La Comisión Permanente del Poder Judicial rechaza archivar las diligencias sobre el juez Peinado que propone el Promotor de la Acción Disciplinaria

14 de marzo de 2026
6 minutos de lectura
Ricardo Conde Díez. | EPDATA
Ricardo Conde Díez ha reanudado la instrucción de presuntas faltas de desconsideración grave y muy grave, respectivamente, en los casos Bolaños y Ayuntamiento de Madrid, al tiempo que abre nuevas diligencias contra el juez por revelar, presuntamente, una resolución a un periódico digital referida a la petición de pasaportes de Cristina Álvarez y Begoña Gómez antes de trasladar a las partes

ERNESTO EKAIZER

El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Ricardo Conde Díez, se ha visto obligado a reanudar la instrucción de dos denuncias contra el juez Juan Carlos Peinado, titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid, a raíz del rechazo de su propuesta de archivo, según información obtenida por El Periódico. A esas diligencias informativas, de 2025, se une ahora una adicional presentada por Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por presunta revelación de información a un medio digital antes de dar traslado a las partes, unos hechos que este diario anticipó.

Las diligencias informativas derivadas de una denuncia del ministro de Justicia, Félix Bolaños, han versado sobre una desconsideración grave (artículo 418, Ley Orgánica del Poder Judicial) en el tratamiento que le dispensó el juez durante la declaración que prestó en calidad de testigo en el caso de Begoña Gómez, el 16 de abril de 2025, en el Palacio de la Moncloa.

La declaración de Bolaños estuvo marcada por la tensión y los reproches del magistrado al testigo, a quien acusó de contestar «con evasivas» y a quien espetó: «No sé a qué obedece que esboce usted una sonrisa».

Tras aquella declaración, el juez Peinado consideró que el ministro había faltado a la verdad y elevó una exposición razonada al Tribunal Supremo en la que pedía investigar al ministro por falso testimonio, además de por un supuesto delito de malversación en la contratación de la asesora.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, en ponencia del presidente, Andrés Martínez Arrieta, archivó la exposición razonada en un contundente escrito en el que reprochó a Peinado la «absoluta ausencia de cualquier indicio mínimamente fundado o dotados de mínima verosimilitud de la participación» de Bolaños en esos delitos. También señaló que el juez había omitido información en la exposición de los hechos que se había podido conocer a través del informe de la Fiscalía del Supremo.

Las otras diligencias informativas se refieren por dejación de deberes por no prorrogar dentro del plazo legalmente requerido la investigación contra un alto cargo de la Alcaldía de Madrid. Al no cumplir la normativa de renovar cada seis meses las actuaciones, el caso tuvo que ser archivado sin haberse realizado las diligencias pendientes.

El caso se abrió en 2023 a raíz de una denuncia del partido Podemos contra el gerente de los autobuses del Ayuntamiento de Madrid, Alfonso Sánchez Vicente, por supuestamente adjudicar a dedo y con sobreprecio un contrato al digital OkDiario para organizar una jornada sobre movilidad sostenible.

El Promotor de la Acción Disciplinaria es el encargado de realizar la instrucción de las diligencias y comunicar a la Comisión Permanente del CGPJ una propuesta. Una vez que esas diligencias describen infracciones, la Comisión Disciplinaria, tramita, juzga y sanciona las infracciones disciplinarias graves y muy graves cometidas por jueces y magistrados.

En las dos diligencias informativas, el Promotor, Ricardo Conde, considera que las expresiones del juez Peinado respecto al testigo Bolaños no fueron despectivas (418 de la LOPJ, desconsideración grave), por un lado, y sobre el archivo de las diligencias en el caso del Ayuntamiento de Madrid, señala que se trata de una incidencia jurisdiccional, esto es, que es un hecho dentro de la instrucción, cuya potestad es del juez.

Las diligencias de investigación por falta de cumplimiento de la prórrogas también tuvo que ser resuelto por el juez Peinado en otros dos casos: el de criptocobros de IM Academy y de la megaplanta solar Tagus, de Iberdrola, en Alcántara (Cáceres).

Filtración

La nuevas diligencias informativas a raíz de la denuncia de Cristina Álvarez se basan en un escrito elevado al juez Peinado por el letrado de la asistenta, José María de Pablo.

Lo que en el caso del entonces fiscal general del Estado era la filtración de un correo, en este es una providencia (resolución) del juzgado referida a la petición de pasaportes de Cristina Álvarez y Begoña Gómez.

