Hoy: 1 de noviembre de 2024
La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a ocho años de prisión al dueño de un pub de Vitoria-Gasteiz que abusó sexualmente de una menor y elaboró material pornográfico. Todo ello presenciado por otra menor y sin el consentimiento de ninguna de ellas.
Los hechos se produjeron en la madrugada del 2 de septiembre de 2021. Cuando, habiendo cerrado el local, su propietario propuso a las dos menores (de 17 y 16 años) quedarse a jugar a “reto o chupito” en su interior, según informa el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en un comunicado facilitado a los medios de comunicación.
El tribunal ha contado con las grabaciones de la cámara de seguridad del establecimiento como prueba principal. En ellas se observa que esta menor estaba bajo los efectos del alcohol, algo que corroboraron los análisis de sangre hechos a la víctima dos horas y media después.
La Audiencia Provincial de Álava también considera probado que “no existió consentimiento” por parte de la joven a los actos sexuales que proponía el acusado, quien, según se recoge en la sentencia, se encontraba ebria y sin capacidad de autodeterminación sexual. Era un “muñeco” que “se dejaba hacer”, añade el veredicto.
La Fiscalía, en un primer momento, acusó al hombre de abusar sexualmente de las dos menores, pero finalmente se ha probado que el abuso se cometió solo sobre una de ellas. Sobre esta segunda menor, el tribunal considera que las imágenes muestran a una chica que “participa activamente en las prácticas sexuales” y que no está “tan borracha como para no saber lo que hace”.
“Su consentimiento es válido porque se encontraba en condiciones psico-físicas para darlo, tenía consciencia y voluntad”, añade la sentencia.
En relación con el delito de elaboración de material pornográfico, el tribunal mantiene que en las grabaciones de la cámara de seguridad del pub se aprecia cómo las dos menores le piden al condenado que no grabe lo que estaba sucediendo. Y concluye que él las “engañó”, limitándose a apagar los monitores donde se veía lo que captaba la cámara, mientras esta seguía grabando. También se observa cómo insistió en que las prácticas sexuales se llevaran a cabo en el campo visual de la cámara.
El tribunal, además, impone al condenado a indemnizar a una de las menores con 15.000 euros y a la otra con 3.000, y fija una libertad vigilada a ejecutar tras la pena de prisión de seis años, entre otras medidas. Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.