Descartan que Puigdemont y Wagensberg declaren de forma presencial por ‘Tsunami’: “No están en España”

27 de abril de 2024
2 minutos de lectura
Fachada del Tribunal Supremo | Fuente: Europa Press.

La jueza Susana Polo rechaza la solicitud de dos agentes de la Policía Nacional que resultaron heridos durante las protestas atribuidas a la plataforma independentista

La magistrada del Tribunal Supremo (TS) a cargo de la investigación contra el expresidente Carles Puigdemont y el diputado de ERC Ruben Wagensberg por los disturbios atribuidos a la plataforma independentista Tsunami Democràtic ha descartado la opción de que los dos investigados declaren de manera presencial, señalando que ambos “se encuentran fuera de España”.

En un auto emitido este viernes, y reportado por Europa Press, la jueza Susana Polo rechaza la solicitud de dos agentes de la Policía Nacional que resultaron heridos durante las mencionadas protestas. Específicamente, su representación solicitó a la Sala Segunda del alto tribunal que la convocatoria realizada entre los días 17 y 21 de junio —que es de carácter voluntario— sea llevada a cabo en la sede ubicada en Madrid y no de forma telemática.

La representación procesal de los policías no apreciaba ni consideraba que existieran causas fundadas para entender que se pudieran llevar a cabo las declaraciones de los investigados a través de medios telemáticos, sin que se llegasen a vulnerar los principios de oralidad, inmediación y contradicción.

Fue este mismo mes cuando la magistrada citó como investigados a Puigdemont y Wagensberg después de que el pasado febrero asumiera la competencia sobre los hechos relativos a ambos dirigentes a petición del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, que continúa investigando a otra decena de personas por los disturbios atribuidos a la plataforma independentista.

“Razones de utilidad”

La magistrada deja claro ahora que el recurso de la videoconferencia “se encuentra subordinado a la concurrencia de razones de utilidad que, en este caso, sin duda concurren, dado el conocimiento general de que los investigados se encuentran fuera de España, antes de la incoación de las presentes diligencias de investigación”.

En lo referido a la ausencia de domicilio conocido de los investigados, la magistrada asegura que ello “no implica obstáculo alguno para practicar las declaraciones de los mismos por videoconferencia”. “Los recurrentes no tienen en cuenta que la resolución recurrida lo que acuerda es la práctica de la declaración telemática de los investigados, previa averiguación del paradero de cada uno de ellos y, obviamente, una vez conocido el mismo, se determinará un lugar seguro para su práctica con las correspondientes garantías de identificación”, indica.

La citación de sendos investigados fue la primera diligencia que ordenó Polo desde que recibiera el encargo de instruir la causa de Tsunami Democràtic. Cabe recordar que el asunto está en manos del Supremo toda vez que Puigdemont y Wagensberg gozan de la condición de aforados –uno por ser eurodiputado y otro por ser diputado del Parlament pero al investigarse hechos cometidos fuera de Cataluña–.

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