La Audiencia de Madrid rechaza el recurso de la Fiscalía y avala la investigación contra Begoña Gómez

29 de mayo de 2024
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Begoña Gómez I Fuente: EP.

La denuncia de Manos Limpias sostenía que Begoña Gómez ha venido avalando por carta de recomendación a empresarios que se presentaban a licitaciones públicas

La Audiencia Provincial de Madrid rechaza la pretensión de Fiscalía de que se archive la investigación abierta por el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Avala así la decisión del instructor, pero matiza que considera que no procedía decretar el secreto de las actuaciones.

Así consta en un auto de este tribunal que responde al recurso de apelación que presentó a finales de abril la Fiscalía en el que, según fuentes fiscales consultadas, se pedía que se revocara el auto de 16 de abril por el que el juez Juan Carlos Peinado adoptó la decisión de abrir diligencias de investigación a raiz de la denuncia del sindicato Manos Limpias.

En concreto, la Sección 23 de la Audiencia Provincial, con ponencia del magistrado Enrique Jesús Bergés, señala que “pese al contenido algo desvalazado de la denuncia” de Manos Limpias, sí que existen “datos objetivos suficientes que legitiman el inicio de la investigación” en lo relativo a las adjudicaciones de la Administración Pública a la empresa Innova Next SLU del empresario Juan Carlos Barrabés.

Esa denuncia de Manos Limpias fue registrada por su secretario general Miguel Bernad el pasado 9 de abril y en ella sostenía que Begoña Gómez, “prevaliéndose de su estatus personal, esposa del presidente del Gobierno de España, ha venido recomendando o avalando por carta de recomendación con su firma a empresarios que se presentaban a licitaciones públicas”.

Desde el sindicato aseguraban que uno de los empresarios “beneficiados por esas recomendaciones o avales” de Gómez es Juan Carlos Barrabés, y que al mismo se le habrían adjudicado licitaciones públicas por valor de 10 millones de euros. “Este empresario además montó el Máster de Transformación Social Competitiva de la denunciada”, sostenían, y añadían que la cátedra de Begoña Gómez fichó además como profesor asociado a ese empresario.

Indicios objetivos

El tribunal explica ahora al respecto que, de la documentación unida a la denuncia, se desprende que Innova Next SLU, del entramado empresarial de Barrabés, obtuvo contratos con Red.es “ganando a ofertas económicas más atractivas” y que, “al parecer, la denunciada Begoña Gómez recomendó su contratación por carta”.

Sin embargo, sobre lo que sostiene la denuncia de Manos Limpias de que Gómez habría podido mediar en el rescate público de Air Europa gracias a su supuesta conexión con el ex consejero delegado de la compañía Javier Hidalgo, la Sala asevera que es “una simple conjetura” más allá “de llamativas coincidencias temporales y personales”.

“De lo anterior se deduce que existen indicios acerca de la presunta comisión de un hecho delictivo para el comienzo de la instrucción acordada mediante el auto recurrido y que son suficientes en relación a lo que el Tribunal Constitucional exige para la incoación de un procedimiento”, añade.

Incide en que la denuncia de Manos Limpias proporciona “indicios objetivos que apuntan a la intermediación en la concesión de subvenciones en las que podría haber mediado algún tipo de contraprestación, al menos, respecto de los hechos concretos referidos a la UTE formada por Innova Next SLU y la Escuela de Negocios The Valley, actividad que legitima una investigación”. Apunta que no es necesario por el momento anticipar una calificación jurídica.

En este sentido, le dice al Ministerio Público que con independencia del resultado de la investigación abierta, “no es el momento de valorar los indicios para imputar un delito” y, por tanto, “resulta completamente improcedente el análisis detallado del hecho delictivo denunciado para ser calificado jurídicamente”.

Lagunas de impunidad

Además, afea a la Fiscalía que “su pretensión de impedir toda investigación amparándose en una taxativa interpretación típica, ab initio, en este delicado campo es inusual y podría llevar a crear lagunas de impunidad en toda actividad delictiva donde la delimitación del comportamiento penalmente relevante no siempre es fácil de establecer”.

Y dado que solo ve base en lo referido a las adjudicaciones a Barrabés, le dice al juez que debe limitarse a esos hechos y debe dar “las órdenes oportunas a la fuerza policial investigadora, dado el carácter genérico del inicial oficio” que emitió.

En cuanto a que Peinado declarara secreta la causa al inicio, el tribunal dice que era “innecesario” porque en el auto de incoación no indica la finalidad de dicha restricción de derechos. “Y no obstante, se permite a la denunciada tomar conocimiento del resultado de las diligencias, no cumpliéndose con la finalidad que justificaría el secreto que hemos indicado”, apunta, por lo que acuerda alzar el secreto, si bien esa medida ya fue adoptada por el propio instructor hace días.

No analiza el informe de la UCO

El auto de la Audiencia Provincial de Madrid no analiza en cambio el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, en el que se descarta que haya vinculación de Begoña Gomez con el ex consejero delegado de Globalia Javier Hidalgo que favoreciera el rescate de la aerolínea de la compañía por parte del Estado, y que también descarta que su intervención decantara adjudicaciones a empresas del empresario Juan Carlos Barrabés.

En el informe los agentes del Grupo de Delincuencia Económica 3 indican que el único elemento que vincularía objetivamente a Begoña Gómez con Globalia es el hecho de que coincidió con Hidalgo en dos eventos que tuvieron lugar en enero de 2020 en los que participaba la sociedad Wakalua, filial de Globalia.

Por otro lado, la UCO, tras analizar los contratos públicos adjudicados a sociedades vinculadas al empresario Juan Carlos Barrabés, concluye que en los tres expedientes de la sociedad Innova Next con Red.es, que están en el foco de la investigación del juzgado, la empresa de Barrabés (o la UTE con la que participaba) obtuvo “la mejor puntuación” en criterios dependientes de juicio de valor, cuyo peso en el concurso era del 40%. En el apartado de criterios económicos (60%) no fue, sin embargo, la primera.

Los agentes explican, no obstante, que con la normalización de las puntuaciones y aplicando el porcentaje de peso de cada criterio, las dos UTE en las que estaba Innova Next obtuvieron la mejor puntuación en los cuatro contratos.

En el marco de la investigación el juez ha practicado ya una serie de diligencias: desde la toma de declaración a responsables de medios de comunicación en los que se publicaron las noticias en las que se basó la denuncia, hasta la petición a la UCO para que reclamase los expedientes de los contratos bajo sospecha al Consejo Superior de Deportes (CSD) o al Ayuntamiento de Madrid.

Por otro lado, ha trascendido que la Fiscalía Europea (EPPO) preguntó al juez Peinado si esta causa afecta a contratos suscritos con fondos europeos y ya analiza documentación del procedimiento para determinar si es competente para investigar.

Así consta en un decreto del 26 de abril, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el órgano comunitario pide al Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid que le informe de los hechos que investiga y de si en el procedimiento “estaría implicada la UTE Innova Next SLU- Escuela de Negocios The Valley”, integrada por una sociedad propiedad del empresario Juan Carlos Barrabés, a quien Manos Limpias señala como beneficiario de las “recomendaciones o avales” de Gómez.

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