«Dame los hechos, yo te daré el Derecho», le advierte la jueza de la dana a la Guardia Civil de Valencia

1 de agosto de 2025
5 minutos de lectura
"Dame los hechos, yo te daré el Derecho", le advierte la jueza de la dana de Valencia a la UCO
Manifestación contra la gestión de la dana en valencia. /EP

La Guardia Civil de Valencia (como Policía Judicial) eleva a Nuria Ruiz Tobar un informe que no responde a lo que pidió y que de facto intenta reorientar su instrucción, según ella misma subraya

«Me gusta ser muy sincero y tengo que decir que en España las causas más complejas no las instruye el juez de Instrucción, que es independiente, ni el Ministerio Fiscal, sino que por lo general nos vienen precocinadas por la labor de policía que cumple sus funciones, pero que no tiene el estatuto de los países anglosajones y de la Agencia Tributaria, con lo cual después la capacidad de filtrado crítico de los que nos viene resulta siempre muy limitada. De ahí nuestra insistencia para la creación de un modelo en el que la Policía Judicial y la Agencia Tributaria depende en mayor medida, no del control, sino de la dirección, que es muy distinta, del Ministerio Fiscal».
(Eduardo Torres-Dulce, fiscal general del Estado, comparecencia ante la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2014)
.

«De mi hecho, de tu ius» (Dame los hechos, yo te daré el derecho), aforismo jurídico latino del derecho romano.

Las dos citas engarzan a la perfección para ilustrar lo que ha pasado entre la jueza instructora de la catástrofe de la dana de Valencia y la Comandancia de la Guardia Civil de esta ciudad a raíz de un informe que solicitó y cuya respuesta fue un documento de 220 folios.

Ella pidió una cronología de los desbordamientos y la Guardia Civil hizo una evaluación general sobre aspectos de la instrucción sumarial que lleva adelante.

Quizás el auto de la magistrada Ruiz Tobar no hubiera sido redactado si dicho informe no hubiera sido instrumentalizado por la asociación ultraderechista Liberum para justificar la solicitud de varias diligencias para destejer lo que cual Penélope teje día tras día sobre la trama de responsabilidades penales en la sección civil y de instrucción del tribunal de instancia número 2 de Catarroja, plaza número 3, apoyándose, precisamente, en dicho informe.

Y hemos tenido la suerte, pues, de probar que si bien la capacidad de filtrado crítico de los que nos viene resulta siempre muy limitado, Eduardo Torres-Dulce dixit, la jueza de Catarroja ha demostrado, y con creces, que se puede ejercer.

La citada asociación pretendía la imputación de Miguel Polo, presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), cuatro declaraciones testificales, entre ellas la de María José Rallo del Olmo, presidenta de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet). “La solicitud -explica el auto de la jueza- de declaraciones de Liberum se funda en el informe aportado por la Guardia Civil que es interpretado de forma sui generis , unido a algunas teorías ya superadas del “apagón informativo”, bulos sobre el efecto de la presa Forata en el barranco del Poyo y, por supuesto, obviando no solo lo resuelto por este Juez, sino, lo que es más sorprendente, lo resuelto por la Audiencia Provincial de Valencia en diversas resoluciones”.

Y sobre el informe señala: «El informe de la Guardia Civil efectúa una extensa y minuciosa recopilación de datos y comunicaciones. Desafortunadamente, dicho informe que había de limitarse a elaborar una cronología, es erróneo en sus consideraciones y apreciaciones sobre los fallos y negligencias de los intervinientes en los sucesos ocurridos el 29 de octubre de 2024».

Porque, como señala la juez, que pidió la cronología, el informe peca de “un vicio de origen”. Debía «limitarse a una cronología de desbordamientos en ríos, barrancos y presas y su relación con los fallecimientos. No se solicitaba ninguna valoración respecto de las actuaciones de los intervinientes… El análisis de las negligencias, fallos o posición de garantía es exclusivamente jurisdiccional. Dado que el informe sobre la cronología incide en valoraciones que no corresponde a la Policía judicial, las mismas no poseen eficacia incriminatoria, ni tampoco exculpatoria, de los investigados ni de ningún otro implicado”.

