El Tribunal Supremo ha decidido mantener la condena impuesta al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos. La Sala de lo Penal ha desestimado los incidentes de nulidad que presentaron tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, que actuaba en su representación. Con esta decisión, el alto tribunal cierra la vía interna que buscaba dejar sin efecto la sentencia.
El recurso pretendía anular la condena al considerar que durante el proceso se vulneraron derechos fundamentales del ex máximo responsable del Ministerio Público. Sin embargo, el tribunal no aprecia esas irregularidades. En un auto redactado por el presidente de la Sala, Andrés Martínez Arrieta, los magistrados sostienen que el procedimiento respetó las garantías procesales y que no concurre ninguna causa que justifique su nulidad.
La condena se relaciona con la difusión de datos que afectaban a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. El caso tuvo una fuerte repercusión política y mediática desde el inicio. También abrió un debate intenso sobre los límites de la actuación institucional y la protección de la confidencialidad.
Aunque la mayoría de la Sala respaldó la decisión de rechazar la nulidad, el auto no fue unánime. La magistrada Susana Polo emitió un voto particular discrepante, al que se sumó la magistrada Ana Ferrer. Ambas consideraron que existían elementos suficientes para valorar de otra manera la petición presentada por la defensa.
El criterio mayoritario, sin embargo, se impuso. Los magistrados que apoyaron la resolución entendieron que el proceso penal se desarrolló dentro del marco legal y que no se produjo una lesión de derechos fundamentales. De este modo, el Supremo refuerza la validez de la sentencia y envía un mensaje claro sobre la estabilidad de sus resoluciones.
Más allá del caso concreto, la decisión tiene un impacto simbólico. El ex fiscal general ocupó el cargo más alto dentro de la Fiscalía. Por eso, el procedimiento ha estado rodeado de una especial atención pública. La resolución del Supremo incide en la idea de que la responsabilidad penal alcanza también a quienes desempeñan funciones de máxima relevancia institucional.
El debate jurídico no desaparece con este auto. El voto particular refleja que dentro del propio tribunal existen sensibilidades distintas sobre cómo interpretar ciertos aspectos procesales. Esa discrepancia forma parte del funcionamiento normal de un órgano colegiado y muestra la complejidad del asunto.
Con esta decisión, el Tribunal Supremo consolida la condena y pone fin a esta fase del recorrido judicial. El caso deja tras de sí una discusión profunda sobre los límites del poder, la gestión de información sensible y la necesidad de preservar la confianza pública en las instituciones.