El Supremo analiza informes clave para fijar cómo afecta la amnistía a Puigdemont y al ‘procés’

23 de junio de 2024
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Fachada del Tribunal Supremo ! Fuente: EP
Fachada del Tribunal Supremo ! Fuente: EP

La Fiscalía, la Abogacía del Estado y las defensas piden que se amnistíe la desobediencia y la malversación al expresidente catalán y al resto de encausados

El Tribunal Supremo (TS) está analizando los informes de las acusaciones de la Fiscalía, la Abogacía del Estado y Vox, así como de las defensas, para determinar el impacto de la ley de amnistía en el expresidente catalán Carles Puigdemont y los demás procesados y condenados en el caso del procés.

Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, el juez Pablo Llarena, instructor del procés, y los magistrados de la Sala de lo Penal que juzgaron la causa están analizando las alegaciones de las partes y el contenido de la ley para decidir si aplicarla o no a los líderes independentistas encausados en el Tribunal Supremo.

La instructora de la pieza relativa a Tsunami Democràtic, la juez Susana Polo, aún tiene pendiente recibir escritos de varias de las partes, toda vez que dio un plazo de 10 días para la presentación de informes, frente a los cinco días que fijaron Llarena y el tribunal del procés. En el caso de Puigdemont, además, amplió el plazo a petición de su letrado porque no estaba aún personado en el procedimiento.

Balance de opiniones sobre la amnistía para Puigdemont y el procés

Llarena y los magistrados del procés examinan, en su mayoría, informes favorables a la aplicación de la norma: la Fiscalía, la Abogacía del Estado y las defensas han pedido que se amnistíe la desobediencia y la malversación a Puigdemont y al resto de encausados, al entender que los hechos que se les atribuyen están amparados por la ley. También solicitan que se desactiven las órdenes nacionales de busca y captura que pesan sobre ellos.

El Supremo cuenta, sin embargo, con los informes en contra de Vox que ejerce la acusación popular en la causa del procés y en la de Tsunami y de Sociedad Civil Catalana que figura como acusación popular en la causa instruida por Polo. Ambos han defendido que hubo enriquecimiento por parte de los encausados y que, por ende, no se les puede perdonar la malversación; tampoco ven viable amnistiar el terrorismo.

Con todo, los magistrados tienen la última palabra y deberán resolver cómo aplican la ley: si los hechos que se atribuyen a los encausados están o no amparados por la norma y qué pasa con las órdenes nacionales de detención. En caso de dudas sobre el encaje de la norma en el Derecho de la Unión podrán consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); si las dudas son sobre la legalidad del texto, podrán plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).

Fiscalía, abogacía y defensas

En su informe, los fiscales defienden que la malversación del procés es amnistiable porque no consta ningún enriquecimiento personal por parte de los encausados y porque los hechos probados “no contienen ninguna alusión o referencia a que se hubiere producido una afectación directa o indirecta a los intereses financieros de la Unión Europea”.

Para el Ministerio Público, no amnistiar a Puigdemont, a los exconsejeros procesados en rebeldía Toni Comín y Lluís Puig y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, “dejaría prácticamente vacío de contenido lo dispuesto” en la norma.

En el caso de los condenados por el procés, el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, la Fiscalía también propone amnistiarlos, aunque subraya que “la amnistía de los delitos cometidos por decisión del legislador español no implica cuestionar la legitimidad de las condenas ni de los jueces y tribunales que las impusieron”.

Voces en contra de la amnistía

En la misma línea, la Abogacía del Estado argumenta que se debe aplicar la amnistía a todos ellos porque “la totalidad de los hechos” encajan en los actos recogidos por la ley. No ve ni enriquecimiento personal ni afectación a los intereses financieros de la UE.

Para los servicios jurídicos de la Administración, “la ley de amnistía sí resulta aplicable a los hechos” atribuidos a los encausados tanto por el delito de malversación como por el de desobediencia porque “cumplen con las finalidades expresas que justifican” la aplicación del texto legal.

Al margen, la Fiscalía ha presentado también su informe sobre la pieza de Tsunami Democràtic, en la que se investiga la presunta participación de Puigdemont y del diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg en los disturbios achacados a la plataforma independentista durante las protestas de octubre de 2019 en respuesta a la sentencia del procés. Pide que se les amnistíe el delito de terrorismo.

Los pasos a seguir

Por su parte, la defensa de Puigdemont ha entregado un informe al Supremo en el que asegura que “una lectura desapasionada” de la ley de amnistía “permite manifiestamente su aplicación a los hechos (…) calificados como delito de malversación de caudales públicos” en el auto por el que se le procesó.

El abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, también solicita “levantar las medidas cautelares” que le afectan, haciendo referencia específica a la orden de busca y captura y prisión que se emitió en enero de 2023.

Según el letrado, “no hay duda alguna de que las presuntas acciones atribuidas a las personas procesadas ilegalmente en este caso penal, calificadas como delito de malversación de fondos públicos, de haber ocurrido, se habrían realizado con la intención de promover o facilitar la celebración del referéndum” del 1-O.

Vox y la sociedad civil catalana

Vox defiende que la ley de amnistía no puede aplicarse a los encausados y procesados por el delito de malversación, argumentando que ellos se enriquecieron al financiar el referéndum ilegal con fondos públicos.

La formación señala además que no se puede aplicar la norma porque confronta con la Directiva europea de lucha contra el fraude. “A la luz de la normativa europea, (…) el delito de malversación se configura como aquellos que, junto con el blanqueo de capitales, y cohecho activo y pasivo afectan a intereses financieros de la Unión”, resalta.

Estos motivos, a juicio de Vox, son suficientes para que el Supremo decida no aplicar la amnistía a esa causa, pero añade que en todo caso, subsidiariamente, propone el planteamiento de una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y “la suspensión del proceso hasta su decisión, con excepción de las medidas de busca y captura ya adoptadas”, en alusión indirecta a la orden nacional de detención vigente contra Puigdemont.

Sociedad Civil Catalana pide al Supremo que consulte al TJUE a través de una cuestión prejudicial sobre la aplicación de la ley de amnistía en las causas por malversación y terrorismo que afectan a líderes del procés. En este sentido, solicita que se suspendan los procedimientos hasta obtener respuestas.

Tribunal de Cuentas y Audiencia Nacional

En el Tribunal de Cuentas y en la Audiencia Nacional también tienen pendiente pronunciarse sobre la ley de amnistía, dado que tienen causas abiertas relativas al proceso independentista catalán que podrían verse afectadas por el texto legal.

El órgano fiscalizador ha pedido a las acusaciones Fiscalía y Sociedad Civil Catalana y a las defensas de los 35 encausados si veían pertinente que consultase al TJUE sobre la norma.

En la Audiencia Nacional, el juez instructor de la causa de Tsunami Democràtic la pieza relativa a los encausados que no están aforados ante el Supremo ha pedido informe a las partes sobre la aplicabilidad o no de la amnistía.

Josep Lluís Alay, mano derecha de Puigdemont, pide que se le aplique la amnistía. La Fiscalía de la Audiencia Nacional se muestra a favor de ampararle a él y al resto de investigados.

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