Errejón, a juicio por la agresión sexual denunciada por Mouliaá, y tendrá que consignar 30.000 euros

7 de enero de 2026
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Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón, en imagen de archivo I EP

El juez Carretero entiende que existen indicios suficientes para que el político se siente en el banquillo y responda de los hechos

La causa judicial contra Íñigo Errejón avanza de forma decisiva. El juez Adolfo Carretero ha acordado la apertura de juicio oral contra el exdiputado y exportavoz parlamentario de Sumar por un presunto delito de agresión sexual denunciado por la actriz Elisa Mouliaá. Los hechos se sitúan en una noche de finales de octubre de 2021.

En el auto judicial, el magistrado señala que existen indicios suficientes para que el caso se juzgue. Además, ha fijado una fianza de 30.000 euros, que Errejón deberá consignar para cubrir posibles responsabilidades económicas. El juez también ha citado al exdirigente político el 15 de enero a las 9.30 horas, cuando le notificará formalmente la apertura del juicio oral.

Una investigación larga y un relato considerado coherente

La decisión llega tras trece meses de investigación, un periodo en el que el juez tomó declaración tanto al investigado como a la denunciante, además de a testigos y especialistas psiquiátricos. Durante las diligencias, el instructor también solicitó a ambas partes que aportaran las conversaciones mantenidas en fechas cercanas a la presunta agresión, con el objetivo de contextualizar la relación previa entre ambos.

De acuerdo con la denuncia, los hechos habrían ocurrido tras la presentación de un libro de Errejón. Mouliaá explica que, después del acto, ambos fueron a tomar algo y que ella, ya con planes para acudir a una fiesta en casa de un amigo, invitó al entonces diputado a acompañarla. Es en ese contexto donde sitúa el presunto episodio de agresión.

El juez subraya que, aunque no existan testigos presenciales, el principal elemento probatorio es la declaración de la actriz, que ha analizado desde la perspectiva de un instructor. En su auto, Carretero afirma que “los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados” por la versión del investigado ni por las pruebas aportadas por su defensa.

Bloqueo emocional y ausencia de contradicciones graves

Uno de los puntos clave del auto es la valoración de la credibilidad de Mouliaá. El magistrado considera que la actriz no tenía un móvil espurio, ni ánimo de venganza, y destaca que su testimonio resulta coherente en lo esencial. Reconoce la existencia de algunas lagunas, pero las atribuye a un bloqueo emocional, al impacto de la situación, al consumo de alcohol y a la medicación que tomaba entonces, según Europa Press.

Para el juez, la falta de una reacción inmediata no invalida el relato. Al contrario, la considera explicable por el estado emocional de la denunciante y por la posición de poder del presunto agresor, que en aquel momento era un dirigente político relevante. En este contexto, recuerda también que Errejón dimitió posteriormente por conductas inapropiadas con mujeres, aunque el propio acusado ha negado que esa decisión estuviera relacionada con el caso de Mouliaá.

El auto aborda igualmente el retraso en la denuncia, señalando que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, este factor no implica que el testimonio sea falso. Tampoco ve contradicción relevante en que la actriz expresara dudas sobre si los hechos constituían delito, recordando que no es la denunciante quien debe calificarlos jurídicamente, sino exponerlos.

Con la apertura de juicio oral, el caso entra ahora en una nueva fase. Será el tribunal quien determine, tras la vista, si los hechos probados constituyen o no delito. Mientras tanto, el proceso judicial sigue su curso, con todas las garantías para las partes implicadas.

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