante una visita a distintos centros sanitarios catalanes. En ellas promocionó la actuación del Gobierno de la Generalidad en materia sanitaria, lo que incumplió los artículos 50.2 y 50.3 del citado reglamento electoral.
El instructor del caso del expediente del consejero Balcells será el presidente en funciones del Supremo, Francisco Marín Castán.
Por otra parte, las denuncias promovidas por ERC y el PP contra la entrevista al presidente Pedro Sánchez programada este lunes por la noche en RTVE no llegaron a tiempo de ser analizadas en la reunión de la Junta Electoral Central (JEC), que en todo caso no pensaba suspender su emisión.
La JEC tenía programada una reunión este lunes que arrancó a las 17.30 y cuando concluyó, dos horas después, no había llegado ninguna de esas denuncias, por lo que no pudieron ser analizadas por el organismo arbitral, informa Europa Press.
De cualquier manera, fuentes de la JEC han recordado que la suspensión de una entrevista televisiva con carácter previo a su emisión es algo excepcional, que está tasado en la ley, y que no se contemplaba para este caso.
El PP y ERC se quejaban de que la entrevista del líder del PSOE altera el plan de cobertura electoral para la campaña de las catalanas del 12 de mayo, por lo que pedían suspenderla o, en su defecto, que RTVE compensase a las demás candidaturas.
José Antonio: Siempre fuiste un gran periodista, independiente, veraz y riguroso. Cada investigación o artículo que escribes, lo demuestra.