El Senado aprueba la reforma constitucional para eliminar ‘disminuido’ con el único rechazo de Vox

25 de enero de 2024
1 minuto de lectura
La Constitución cambia disminuido por "persona con discapacidad"
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, durante una sesión plenaria en el Senado, a 25 de enero de 2024, en Madrid. / Alberto Ortega -Europa Press

Con la modificación la Carta Magna recogerá a partir de ahora la expresión “persona con discapacidad”

La Constitución se reformará para que el término disminuido sea eliminado, El Pleno del Senado ha aprobado este jueves definitivamente la reforma del artículo 49 de la Constitución para sustituir la palabra ‘disminuido’ por ‘persona con discapacidad’, con todos los partidos a favor menos Vox. En concreto, la Cámara alta ha dado ‘luz verde’ a la modificación por 254 votos a favor y tres en contra de los senadores del partido de Santiago Abascal, que han votado de forma electrónica.

La propuesta se ha llevado a cabo por la vía exprés, tal y como acordaron Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo. Al no introducir la Cámara Alta ninguna modificación al texto remitido por el Congreso, la reforma no tiene que volver a la Cámara Baja y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. Además, se publicará también en catalán, euskera, gallego y vasco.

Cambio acorde con los tiempos

Esta reforma Constitucional fue impulsada por el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en 2018 y, junto al apoyo de la entonces vicepresidenta del Gobierno, la socialista Carmen Calvo, llegó al Congreso con un acuerdo unánime para sustituir el artículo por un nuevo texto “más acorde a los nuevos tiempos”.

Hasta ahora, el artículo 49 de la Constitución está redactado de esta manera: “Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos”.

Así, tras la aprobación de la reforma, la redacción cambiará a “las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas”. “Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio”, se añade.

Además, en el segundo punto constará: “Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad”.

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