La víctima le contó a su hermana lo sucedido y fue a partir de ese momento cuando se produjo la denuncia y posteriores juicios
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede den Jerez, que condena a un hombre a un total de once años de prisión por un delito de abuso sexual continuado contra su hija, menor de ocho años en el momento de los hechos.
Según la sentencia, los hechos se remontan cuando el hombre aprovechaba cuando bañaba a la hija, o cuando dormía con él, para realizar los abusos sexuales. La menor lo contó a su madre antes de morir , pero no se lo creyó y fue finalmente en julio de 2018, cuando quedó abandonada en el parque porque el padre tuvo que ser trasladado en ambulancia por ingesta de alcohol, cuando fue recogida por sus abuelos, donde también vivía su hermana, a la que finalmente le contó los hechos.
Tras ser condenado a once años de prisión, el condenado presentó recurso ante el TSJA alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia al considerar que, en atención a la prueba practicada en el plenario, la condena impuesta “carece de toda base razonable”, por lo que solicita la libre absolución.
Por su parte, el TSJA ha desestimado el recurso tras analizar “concienzudamente” las pruebas personales que se practicaron en el plenario, y también la pericial llevada a cabo, “valorando de forma razonada la credibilidad del acusado y los testigos”, y no observar la presencia de ningún error manifiesto que se deba corregir en cuanto a la sentencia de la Audiencia.