La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves la Ley Orgánica de Amnistía al concluir, en dos sentencias vinculantes, que la norma es compatible con el Derecho de la Unión Europea y no vulnera la legislación comunitaria.
El tribunal de Luxemburgo responde así a dos de las cuatro cuestiones prejudiciales planteadas por órganos judiciales españoles, que habían solicitado aclaraciones sobre el encaje de la ley con el ordenamiento europeo.
Una de las resoluciones responde a la consulta del Tribunal de Cuentas sobre la posible responsabilidad contable del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y otros dirigentes por el uso de fondos públicos vinculados al ‘procés’. La segunda da respuesta a la cuestión elevada por la Audiencia Nacional en relación con la aplicación de la amnistía a la causa abierta por presuntos delitos de terrorismo contra los Comités de Defensa de la República (CDR).
Con este pronunciamiento, la máxima instancia judicial de la UE respalda la compatibilidad de la Ley de Amnistía con el derecho comunitario, aunque aún quedan pendientes de resolver otras dos cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles sobre la norma.