El PP ha introducido una enmienda de totalidad a la Ley de Amnistía propuesta por el PSOE. En esta enmienda, se plantea la imposición de la «pena de disolución» para las personas jurídicas que convoquen referendos ilegales. Además, se propone penas de cinco a 10 años de prisión y de seis a 12 años de inhabilitación para los cargos o funcionarios públicos responsables de dichas consultas.
En concreto, el PP busca reformar el Código Penal mediante la creación de un nuevo capítulo, el VII, titulado «deslealtad constitucional», comprendido por los artículos del 544 al 547. Este texto alternativo será debatido en el Pleno del Congreso en una semana.
El primer artículo del nuevo capítulo establece penas de cinco a 10 años de prisión y de seis a 12 años de inhabilitación absoluta para cualquier autoridad o funcionario público que, «fuera de los cauces legales de reforma constitucional», declare la independencia de una parte del territorio o su integración en otro Estado. Esto incluye actos dirigidos a promover dicha declaración o propiciarla, con perjuicio para la unidad de España.
En el marco del artículo 544, el PP propone que, en casos de imprudencia grave, se impongan penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial de uno a tres años. Esta propuesta representa un endurecimiento significativo respecto a las penas contempladas en el Código Penal de 2003.
Además, los populares proponen castigar con las mismas penas establecidas para los actos preparatorios encaminados a la comisión de delitos de deslealtad constitucional, como la conspiración, provocación y proposición de estos, reducidas en uno o dos grados.
En cuanto a las consecuencias penales para las personas jurídicas involucradas en delitos de «deslealtad constitucional», el PP propone la «pena de disolución», salvo que colaboren antes de la apertura del juicio oral al «esclarecimiento de los hechos y la restauración del orden constitucional». En este caso, se plantea la imposición de «la pena de suspensión de actividades de seis meses a cinco años o pena de multa de seis meses a cinco años».