No se trata de un presunto exceso de celo de la jueza instructora. No.
«La causa estaba plenamente judicializada -nos dice- cuando se acordó la prueba [el informe]. Cuando se encargó la cronología, no existía ningún informe, ni atestado elaborado por la Guardia Civil que revelara o afirmara cualquier tipo de negligencia o error en la gestión de la emergencia en la causación de las 228 muertos, por lo que no era factible y no se acordó en ningún momento trasladar una valoración de tal calado a la Policía Judicial, que no la había efectuado de oficio en su momento. Cualquier valoración exclusivamente policial de las negligencias o incumplimientos estaba condenada al fracaso, porque el análisis se sustentaría siempre en un análisis limitado exclusivamente a la prueba documental incide en cuestiones ya resueltas por el juzgado y ulteriormente por la Audiencia Provincial de Valencia”.

Y sobre el fondo del informe, la jueza es tajante: «Es un informe erróneo por los limitados elementos de prueba con los que cuenta en su elaboración. Se trata de un informe extenso, 220 páginas, pero que ni puede atender a lo que sucedió en el Centro de Coordinación Operativo Integrado (Cecopi), a las testificales de los técnicos, a las declaraciones de familiares de las víctimas que fijan en muchos casos casi el momento exacto en el que fallaron sus allegados (elemento de conexión). con el retraso de la alerta), a los peritos que analizan y analizarán aspectos cruciales sobre las previsiones y los desbordamientos”.

¿Punto de inflexión?

«Este auto supone por su manera motivada de abordar el informe un punto de inflexión para la infabilidad del instituto armado. El juez Pepe Castro de Mallorca fue uno de los que en su día cuestionó informes elaborados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Los informes de policía judicial no son sacrosantos», señala una fuente judicial emocionada con el auto de la juez de Catarroja.

Lo preocupante es, precisamente, el reconocimiento de un fiscal general del Estado como Eduardo Torres-Dulce en su comparecencia citada de abril de 2014. En estos una vez años transcurridos aquella afirmación de que la instrucción llega al “juez precocinada” de la Policía, ese dominio de la instrucción por la Guardia Civil y la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) ha ido en aumento. Y, a su vez, su relación directísima con los medios de comunicación a la hora de filtrar informes como el elaborado para la jueza de Catarroja es algo institucionalizado.

En el caso del informe de la Guardia Civil de Valencia del 5 de junio pasado sobre la presunta trama de corrupción de José Luis Ábalos, Koldo García y Santos Cerdán (amaño en la adjudicación de obras en el Ministerio de Transporte), cabe recordar que el acceso a las grabaciones del asesor de Ábalos tuvo lugar durante una entrada y registro en el domicilio de aquel en febrero de 2024. Sin embargo, no han aflorado hasta dieciséis meses después, el citado 5 de junio de 2025.

Tanto el juez instructor, Leopoldo Puente, como el ponente en el recurso de apelación contra el auto de prisión del 30 de junio, que mantiene a Cerdán en Soto del Real, el juez Pablo Llarena, conceden una extraordinaria credibilidad a las grabaciones e indicios aportados por la UCO de la Guardia Civil.

La jueza de Catarroja ha venido a aplicar el adagio latino del derecho romano. Aquí quien ejerce la actividad jurisdiccional soy yo y la Policía judicial no debe calificar jurídicamente ni hacer valoraciones que no se le han solicitado.
Pues eso: «Da mihi factum, dabo tibi ius».

1 Comment Responder

  1. Dar ejemplo, es lo que esperamos los que creíamos en vuestro compromiso con los ciudadanos.
    Quien no actúa conforme a quienes se debe, es itotalmente njusto para los ciudadanos, que se empecine en no dimitir.
    !SE HA RETRATADO YA!

    ¡DEMOSTRAR QUE VOSOTROS SÍ CUMPLÍS!.

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