El digital OkDiario publicó a las 05:46 de la madrugada del 13 de enero una noticia con el título “Begoña y su asesora desafían a Peinado: se niegan a entregar sus pasaportes y el juez pide ayuda a la Policía”.

En el primer párrafo de la noticia, se señalaba: “El juez Peinado ha pedido a la unidad adscrita de Policía Judicial que los investigadas Begoña Gómez y su asesora Cristina Álvarez den el pasaporte que les pidió y que se niegan a entregar. Así lo solicita en una providencia dictada este lunes 12 de enero”.

De Pablo señala que el 13 de enero de 2026, a las 13:15 de la tarde, el mismo medio editó aquella noticia para eliminar la frase “así lo solicita en una providencia de 12 de enero”, aunque olvidó modificar el titular en el que hacía referencia al contenido de esa providencia con la expresión “el juez pide ayuda a la Policía”.

Al editar, es decir, modificar la noticia original, el medio sustituyó la frase en pasado “el juez Juan Carlos Peinado ha pedido a la unidad adscrita” por el futuro “el juez Juan Carlos Peinado pedirá a la unidad adscrita”.

La noche del 13 de enero de 2026, quince horas de publicada la noticia, el juzgado 41 notificó a las partes la citada providencia, adelantada por el medio, según la cual “el juez pide ayuda a la Policía” y lo hace en una providencia dictada este lunes 12 de enero ante la ausencia de entrega de los pasaportes”.

Hasta las 20:02 horas del 13 de enero la resolución no había salido del juzgado. Fue a esa hora que el juzgado la cursó a las partes a través del sistema LexNet.

Según De Pablo “es metafísicamente imposible que la filtración a OkDiario del dictado y contenido de la providencia haya sido cometida por alguien ajeno al juzgado, porque la publicación el 13 de enero a las 05:46 de la mañana se produjo quince horas antes del envío de la providencia a LexNet para su notificación a las partes el 13 de enero a las 20:02 de la tarde”. El abogado añade: “De hecho, ni siquiera sabemos si en el momento de publicación de la noticia [en OkDiario], la providencia había sido redactada y/o firmada”

En su escrito, el abogado recapitula: “Nótese, por cierto, que alguien —con toda seguridad el propio autor de la filtración— avisó asustado al medio de la metedura de pata y le pidió eliminar de la noticia la mención a la providencia, ya que aún no había sido notificada a las partes y había peligro de que se descubriera que el origen de la filtración era el propio Juzgado, lo que llevó al medio a editar la noticia a las 13:15 horas para eliminar la frase «Así lo solicita en una providencia dictada este lunes 12 de enero» y cambiar el tiempo pretérito perfecto por el futuro imperfecto. Sin embargo, en el medio de comunicación olvidaron modificar el titular, que alude claramente al contenido de la Providencia: «el juez pide ayuda a la Policía», que es lo que acuerda esa Providencia. Y tampoco cayeron en la cuenta, ni el medio ni el filtrador, de que la versión inicial de la noticia había sido reproducida ya en otros medios”.

El medio, además, celebró, el 15 de enero, haber sido el primero en informar de la existencia de la citada providencia el 13 de enero.

Se considera que el juzgado, en este caso el 41 del juez Peinado, tiene la responsabilidad de custodiar los documentos.

Con todo, esa norma no se aplica a este caso, según ha documentado el letrado José María de Pablo, quien solicitó que se investigara la filtración en el propio juzgado y se aplicara el método de la Sala Segunda del Tribunal Supremo para condenar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz, en el caso de la pareja de Isabel Díaz Ayuso.

“Aquí no se filtra un documento, lo que se filtra es la intención del juez de dictar una providencia que aún no existe”, dijo De Pablo a este periódico.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Trump propone una misión naval internacional para reabrir el estrecho de Ormuz

El presidente de EEUU no da fechas pero expresa su deseo de que países como China, Francia o Reino Unido…

El Ejército de Estados Unidos bombardea la isla de Jark, uno de los epicentros petroleros de Irán

Irán afirma que no hay daños en su infraestructura petrolera y amenaza con atacar compañías vinculadas a EE UU en…

Cómo la ‘banda de los cuatro’ desencadenó la aventura de la guerra de Irán

Netanyahu, el 'yernísimo' Jared Kushner, el magnate de la construcción Steve Witkoff, y Trump, metieron al mundo en el proyecto…

Israel critica duramente a España tras el cese de su embajadora en plena guerra contra Irán

El Ministerio de Exteriores israelí relaciona la salida de Ana Sálomon con el anuncio de la Guardia Revolucionaria sobre el…