Hoy: 22 de noviembre de 2024
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará el próximo miércoles, 18 de septiembre, a M.C.P. y C.V.A., para quienes el Ministerio Fiscal solicita penas de tres años de prisión por no haber abonado las cuotas a la Seguridad Social de la fundación con la que gestionaban la Escuela Superior de Gastronomía y Hostelería de Toledo. A través de esta fundación, los acusados explotaban dos restaurantes abiertos al público, acumulando una deuda que asciende a 425.838,17 euros.
Asimismo, según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, C.V.A. era presidente de la Fundación Cofradía del Ciento, al tiempo que el otro acusado, M.C.P., desde 2004 hasta el 31 de diciembre de 2019 fue el director de la Escuela Superior de Gastronomía y Hostelería de Toledo, nombre comercial con el que operaba la citada fundación.
La Fundación Cofradía del Ciento desarrollaba su actividad empresarial desde su constitución en junio de 1998, llevando la gestión de la Escuela Superior de Gastronomía y Hostelería de Toledo y explotando dos restaurantes abiertos al público.
De esta forma, según la Fiscalía, producto de la reseñada actividad empresarial la Fundación Cofradía del Ciento no procedió a la cotización por los trabajadores cuyo servicio utilizaba, contrayendo con la Seguridad Social una deuda global de 425.832,17 euros, correspondiente al periodo entre agosto de 2005 y octubre de 2018, siendo el principal de 318.113,82 euros y el resto referido a recargos e intereses derivados del principal.
Durante el período de 2005 a 2018, la Fundación Cofradía del Ciento solicitó a la Tesorería General de la Seguridad Social hasta cinco aplazamientos de deuda, que la entidad no cumplió.
Concretamente, a lo largo de los años naturales entre 2015 y 2018 la deuda se incrementó de modo considerable, para alcanzar un principal (excluyendo intereses y recargos) de 230.380,79 euros en estos cuatro años.
Con esta coyuntura, dado que no estaban al corriente de pago y que la deuda con la tesorería general de la Seguridad Social no hacía sino aumentar desde 2005, con la finalidad de continuar operando en el tráfico mercantil sin hacer frente a sus obligaciones, ambos acusados, actuando coordinadamente, constituyeron en 2009 la sociedad Gestión y Supervisión de Empresas SL, cuyo presidente y consejero delegado era el acusado M.C.P. y su vicepresidente y también consejero delegado el otro acusado, C.V.A.
Así, el objeto y la actividad de la Fundación Cofradía del Ciento y de Gestión y Supervisión de Empresas SL eran coincidentes, existiendo una evidente confusión entre ambas entidades y siendo la segunda la continuadora en la gestión de la Escuela Superior de Gastronomía y Hostelería de Toledo y en la explotación de los dos restaurantes abiertos al público que realizaba la Fundación Cofradía del Ciento.
A partir del año 2014, ambas entidades comenzaron a trasladar trabajadores de manera continua entre ellas. La empresa Gestión y Supervisión de Empresas SL pagaba las nóminas de los empleados de la Fundación Cofradía del Ciento, mientras compartían datos de contacto, página web, número de teléfono fijo, correo electrónico, y el número de teléfono móvil, que utilizaban tanto la Fundación como el acusado M.C.P.
Entre los años 2015 y 2018, ambas empresas compartieron el mismo domicilio social en Toledo, y la Fundación Cofradía del Ciento asumió los gastos ordinarios de gas, agua y electricidad, a pesar de no contar con ingresos. En contraste, Gestión y Supervisión de Empresas SL, que sí tenía ingresos, no cubría ninguno de estos costos relacionados con el uso del mismo domicilio social.
Por todo ello, el Ministerio Fiscal solicita una pena de tres años de cárcel para cada uno de los dos acusados, así como una multa proporcional del cuádruplo de la deuda, 921.523,16 euros y una indemnización conjunta y solidaria en la cantidad de 311.008,85 euros a la Tesorería General de la Seguridad Social.